Lo que determina la justicia

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Condenan a bombero por provocar incendio en Yumbel
Un capitán de Bomberos fue condenado por el delito de incendio, luego que prendiera fuego a una plantación en el sector de Río Claro, comuna de Yumbel. El hecho se registró a fines de noviembre del 2013.

El 29 de noviembre del 2013 el ex bombero provocó un incendio utilizando un cigarrillo, al cual le extrajo el tabaco y llenó con cabezas de fósforos, para luego encenderle fuego y dejarlo en el predio del sector con la intención de que las llamas se propagasen por el lugar, quemando una plantación de eucaliptos, pastizales y arbustos.

Luego de activarse la alarma de incendio, el capitán de la Tercera Compañía de Bomberos de Río Claro en ese entonces, Sebastián Cid, concurrió junto con otros voluntarios de la misma unidad a apagar el siniestro que el mismo había provocado momentos antes, señaló el fiscal jefe de Yumbel Álvaro Serrano.

Serrano agregó que logró condenar a Sebastián Cid Sánchez, de 20 años, luego que se comprobara su participación en el hecho, mientras que se solicitó al Tribunal Oral de Los Ángeles que se le sancione con la pena de cinco años y un día de presidio.



Cabe mencionar que los daños provocados por el incendio fueron avaluados en 300 mil pesos, mientras que la sentencia será dada a conocer el sábado 10 de enero.
 

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Tribunal otorga libertad vigilada a bombero que provocó incendio en Yumbel

A tres años y un día fue condenado un capitán de Bomberos por el delito de incendio, luego que prendiera fuego a una plantación en el sector de Río Claro en la comuna de Yumbel, sin embargo el tribunal le otorgó la pena sustitutiva de libertad vigilada dado sus antecedentes.
El juez y vocero subrogante del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles, Juan Pablo Lagos, recordó que el hecho se registró el pasado 29 de noviembre de 2013, cuando Sebastián Cid Sánchez, de 20 años, provocó un incendio utilizando un cigarrillo, al cual le extrajo el tabaco y llenó con cabezas de fósforos, para luego encenderle fuego.
Tras el hecho Cid concurrió junto con otros voluntarios a apagar el siniestro que el mismo había provocado momentos antes.
Por ello, el Tribunal condenó al ex bombero a una pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, sin embargo, según los antecedentes entregados por el Centro de Reinserción Social, se estableció otorgarle la pena sustitutiva de libertad vigilada dado que no tenía antecedentes penales, precisó el juez.
Por último, el magistrado, dijo que Cid quedó sujeto a medidas de seguridad, además de un serie de actividades, entre ellas estudiar o trabajar.

Fuente: BioBioChile

P:D:. No es suficiente para estos niños maravillas, hace falta un escarmiento de verdad
 

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Tribunal japonés condena una autoescuela a pagar 13 millones de euros a víctimas del tsunami de 2011

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Un tribunal japonés condenó este martes a una autoescuela a indemnizar con más de 13 millones de euros a los familiares de 25 estudiantes y una empleada que murieron en el terremoto y tsunami de 2011.

El Tribunal del distrito de Sendai (este de Japón) consideró que el centro, situado en la ciudad de Yamamoto (prefectura de Miyagi), no desalojó a las víctimas a pesar de poder haber previsto la llegada de un tsunami tras el terremoto de marzo de 2011.

El fallo impone una compensación total de 1,9 billones de yenes (13,57 millones de euros), informó la agencia japonesa Kyodo.

El tribunal reconoció que la escuela no podía prever que el tsunami llegaría a sus instalaciones, dadas las advertencias que se emitían por televisión, pero sí pudo oír posteriormente las llamadas de desalojo de los bomberos y deberían haber evacuado a los estudiantes.

El centro mantuvo a los alumnos en una instalación a 750 metros de la costa tras el terremoto, mientras decidían si retomar o no las clases, según detalla la sentencia.

Cuando decidieron suspenderlas, evacuaron a los estudiantes en varios vehículos entre 50 minutos y una hora después del terremoto.

La llegada del tsunami acabó con la vida de 23 alumnos que se encontraban repartidos en cuatro coches, y dos estudiantes más fallecieron arrastrados por el tsunami mientras caminaban, tras haber regresado a la instalación.

La empleada a tiempo parcial, una mujer de 27 años, falleció a consecuencia del tsunami en el interior o en las inmediaciones del lugar, tras haberle pedido que permaneciera allí y limpiara.

Durante el juicio, el centro se defendió alegando que no tenía ninguna obligación de evacuarlos, dado que no podría haber esperado que el tsunami llegara hasta el establecimiento.

http://www.ntn24.com/

 

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Condenan a cuatro años de presidio al responsable del rescate del ferry SewolLa justicia estableció que el líder del equipo de la Guardia Costera no tomó las medidas adecuadas durante la evacuación de emergencia, ya que "se limitó a pedir a sus subordinados que rescataran a quienes eran fácilmente visibles".

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SEÚL.- Un tribunal surcoreano condenó hoy a cuatro años de prisión al responsable del rescate del ferry Sewol, cuyo hundimiento en abril del año pasado causó más de 300 muertos, al determinar que no tomó las medidas adecuadas durante la evacuación. El condenado -identificado por su apellido, Kim- descuidó su deber de evacuar a los pasajeros de manera segura el 16 de abril de 2014 y "con su negligencia ha marcado a las familias de las víctimas de por vida", sentenció el juez del Tribunal de Distrito de Gwangju, al sureste del país. La resolución indica que el líder del equipo de rescate de la Guardia Costera no tomó las medidas adecuadas durante la evacuación de emergencia ya que "se limitó a pedir a sus subordinados que rescataran a quienes eran fácilmente visibles y de ese modo no se pudo evacuar a cientos dentro del barco". Además, el magistrado consideró que Kim mintió ante los medios tras el suceso al haber asegurado que realizó anuncios para evacuar a los pasajeros y también redactó informes falsos sobre la operación de rescate. Los fiscales habían pedido siete años de cárcel para el acusado, pero el juez limitó la pena a cuatro al tener en cuenta que su responsabilidad es menor que la de los directivos de la operadora del ferry. Estos últimos fueron condenados a penas de hasta 10 años de prisión el pasado noviembre por realizar modificaciones ilegales en la nave y sobrecargarla con hasta el triple del peso permitido. También en noviembre el tribunal de Gwangju condenó al capitán del Sewol a 36 años de cárcel e impuso penas de entre 5 y 30 años a otros 14 tripulantes, en ese caso por omisión de su deber de socorro. El ferry surcoreano permanece hundido en aguas al suroeste del país con todavía nueve cuerpos pendientes de recuperar del total de 304 muertos, en la mayor tragedia del país en décad

Fuente: Emol.com - http://www.emol.com/noticias/intern...-responsable-del-rescate-del-ferry-sewol.html

Fuente: Emol.com - http://www.emol.com/noticias/intern...-responsable-del-rescate-del-ferry-sewol.html
 

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Capitán Schettino es condenado a 16 años de cárcel por naufragio del Costa ConcordiaEl fallo pone fin a tres años de proceso en los que Schettino figuró como único acusado, ya que la empresa propietaria, Costa Cruceros, aceptó una multa de un millón de euros (1,1 millones de dólares)y la Fiscalía negoció con otros cinco oficiales del barco.
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GROSETTO.- El capitán del crucero Costa Concordia, que se hundió en enero de 2012 en un accidente que dejó 32 muertos, fue condenado a 16 años y un mes de cárcel por el naufragio del barco, según el dictamen de la corte italiana. Tras siete horas de deliberaciones, Giovanni Puliatti, presidente del colegio de jueces, dictaminó esta condena, inferior a la solicitud de la Fiscalía, que pedía 26 años y tres meses de prisión. En su última presentación ante la corte, Francesco Schettino, de 54 años, aseguró que fue un chivo expiatorio del desastre y dijo que fue expuesto a una "picadora de carne mediática" que distorsionó su papel en el desastre, argumentando que se "puso la entera responsabilidad de este incidente sobre mí, sin ningún respeto por la verdad". El Capitán fue acusado de homicidio sin premeditación, causar un naufragio y abandonar la nave en uno de los desastres marítimos de más alto perfil en los últimos años. Los investigadores criticaron severamente su manejo del desastre, acusándolo de llevar al barco de 290 metros de largo, demasiado cerca de la costa cuando chocó contra unas rocas frente a la isla toscana de Giglio. El accidente provocó una caótica operación nocturna de evacuación de los más de 4 mil pasajeros y tripulación. Abandonó el barco antes que la tripulación Schettino también fue acusado de demorar la evacuación y perder el control de la operación. De hecho, abandonó el barco antes de que todos los 4 mil 200 pasajeros y tripulación fueran rescatados, dijeron los investigadores. Los fiscales habían pedido una sentencia de 26 años de cárcel para Schettino, quien admitió parte de la responsabilidad como capitán del barco, pero rechazó la culpabilidad en las muertes que ocurrieron durante la evacuación. El fallo pone fin a tres años de proceso en los que Schettino figuró como único acusado, ya que la empresa propietaria, Costa Cruceros, aceptó una multa de un millón de euros (1,1 millones de dólares)y la Fiscalía negoció con otros cinco oficiales del barco. Emocionado en el dictamen, Schettino rechazó las acusaciones de la fiscalía de que no mostró un sentido de responsabilidad o compasión por las víctimas, diciendo que "el dolor no debe ser un espectáculo para demostrar algo". Sin embargo, una grabación de audio de un guardia costero gritándole a Schettino durante una conversación telefónica que regresara al barco fue divulgada en internet volviéndose viral y la frase "¡Vuelva a bordo, carajo!" ("¡Vada a bordo, cazzo!") llegó a imprimirse hasta en camisetas y almohadas. La defensa La defensa de Schettino argumentó que el capitán evitó un desastre mayor al llevar el barco más cerca de la isla mientras se hundía. Dijeron además que la sentencia que buscaban los fiscales es incluso mayor que las pedidas para asesinos de la mafia. Sin embargo, no se sabe cuándo irá a la cárcel debido al largo proceso de apelaciones de Italia, que puede tomar años.

Fuente: Emol.com - http://www.emol.com/noticias/intern...carcel-por-naufragio-del-costa-concordia.html
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02 de Junio del 2015
Amplían detención de extranjero que quemó su casa en Pichilemu
El ciudadano neozelandes tras discutir y agredir a su mujer habría intentado quemar la casa que habitaban

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Luego de ser detenido por Carabineros de Pichilemu el ciudadano de nacionalidad Neozelandesa H.C.A. tras la agresión que habría sido víctima su esposa, una conocida profesora de Pichilemu y su hija, y la quema de su casa . El imputado fue trasladado hasta las dependencias de la Tercera Comisaria de Pichilemu donde en horas de la tarde del lunes cerca de las 18 horas se realizó la formalización de cargos, el Fiscal de Pichilemu Rodrigo Troncoso Arteaga solicitó al Juez de Garantía Rodolfo Moreno Osses la ampliación de la detención del imputado por 72 horas para recopilar mayores antecedentes en este caso, se indaga la posibilidad de configurar el delito de Femicidio Frustrado.
En tanto la Directora Regional de Sernam Pamela Zamorano dijo “Lamentamos profundamente este femicidio frustrado ocurrido este lunes en Pichilemu y apelamos nuevamente a estar atentos a las señales y manifestaciones de quienes sufren violencia y a no relativilizar el peligro”
El hombre permanecerá en la cárcel de Santa Cruz hasta el próximo jueves 4 de junio cuando se realizará la audiencia de formalización de cargos. Durante la jornada Carabineros de Labocar pericio el lugar donde ocurrieron los hechos que terminaron con la mujer hospitalizada en el Hospital Regional de Rancagua.

http://www.elrancaguino.cl/
 

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Absolvieron al cadete de Bomberos acusado de incendios en Curacautín
16:26 Tras dos jornadas de juicio oral en su contra, el Tribunal de Temuco determinó que el joven de 14 años es inocente de los seis incendios intencionales por los cuales fue acusado.

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El Tribunal de Temuco absolvió al cadete de Bomberos de Curacautín que había sido acusado de seis incendios intencionales en la comuna cordillerana de La Araucanía.





El veredicto de los jueces indicó que la prueba de cargo ha sido insuficiente para los efectos de determinar que en dos de los hechos efectivamente se haya tratado de incendios intencionales.




En tanto, en los otros cuatro hechos por los cuales se culpaba al joven bombero, el tribunal estimó que "no se han podido reunir pruebas suficientes que acrediten la participación que cupo al imputado en los hechos cuya autoría se le atribuye".




Tras el veredicto, el tribunal ordenó alzamiento de toda medida cautelar contra el joven de 14 años. La lectura del fallo se realizará el próximo miércoles 17 de junio a las 11:00 horas.




Previo al inicio del juicio la Fiscalía pedía por los seis incendios una pena de cinco años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social y costas.

soytemuco.cl
 
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Hoy formalizarán al presunto autor de distintos incendios en Antofagasta
09:05 El joven de 19 años fue detenido el viernes tras una serie de amagos de incendio que el día anterior afectaron a diversos edificios del centro de la ciudad. El imputado permanece internado en la Unidad de Psiquiatría del hospital.


http://img.soy-chile.cl/Fotos/2015/06/14/file_20150614201657.jpg

Hoy formalizarán al joven de 19 años que fue detenido ypermanece internado en la Unidad de Psiquiatría del Hospital Regional como el presunto responsable de al menos tres de los diversos amagos de incendio que el jueves afectaron a distintos edificios del centro de Antofagasta.
La audiencia comenzaría a las 11:00, tras la ampliación de su detención en 72 horas. Ello, a solicitud de su defensa y dado que presentan diversas patologías siquiátricas.El joven fue detenido por Carabineros en Copiapó con Avenida Grecia, tras el incendio de un microbús y en base a las imágenes en que fue captado por cámaras de seguridadprendiendo fuego en la Biblioteca Regional, donde ocurrió uno de los ocho amagos.

soyantofagasta.cl
 

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25 años por intentar asesinar a su pareja quemándola en su casa
El procesado roció a su compañera sentimental con whisky y prendió un mechero Ella se vio obligada a saltar desde un primer piso ante la intensidad del fuego

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La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 25 años de cárcel a un hombre, L.V.S., que intentó asesinar a su pareja prendiéndole fuego en su propio domicilio tras rociarla con whisky. El tribunal de la Sección Tercera lo considera autor de un delito de asesinato en grado de tentativa (con agravante de parentesco) y de un delito de incencio, imponiéndole las penas de 13 y 12 años, respectivamente. Se le condena además por otro delito de amenazas a nueve meses más de prisión.

La sentencia contempla como hechos probados que en octubre de 2010 el procesado mantenía una relación con M.P.F.A. desde hacía cinco años. Ambos residían desde el mes de junio en una vivienda propiedad de ella sita en la Avenida de Europa, número 2, en Jerez.

La resolución judicial especifica que el procesado se desplazaba en una silla de ruedas motorizada, pues padecía unas secuelas neurológicas de una parálisis cerebral connatal agravadas al sufrir en el año 2009 una enfermedad que le provocó una hemiplejia de la que se restableció parcialmente. No obstante, era una persona con una gran capacidad de autonomía.

Sigue exponiendo la sentencia que en la madrugada del 7 de octubre de 2010 se produjo una discusión entre la pareja cuando ambos se encontraban en el citado domicilio familiar. En el devenir de la pelea el hombre le gritó a su mujer "voy a quemar la casa" con ánimo de amedrantarla.

Pasados unos días, en concreto el día 11 de octubre, sobre las seis de la tarde, se produjo un nuevo enfrentamiento entre el procesado y su compañera sentimental cuando estaban en la casa a raíz de que ella había consumido alcohol, acto que él le recriminó.

En el transcurso de dicha discusión, el procesado, "teniendo la intención de causarle la muerte" a su novia y "a sabiendas de que ésta tenía sus reflejos disminuidos por la abundante ingesta de bebidas alcohólicas y los medicamentos que tomaba para combatir la depresión que padecía", la roció con whisky, no sólo a ella, también el sofá donde se encontraba sentada, cayendo además parte del licor sobre varios de los enseres del salón, entre ellos, objetos altamente combustibles como las fundas de plástico de los cd. A continuación, L.V.S. cogió un encendedor y le prendió fuego al sofá, originándose entonces "y de manera rápida" un gran incendio que se extendió por todo el habitáculo.

Según detalla la sentencia, ante la intensidad del fuego, el hombre se dirigió a la puerta de salida, siendo ayudado por un vecino que lo cargó a cuestas desde el pasillo exterior de la vivienda hasta la calle. Sin embargo, su compañera sentimental no pudo atravesar la puerta, por lo que se vio obligada a salir a una terraza (cercana a la zona donde se inició el fuego) en la que permaneció esperando a que la rescataran. Estuvo allí hasta que no pudo más. Como estaba inhalando mucho humo, la mujer tuvo que arrojarse al vacío desde la terraza de un primer piso, siendo amortiguado su impacto contra el suelo con un colchón de 'Artesanos del Sofá' -negocio que estaba muy próximo al lugar de los hechos- que colocaron allí las personas que estaban en la calle presenciado el suceso.

Como consecuencia de todo ello -apunta la resolución- la víctima padeció múltiples lesiones y fracturas, además de sufrir quemaduras de segundo grado en aproximadamente el 20% de su superficie corporal. La mujer tardó en curar 413 días, de los cuales 328 estuvo impedida para sus ocupaciones habituales y 85 ingresada en un centro hospitalario. Además de rehabilitación y tratamiento psiquiátrico, desde el incidente M.P.F.A. ha precisado para sus desplazamientos de un silla de ruedas y un andador, existiendo la posibilidad de una intervención quirúrgica para la colocación de una prótesis en la cadera derecha, si bien permanecía en la misma situación el día de que se celebró el juicio.

Concluye la sentencia que el edificio donde tuvo lugar el incendio estaba habitado por varios vecinos, algunos de los cuales estaban en el interior de sus viviendas ese día "temiendo por su vida e integridad física". Unos salieron inmediatamente a la calle para ponerse a salvo mientras que otros tuvieron que ser evacuados por los bomberos, valiéndose estos de cestas y escalerillas mecánicas, "pues no pudieron salir por las escaleras del bloque al estar llenas de humos densos y tóxicos".

El fuego originado por el procesado causó además daños materiales y desperfectos en varias viviendas del inmueble, siendo condenado a indemnizar a los afectados por una cantidad total de 126.500 euros, correspondiendo 10.400 a la comunidad de propietarios.

http://www.diariodejerez.es/
 

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Declaran Culpables A Dos Transportistas Por “Autoatentado” A Camión En Padre Las Casas

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Ambas personas fueron imputadas por el delito de Fraude de Seguros, ya que cobraron póliza luego de quemar ellos mismos un camión, propiedad de uno de los condenados.

Para este viernes está prevista la lectura de sentencia en contra de Hugo Castro Delgado y Orli Martini Castro, ambos imputados y condenados en juicio abreviado por el delito de Fraude de Seguros. Los hechos investigados por el fiscal de Fiscalía de Alta Complejidad (Fiac), Luis Arroyo, ocurrieron el pasado 18 de junio de 2014, cuando el primero de ellos condujo el camión Mercedez Benz de su propiedad hasta el sector rural de Caivico en Padre las Casas.

De acuerdo a la investigación, el hombre fue acompañado en otro vehículo por Orli Martiní Castro. En el lugar Hugo Castro roció combustible al camión y lo quemó.

Al día siguiente el propietario del móvil realizó la denuncia en Carabineros y comenzó los trámites para cobrar el seguro, lo que hizo efectivo en agosto de 2014. El pago de la aseguradora BCI alcanzó los 15 millones 390 mil pesos.

“El día martes recién pasado se celebró una audiencia de preparación de juicio oral en la que los imputados, en conjunto con su defensa, aceptaron someterse a un procedimiento abreviado reconociendo los hechos por los cuales fueron acusados. En la oportunidad se le solicitó al tribunal por parte del Ministerio Público se les impusiera una pena de tres años de privación de libertad situación que deberá ser confirmada por el Tribunal de Garantía el día viernes”, explicó el fiscal Luis Arroyo.

De acuerdo a lo señalado por Arroyo, la condena es importante porque es la primera de este tipo en los 15 años que lleva operativa la reforma Procesal Penal en la región: “Es primera vez que se condena por este delito de fraude de seguros en la región. En 15 años de reforma Procesal Penal no había existido una investigación y una condena de esta naturaleza”.

La sentencia por este denominado “autoatentado” será conocida mañana en el Juzgado de Garantía de Temuco.

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Formalizan A Sujeto Que Quemó Vivo A Su Tío Al Interior De Su Vivienda En Collipulli

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Imputado quemó la vivienda de la víctima con su propietario dentro motivado por un problema amoroso.

En prisión preventiva quedó José Alejandro Torres Altamirano luego que en diciembre de 2013 agredió con una herramienta de poda en el cuello a su tío Luis Alberto Torres Urra de 38 años en el sector rural de Santa Julia, al oriente de Collipulli.

Tras la agresión, la víctima cayó al suelo y fue trasladada por el imputado hasta un dormitorio, donde fue rociada con combustible, lo mismo que las paredes, para finalmente iniciar un incendio que acabó con la vida de Luis Torres y destruyó el inmueble.

José Alejandro Torres Altamirano, quedo en prisión preventiva y se fijó en cuatro meses el plazo de la investigación que quedó en manos del fiscal Ricardo Traipe.

El persecutor explicó que fue importante la declaración de la ex pareja del imputado para esclarecer los hechos, ya que el autor le relató cómo asesinó a su tío, por lo que fue formalizado por homicidio calificado e incendio.

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Turista extranjero deberá pagar por incendio en Torres del Paine de 2011

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El Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, tribunal de primera instancia, deberá determinar el monto de la indemnización que el turista israelí Rotem Singer deberá pagar al Estado de Chile por el incendio que provocó en el Parque Nacional Torres del Paine, el 27 de diciembre de 2011.
Esto luego que, en fallo dividido, la Tercera Sala de la Corte Suprema -integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Juan Escobar y el abogado (i) Álvaro Quintanilla- acogiera el recurso presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que había accedido sólo a acoger la demanda de reparación por daño ambiental presentada en contra del estudiante que tenía 23 años cuando ocurrió el incendio que arrasó con más de 15 mil hectáreas de bosque en una zona de conservación.
El joven fue formalizado por su responsabilidad y en febrero de 2012 se llegó a una salida alternativa en el caso, que fue aprobada por el Tribunal de Letras y Garantía de Puerto Natales. En aquel entonces, el fiscal de Magallanes, Juan Agustín Meléndez, criticó la “obsoleta” Ley de Bosques.
El fallo de la Suprema explica que los antecedentes sirven para tener por establecidos que Singer encendió un papel higiénico en un horario y lugar que coinciden con el inicio del siniestro cuyo origen se registró en un sector cercano al sendero entre el Refugio Pehoé y el Refugio Grey.
Además se recuerda que el demandado ante una autoridad judicial se comprometió a realizar labores de reforestación del Parque Nacional Torres del Paine y que también entregó a la Corporación Nacional Forestal (Conaf) la suma total de $4.850.000, equivalentes a USD$10.000 para subsanar los inconvenientes generados por la catástrofe ambiental.
“Si bien la referida suspensión condicional del procedimiento no importa una admisión de responsabilidad por parte del imputado, su existencia, sumada a la de todos los otros elementos de prueba ya reseñados es indicio de ella, especialmente al considerar que se allanó al pago de un valor, a cuenta de reparación del daño provocado”, expresa el dictamen del máximo tribunal.
“Todos los referidos antecedentes son bases de indicios múltiples, precisos y concordantes como para fundar presunción de participación del demandado en la provocación del incendio materia del presente litigio, que en el orden civil es suficiente para así concluirla”, se agrega.
El dictamen argumenta que “ello permite establecer su imprudencia al iniciar un fuego que le estaba prohibido en virtud de las advertencias que recibiera al ingresar al parque, mediante folletos explicativos y de normas sobre protección de bosques, configurándose un evento de culpa”.
Por ello el falla expresa que es “pertinente dar por establecida la existencia de un daño ambiental del cual es responsable el demandado y respecto del que procede acoger la pretensión del demandante en orden a condenar al primero a la reparación de los daños ambientales que causó en el Parque Nacional Torres del Paine”.
“A demás de hacer lugar a la acción de reparación de daño ambiental deducida que fue acogida por la sentencia de primer grado, corresponde también hacer lugar a la demanda en cuanto por ella se solicita que se reserve al actor el derecho a discutir acerca de la especie y el monto de los perjuicios”, finaliza el dictamen. La decisión se adoptó con los votos en contra del ministro Pierry y del abogado integrante Quintanilla, quienes fueron partidarios de rechazar el recurso de casación y mantener sólo la reparación por daño ambiental.

Fuente: BioBioChile http://www.biobiochile.cl/2015/08/0...or-incendio-en-torres-del-paine-de-2011.shtml

 

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Un calameño fue condenado a 10 años de cárcel por provocar dos incendios en Las Parcelas
18:52 José Damacio Anza Condori, de 40 años de edad, recibió esa sentencia luego que el 28 de enero de 2013 quemara un sillón haciendo que se propagara el fuego hacia otras casas. Tras ello, hizo algo similar el 18 de julio de 2014.

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El fiscal adjunto de Calama, Claudio Sobarzo Tassara, obtuvo dos sentencias de condena en contra de José Damacio Anza Condori, 40 años de edad, por los delitos de incendio. En uno de ellos se le aplicó una pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo y en otro tres años y seis meses de presidio menor en su grado máximo.
La investigación de ambas causas estuvo a cargo del fiscal Marcelo Bravo, mientras que el juicio lo realizó el fiscal Sobarzo.La acusación fiscal da cuenta que el primero de los hechos se registró el día 28 de enero de 2013, cuando Anza Condori fue detenido por Carabineros en un domicilio ubicado en calle Hurtado de Mendoza, Parcela 4, sector Verdes Campiñas, debido a que momentos antes había incendiado un sillón y el fuego rápidamente se extendió a otras dependencias.Posteriormente, el día 18 de julio de 2014, alrededor de las 22:45 horas, el imputado, encontrándose en la Parcela en el sector Licarantay, procedió a incendiar unas de las habitaciones que existe en dicho inmueble, el que el mismo utilizaba como su domicilio.Luego, fue observado por otro residente de ese lugar que lo ve tomar un bidón de bencina y rociar las otras habitaciones, iniciándose un fuego de proporciones, el cual arrasó con la totalidad de las viviendas. Los otros moradores llamaron a Carabineros, que se hizo presente en el lugar deteniendo a Anza Condori.La defensa alegó que su representado tiene una discapacidad mental grado 70,que se encuentra interdicto por demencia, y que dos médicos han asegurado que presenta claros indicadores de padecer de piromanía, por lo que solicitó su absolución.Durante el juicio, Anza Condori renunció a su derecho a guardar silencio y reconoció su participación en los hechos asegurando textualmente: “lo hice porque me gustaba hacer incendios”.El Tribunal, luego de valorar la prueba, tanto la aportada por la Fiscalía como la de la defensa, desestimó la tesis absolutoria, argumentando que la certificación aportada no dice relación con un grado de demencia o locura del imputado, sólo indican que ha sido declarado interdicto y que padece de invalidez mental, pero nada sostiene sobre su imputabilidad.Por todo ello, el tribunal determinó dar sentencia de culpabilidad con las penas ya señaladas, las que no serán sustituidas atendiendo que no cumple los requisitos que dispone la ley.

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Municipalidad conforme con fallo que anula juicio que absolvía a imputado por incendio en Rodelillo

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La Municipalidad de Valparaíso manifestó su conformidad con el fallo de la Corte de Apelaciones que anuló la sentencia absolutoria a Carlos Rivas Quiroz, trabajador de la empresa constructora RVC, único acusado por el mega incendio que afectó a la ciudad puerto en febrero de 2013.
A través del Departamento Jurídico del organismo, señalaron que esperan que en el nuevo juicio se sancione a los responsables por el siniestro, que arrasó con más de 300 viviendas en los cerros Rodelillo, Placeres y La Planchada y generó daños a bienes nacionales de uso público, señaló su director, Cristian Paz.

Recordemos que la sentencia absolutoria fue anulada por el tribunal de alzada porteño, fundamentándose en el sentido común y la experiencia de autoridades y habitantes de la región respecto de los riesgos de ocurrencia de incendios forestales en la época estival.
Esgrimiendo, además, que Carlos Rivas Quiroz -maestro soldador- no adoptó los resguardos mínimos al efectuar sus labores para la constructora RVC, utilizando una fuente de calor peligrosa cuando cortaba unos fierros.
El abogado Vladimir Mondaca, representante de 150 familias de Rodelillo, subrayó que además del juicio contra el trabajador Carlos Rivas, persiguen que Esval y la constructora RVC paguen una indemnización de 2.500 millones de pesos, asumiendo las responsabilidades que les competen en el incendio que el 14 de febrero de 2013 le cambió la cara a la parte alta de Valparaíso, en una jornada para muchos difícil de olvidar.

Fuente: BioBioChile
 

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Condenan a sujeto que quemó intencionalmente su casa
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José Nibaldo Salgado Contreras a viva voz el día 25 de junio del año pasado gritaba “voy a quemar la casa y conmigo adentro”. De esta forma procedió a encender fuego resultado dicho inmueble, ubicado en calle 16 Norte con Uno Oriente de Talca Población José Miguel Carrera, completamente destruido. Pero las llamas también afectaron otros tres inmuebles vecinos que quedaron con daños de consideración.

En su momento el Ministerio Público dispuso la detención del imputado formalizando cargos en su contra por el delito de incendio, el que según nuestra legislación tiene altas penas de cárcel.

El fiscal jefe la capital maulina Ángel Ávila, quien llevó a juicio oral esta causa señaló que “presentamos diversas pruebas como las declaraciones de testigos , específicamente las víctimas afectadas en este por el accionar del imputado y principalmente, lo que fue un elemento relevante para que el tribunal adquiriera convicción, la declaración de los peritos de Bomberos de Chilequienes se constituyeron el mismo día de ocurridos los hechos y pudieron entregar las conclusiones al tribunal y que éste compartió y fueron estimadas como relevantes”.

De esta forma el tribunal por unanimidad compartió los argumentos del Ministerio Público señalando que se está en presencia de un delito de incendio e impuso al condenado una sanción de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio y sin la posibilidad de optar a ningún tipo de beneficio.

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Chile
Tragedia de Once: 3 bomberos a juicio por fallas en búsqueda de Menghini Rey
Martes, 17 de Noviembre de 2015

Tres jefes de la Superintendencia Federal de Bomberos fueron enviados a juicio oral por supuesto incumplimiento de deberes de funcionario público a raíz de las fallas cometidas en la búsqueda de una de las víctimas de la tragedia de Once, Lucas Menghini Rey.
La decisión fue del juez federal porteño Ariel Lijo, quien consideró agotada la investigación y dispuso que se realice el juicio al director general de Explosivos e Investigaciones Periciales, Carlos Medina; al jefe del departamento Zona III, Omar Vacca, y al de la división cuartel IV Recoleta, Héctor Abuin.

Lijo había procesado a los tres efectivos de la Policía Federal por entender que durante las tareas de rescate de sobrevivientes del choque en la estación de trenes de Once hubo un incumplimiento del “Plan de Acción Coordinada ante situaciones de emergencia” de esa fuerza de seguridad.

Este incumplimiento ocurrió, según el procesamiento, durante las tareas de búsqueda del cuerpo de Lucas Menghini Rey luego de la tragedia del 22 de febrero de 2012 que causó 51 muertes. El joven que viajaba en el tren no fue hallado de inmediato, sino que su cuerpo fue encontrado dos días más tarde en la cabina auxiliar del motorman, en el cuarto vagón de la formación.

Actualmente se realiza el juicio oral a los procesados por el choque de trenes, que se encuentra en etapa de alegatos.
(Ámbito.com)
 

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Chile
Texas ejecuta a un condenado a muerte por provocar incendio donde murieron sus hijas

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El estado estadounidense de Texas ejecutó el miércoles a un preso condenado a pena de muerte en 2002 por haber provocado un incendio en el que murieron tres niños, entre ellos su hija de un año.

Raphael Holiday, un afroamericano de 36 años, recibió una inyección letal en una cárcel de Texas, un estado del sur de Estados Unidos, y murió el miércoles a las 20H30 (23H30 GMT de Chile), dijo a la AFP un portavoz de la administración penitenciaria local.

Holiday había sido condenado a la pena capital por un triple infanticidio. Las víctimas, de uno, cinco y siete años de edad, eran su propia hija y dos hijastras, según los documentos difundidos por la fiscalía de Texas.

Raphael Holiday estaba en conflicto con su esposa con la cual no podía verse por orden judicial. Sin embargo, en la noche del 5 de septiembre de 2000, Holiday irrumpió armado en el domicilio familiar.

Su esposa huyó en busca de auxilio, dejando a sus hijas con la abuela, que fue obligada por Holiday a rociar combustible en la habitación a la cual prendió fuego.

En 2015, el estado de Texas procedió a la ejecución de 13 personas, exactamente la mitad del total de ejecuciones registradas este año en Estados Unidos, según el Centro de Información sobre la Pena de Muerte (DPIC, por sus siglas en inglés).

http://www.biobiochile.cl/

 

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Chile
Hallan culpable a ex capitán de Bomberos que mató a su pareja

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La justicia curicana y tras tres días de juicio oral declaró culpable al ex capitán de Bomberos de Molina, Andrés Alejandro Jofré Morales -acusado de dar muerte a su pareja mediantes estocadas que aplicó en el abdomen de la mujer, delante de su pequeña hija de tan solo 6 años.

Este caso de femicidio se produjo en la localidad de Lontué la jornada del 23 de febrero del presente año y el hecho de sangre terminó con la vida de la también voluntaria de bomberos, María Magdalena Antivil Quintriqueo (29).

PENAS


La fiscal de la investigación Mónica Barrientos acusó al imputado por cargos de lesiones leves en contexto de violencia intrafamiliar, desacato y femicidio, sumando penas de hasta 28 años de cárcel para Jofré Morales, quien hoy cumple medida de prisión preventiva.

DEFENSA


En tanto el abogado defensor Julio Herrera, señaló que no argumentó inocencia de su defendido, por lo que buscará rebajar solo las penas que han sido solicitadas previamente por el Ministerio Público.

Señalar que este brutal femicidio se produjo al interior de una residencia particular del pasaje 8 de Villa San Sebastián de Lontué, debido a una relación sentimental quebrantada en esta pareja y donde habitualmente, los vecinos eran testigos de violencia intramuros.

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Sujeto condenado por provocar incendio forestal en Los Álamos arriesga 4 años de presidio

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Una sentencia condenatoria obtuvo el fiscal jefe Danilo Ramos para un hombre de 38 años de edad, quien fue acusado de provocar un incendio que afectó a un bosque y matorrales, y que además puso en serio riesgo diversas viviendas de la población Villa Esperanza de la comuna de Los Álamos.

En el juicio oral el fiscal Ramos expuso ante los jueces los testimonios y evidencias que vinculaban a Abelardo Alarcón Alarcón con la generación de un siniestro el 14 de febrero de este año, pasado el mediodía, queconsumió aproximadamente 7 hectáreas de árboles y vegetación.

La acción que el imputado realizó en las inmediaciones de una cancha de fútbol, fue advertida por un testigo, quien lo identificó, esto permitió que Abelardo Alarcón fuera detenido y llevado a juicio oral.

Las llamas fueron extinguidas gracias al trabajo de brigadistas de Conaf y de voluntarios de compañías de Bomberos, que impidieron que el fuego consumiera varias casas, algunas de las cuales resultaron con sus cercos perimetrales quemados.

La pena que la justicia aplicará al condenado será dada a conocer el 4 de diciembre a las 11 horas.

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Declaran culpable a trabajador por incendio que afectó a viviendas en Rodelillo

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El Tribunal de Garantía de Valparaíso declaró culpable al único acusado de iniciar el incendio de Rodelillo, ocurrido en febrero de 2013.

Recordemos que en primera instancia -en julio de este año y tras finalizar el primer juicio- el soldador y trabajador de la empresa RVC fue absuelto de los cargos. Sin embargo, luego de la apelación realizada por el Ministerio Público, finalmente el tribunal entregó el veredicto en contra de Carlos Rivas Quiroz.

El fiscal Víctor Ávila explicó que la sentencia es coherente con la figura del delito y comprueba que el trabajador actuó negligentemente, provocando daños al bosque y la ciudad.
Mientras que el abogado defensor, Nicolás Cisternas, se mostró sorprendido por el veredicto, afirmando que Rivas contaba con más medidas de seguridad que las que lleva un trabajador normal y que los hechos presentados no eran constitutivos de delito
Vladimir Mondaca, uno de los abogados querellantes, explicó que la primera etapa lamentablemente significa una condena para un trabajador, pero sostuvo que ésta es imprescindible para llevar el caso a la justicia civil y lograr que la empresa RVC reconozca que causaron un grave perjuicio a más de mil personas.
Según la Fiscalía, en el incendio ocurrido el 14 de febrero de 2013 el imputado realizaba trabajos en estructuras metálicas cuando una chispa alcanzó el pasto seco en el cerro San Roque. El fuerte viento y las condiciones de alta temperatura hicieron que las llamas sobrepasaran la Ruta 68 y consumieran más de 300 casas en Rodelillo, llegando incluso hasta el Cerro Placeres.

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