Estatutos CB y justicia Chile.

Fotografo Bomberos

Bombero Activo
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25 Jul 2008
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Es algo que puede hacer cualquiera, agradezco el comentario de EMTandRESCUE1 pero no creo ser merecedor de estos, ya que hay otras personas que se han dedicado a luchar por los derechos del voluntario, y que se les sea respetado su derecho al "debido proceso", como lo en vida realizo Don Horacio Rodríguez Mc Kenna (QEPD), Voluntario Honorario Novena Compañía Zapadores Friere y MHDG del CB de Valparaíso.ADCOX

Sí te lo mereces porque te diste el trabajo de investigar y aprender sobre el tema, y lo más importante, compartiendo con todos nosotros eso.
 

firejet_86

Chupe
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1 Jun 2009
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No se si sera el tema adecuado para mi consulta, pero; ¿que sucede si presentaste tu renuncia, y luego te enteras que esta no fue aceptada y fuiste expulsado sin recibir llamada ni notificacion alguna?
 

John Adcox

Aspirante
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12 Dic 2008
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Valparaiso
Revisa tu reglamento de compañia y el del Cuerpo, en especial el procedimiento sobre sanciones y renuncia.

Solo puedo pensar que renunciaste porque sabias que te iban a sancionar fuertemente y trataste de evitar la expulsion (o sancion), renunciando, para poder volver en alguna otra oportunidad al servicio.

Creo que las renuncias pueden ser rechazadas siempre y cuando el renunciante este involucardo en alguna investigacion o haya infringido el Reglamento.

ADCOX
 

cienfuegos

Bombero Activo
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2 Dic 2007
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Santiago, Chile
Enlaces a la Comunidad Grupos Sociales Contactos y Amigos Miembros Buscar en los For

AMIGOS:Me tendran que disculpar pero hay mucha gente que opina,y opina sin responzabilidad: Cuando se crea un Cuerpo de Bomberos lo primero que tiene que presentar ante el Ministerio de Justicia son los Estatutos,en los cuales dice que debe regirse por un reglamento general.-

El Cuerpo de Bomberos de Puente Alto tiene Acta de fundacion de fecha 29 de Septiembre de 1936.-
Copia del decreto de Personalidad Juridica 31 Diciembre 1948/
Personalidad Juridica Nº 005325.-

Decreto Reglamentario Nº 2736 del 31 de Octubre de 1925,informado por el Consejo de Defensa Fiscal.

Se Aprueban los Estatutos por los cuales se debe regirse dicha corporaciòn en los terminos de que da testimonio la escritura ,otorgada ante notario Pùblico de Santiago,Don Fransisco Javier Hurtado,de fecha 4 de junio de 1948.-

Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de Puente Alto
Lema serà DIOS Y PATRIA.-
Su Estandarte: sera la Bandera Nacional con la siguiente inscripciòn." CUERPO DE BOMBEROS DE PUENTE ALTO" 29 SEPTIEMBRE 1936

Aparece el Amigo Haligan: diciendo que el Cuerpo de Bomberos de Puente Alto " NO " Tiene Reglamento General,lo que invoca a confusion.

Se lo digo con base,ya que yo poseo el Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de Puente Alto.el cual tiene fecha del 17 de Diciembre de 1980.-
PD: de todos los reglamentos que conosco,este es uno de los mas completos que he leido.-

Saludos Atte. Cienfuegos.-
 

cienfuegos

Bombero Activo
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2 Dic 2007
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ma: Estatutos CB y justicia Chile. Responder al Tema

AMIGO TK2: Para ser del año 1980 este reglamento del Cuerpo de Bomberos de Puente Alto,es bastante completo,màs aùn en mi compañia trabajamos por un año un nuevo reglamento y se sacaron de èste reglamento muchas cosas importantes,gozamos de un reglamento,muy claro,preciso,eficiente,moderno,que supera al del Cuerpo,logicamente sin contradecirlo ya que este no ha sido renovado;tienen lagunas y vacios, para como cada uno quiera interpretarlo:como tu dices,muchos Cuerpos de Bomberos no se han dedicado a renovar el reglamento general,màs aùn hay Cuerpos en que se rigen solo por el reglamento general y las compañias no tienen reglamento propio.como compañia nos dimos el tiempo de trabajarlo con mucha seriedad,tomando la opinion de la comision encargada y tambien de todo aquel voluntario u oficial que quiso sentarse y dar su opinion sobre distintos temas, renovados o nuevos incorporados ha este y como te digo muchas cosas fueron tomadas del Reglmento C.B.Puente Alto.-

PD. si alguien necesita una copia ,no hay problema.- y hay uno para Brigada.-:011:
 

feu

Postulante
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18 Mar 2010
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bueno, si alguien realmente necesita la informacion para efectuar una presentacion ante el ministerio del interior a travez de la seremi de justicia respectiva solicitando la revision de los estatutos y el cumplimiento cabal de su mision, para adptar medidas en contra de una corporacion o fundacion.. que se comunique conmigo por mensaje privado.
es posible todo lo que han comentado, ademas por un simpatico juego de normas juridicas y reglamentarias legales, ademas de circulares de la svs, dicho cuerpo de bomberos podria perder todo uso de recursos y toda subension fiscal