Consulta sobre la cobertura del seguro para carros bomba con más de 20 años de servicio.

Firestorm

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16 Abr 2011
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Hola, les consulto si alguien sabe si los carros bomba que tienen más de 20 años de servicio están cubiertos por el seguro, esto tanto para carros que trae la JNCB y los importados de segunda mano ya sea por CBs y Compañías.
Lo anterior es porque tenía entendido que la Ley del Bombero N° 20564 dejaba sin seguro a los camiones con más de más 20 años.
 

Nacho

Comandante de Guardia
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Miembro Regular
Artículo 3°.- Existirá un Cuerpo de Bomberos por comuna o agrupación de comunas, los que estarán conformados por Compañías y Brigadas, según requiera el trabajo de la institución. Los Cuerpos que se organicen en el país deberán constituirse de acuerdo a los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento y subsidiariamente por las disposiciones del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil. Quienes soliciten personalidad jurídica, conforme lo dispuesto en el inciso anterior, deberán acompañar un informe técnico favorable de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, en el que se acredite el cumplimiento, a lo menos, de los siguientes requisitos: 1.- Que en la comuna o agrupación de comunas no exista otro Cuerpo de Bomberos prestando servicios. 2.- Que el Cuerpo de Bomberos cuya creación se solicita disponga de un número mínimo de personal, en condiciones de prestar eficientemente servicios bomberiles. 3.- Que cuente con uno o más carros bombas en condiciones de prestar servicios y demás material necesario para el servicio. 4.- Que cuente con un local para la instalación y funcionamiento del Cuerpo de Bomberos; de las Compañías y Brigadas que lo conformen. El cumplimiento de los requisitos señalados, deberá ser calificado por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile en los términos que establezca el Reglamento que, para estos efectos, dicte el Ministerio de Justicia, previo informe de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.


 

Firestorm

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Artículo 3°.- Existirá un Cuerpo de Bomberos por comuna o agrupación de comunas, los que estarán conformados por Compañías y Brigadas, según requiera el trabajo de la institución. Los Cuerpos que se organicen en el país deberán constituirse de acuerdo a los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento y subsidiariamente por las disposiciones del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil. Quienes soliciten personalidad jurídica, conforme lo dispuesto en el inciso anterior, deberán acompañar un informe técnico favorable de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, en el que se acredite el cumplimiento, a lo menos, de los siguientes requisitos: 1.- Que en la comuna o agrupación de comunas no exista otro Cuerpo de Bomberos prestando servicios. 2.- Que el Cuerpo de Bomberos cuya creación se solicita disponga de un número mínimo de personal, en condiciones de prestar eficientemente servicios bomberiles. 3.- Que cuente con uno o más carros bombas en condiciones de prestar servicios y demás material necesario para el servicio. 4.- Que cuente con un local para la instalación y funcionamiento del Cuerpo de Bomberos; de las Compañías y Brigadas que lo conformen. El cumplimiento de los requisitos señalados, deberá ser calificado por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile en los términos que establezca el Reglamento que, para estos efectos, dicte el Ministerio de Justicia, previo informe de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.


Hola Nacho, muchas gracias por tu respuesta, pero me queda la duda si efectivamente los carros bombas con más de 20 años de servicio, ya sea los traídos por la JNCB o los importados por los CBs, están cubierto por el seguro en caso de un accidente.
 

Nacho

Comandante de Guardia
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Hola Firestorm, No he podido encontrar referencias al los 20 años
Hola Nacho, muchas gracias por tu respuesta, pero me queda la duda si efectivamente los carros bombas con más de 20 años de servicio, ya sea los traídos por la JNCB o los importados por los CBs, están cubierto por el seguro en caso de un accidente.