Bomberos tiene que profesionalizar la fiscalizaciòn, sì o sì.

CFlamma

Bombero Activo
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10 Nov 2007
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Agradecido Pedro , por toda tu informacion.


Se espera que , con toda la informacion que estas entregando , " Ahora " los Cuerpos de Bomberos del Pais, se den cuenta de la verdadera realidad .Ademas que consideren que las Evaluaciones de Bomberos, es un saludo a la Bandera.

Se suponia que las Evaluaciones, eran para formar la Base de Datos de los Riesgos de cada Sector y de la Ciudad en si.

Del momento que se esta cobrando de parte de Bomberos, se estan involucrando en la seguridad estructural del Edificio y la proteccion de las personas,. Ya que desde el momento que entregan un servicio a traves de una Factura o Boletas de Servicio, su responzabilidad Legal es mas fuerte . Siendo diferente el trato si el el trabajo es sin honorarios.

Ademas no debemos olvidar que la Fiscalia, ha citado a Bomberos y Comandancia, como Testigos, hay que rogar a Dios ahora que , no consideren las Evaluaciones de Bomberos, despues de un Incendio en el mismo lugar o Edificio.

Por eso las Evaluaciones deben ser efectuadas por profesionales afines


¿En qué caso fueron esta citaciones?
 

CFlamma

Bombero Activo
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10 Nov 2007
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Presente informes del DOM a la Contraloria, Juzgado de Policía Local, etc, etc, donde indican que no hay ningún problema, seria interesante ver el informe de Bomberos, ya que existe uno nuevo y al parecer no fue tan bueno como el anterior y al parecer fueron afectados de ceguera profesional, apenas lo tenga lo publico.


Documentos de probatoria que se adjuntan

- Se adjunta el ORD DOM 1860 con fecha de 06 de septiembre 2004 donde el entonces director del DOM Miguel Dueñas Breitler exige al pie de la letra en los puntos 1 y 2 lo que se exige hoy en día a la multitienda Ripley 4.5 años después, a pesar que el plazo de cumplimiento dado entonces es de 30 días.

- En ORD DOM 2306 con fecha 18 de Noviembre del 2005 director del DOM Miguel Dueñas Breitler se dirige al 3 JPL desconociendo la validez del ORD DOM 1860 firmado por él mismo, por ejemplo en el punto 2o aduce que “dichas irregularidades corresponden a usos o modificaciones posteriores a la recepción de obras” cabe señalar que resulta poco creíble la tesis que se haya demolido un muro de 20 cm. de grosor, de 30 metros de alto y de 40 metros de ancho que corresponde al muro cortafuegos que separaba al edificio de bodegas y oficinas de la tienda comercial y que según el señor Dueñas desapareció en algún momento entre la recepción y la fiscalización del DOM, en los demás puntos repites conceptos igualmente errados y finalmente en el punto 5o estima que cumpliendo algunas modificaciones menores Ripley estaría cumpliendo con la normativa.

- El director (s) del DOM Matías Valdes Bowen extiende un certificado No 399 a la multitienda Ripley donde se asevera que cumple con las condiciones de seguridad y evacuación.

- A raíz de una denuncia rol 176-04 del Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso en respuesta al Oficio 00707 3 JPL el director (s) del DOM Matías Valdes Bowen responde al juzgado en un DOM ORD (numero ilegible) con fecha 15 de Marzo del 2006, en el punto 1o de este documento de marras las deficiencias en la capacidad (ancho) de las vías de evacuación se reducen a “mercadería que obstruyen el paso” , problemas de estacionamientos y otros detalles, en el punto 2o desconoce en forma arbitraria el Articulo 4.2.2 del OGU y C donde se tiene que aplicar la ordenanza vigente cuando se solicita el cambio de destino, en el punto 3o y 4o afirma que la multitienda cumple a cabalidad todas las exigencias a excepción de las obstrucciones de las vías de evacuación con “mobiliario y objetos varios”.

- En el AM. ORD No14 con fecha 30 de Enero del 2008 se hace una descripción cronológica de los hechos denunciados y donde en el punto No 9 se afirma que la multitienda Ripley “soluciono definitivamente las observaciones hechas por Contraloría y ratificadas por el SEREMI de la Vivienda”, documento firmado por Omar Jara Aravena Administrador Municipal, documento que resulto también incorrecto.

Esta comprobado que en estos 4 años y medio de gestiones que la Dirección de Obras Municipales ha actuado con extrema negligencia y no da ninguna garantía que tenga la intención de que la multitienda Ripley cumpla con la normativa en relación a la habilitación de vías de evacuación, los ORD DOM emitidos por la Dirección de Obras sirven de prueba de lo afirmado.


SEGUNDO OTROSI
DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA

Perdón por lo catete, no sé si esto era una respuesta a mi consulta, que era sobre si la Corte había admitido a tramitación el recurso de protección y, en tal caso, si pidió informe y a quién.
 

Pedro

Chupe
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18 May 2006
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CFLAMMA como mencione en un anterior post donde esta el texto del RP, el recurso fue acogido a tramitación y se pidió información al DOM y Contraloria, ahora se coloco simple ya que no se incluyo al SEREMI de la Vivienda y al Servicio de Salud con su SEREMI, la cosa va simple, APLICAR LA NORMATIVA, ya que a pesar que es bastante deficiente e insuficiente, ni eso son capaces de cumplir.

Cuando se trata de aplicar un criterio tecnico, estos funcionarios ponen los ojos en blanco y se escudan de que ellos solo pueden aplicar la normativa, y cuando cometen "errores" y reparten permisos o instrucciones contrarias a la normativa y se hacen acreedores de sanciones por corruptos, indolentes o incapacez, bueno entonces aplicamos "el criterio" y se vuelven personajes de teflon, no se les pega nada y al final hacen lo que quieren.
 

Luis Hernandez Gomez

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9 Sep 2006
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Quillota, V-Region
resouesta

De acuerdo a la consulta:

Uno de los primeros casos de citacion ,a Bomberos,por la nueva Reforma Judicial fueron a los bomberos de Nva Imperial por un caso de .muerte.Siendo el Incendio Intensional.
El caso fue presentado , en un Curso de Investigacion que hizo la Junta Nacional, en Santiago.

Aca en Quillota, años atras fue citado un Comandante, por la FIscalia respectiva.
Por lo mismo, todos los informes, pruebas y respaldos de Bomberos, que entrega a la Fiscalia, deben muy completos y por logica tambien la Institucion debe tener todos sus respaldos, ante cualquier situacion Legal.

Tengo entendido, que tambien existio una Demanda a Bomberos y de ahi al Comandante, en un Rescate de una perosna del vehiculo.
Al parecer los destrozos al vehiculo, fueron demasiados, del punto de vista de la victima y dueño del Vehiculo.
Al parecer , esto ocurrio, años atras, en el Sur del Pais.Esoero que algun amigo ,que conosca la situacion entregue mayores antecedentes.

En todo caso, hay que ponerse en todos las situaciones, pues los Comandantes,confian en los informes que les entregan y muchas veces firman los Documentos simplemente.Como he dicho varias veces, es como firmar cheques en blanco
 

CFlamma

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10 Nov 2007
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Ok y gracias.

Sería muy ilustrativo conocer qué se resuelve en definitiva.
 

Pedro

Chupe
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18 May 2006
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Seguimiento

Se puede seguir ON-LINE el proceso

http://www.poderjudicial.cl/index2.php?pagina1=estados_causas.php

En "Causas por Rol"
Aparece "Jurisdicción"
Ir a Corte de Apelaciones de Valparaiso
Tribunal
Corte de Apelaciones de Valparaiso
Rol: 210
QUEJA-HECHO-AMPARO-PROTECCIÓN
Alterman y Quezada

Se puede ver el ultimo estado de tramitación

Se solicito que se revise el estado de la multitienda, para digo yo, terminar con este show de la dirección de obras y que vea la ilustrisima la magnitud de los "desaciertos", "malentendidos" y "equivocaciones".

LAS MEDIDAS URGENTES QUE INDICA

Respetuosamente se solicita a la Ilustrísima Corte de Apelaciones las siguientes medidas de probatoria con el fin de verificar:

1.- En que condiciones se hallan las vías de evacuación de la multitienda que tienen directa relación en la seguridad de las personas que se encuentren en la edificación.
2.- Se identifiquen cuales medidas son necesarias para que se pueda hacer el cambio de destino del edificio de oficinas y bodegas.
3.- Ver en que condiciones estaban las "vias de evacuaciòn" cuando fueron otorgados los permisos municipales en 1998.


Para tal verificación requerimos que se oficie y solicite a la Dirección de Obras Municipales de Valparaíso que en base al estudio de los planos y visita a la multitienda entregar la siguiente información y responder fundadamente las siguientes preguntas:

1.- ¿Cuál es el ancho de la escalera que constituye la zona vertical de seguridad ZVS que da hacia la calle Aldunate? (1.3 m)
-¿Cuál es el ancho de la puerta de escape que sirve de salida para dicha escala? (0.9 m)
-¿Comprobar sí existe revestimiento combustible en dicha escala (gomas)? si
-¿Comprobar sí esta ZVS sirve de pasillo de transito para oficinas y bodegas de la multitienda que abren directamente a la ZVS? si
-Verificar por donde se realiza la evacuación del piso donde se encuentra la puerta de salida, ¿es a través de ZVS? si
-¿Cuál es el ancho del pasillo a la cual da la salida de la ZVS y llega al exterior de la tienda, se forma un embudo? 1.1 m, medio embudo.

2.- ¿Cuál es el ancho de la escalera que da hacia la Plaza Victoria? 1.5m
-Indicar hacia donde da la mencionada escalera; ¿hacia el interior de la misma tienda o hacia un área segura o a la vía pública? hacia adentro
-¿Cuál es el revestimiento de la escalera, combustible o no combustible? chapa de madera
-Verificar si la escalera tiene muros que constituyen una caja de escaleras según la tabla 4.3.3. no tiene muros (ni puertas)

3.- ¿Cuál es la densidad ocupacional de la multitienda Ripley, en conjunto y por pisos? 1170 p

En base a la información y datos obtenidos y a la OGU y C: Titulo 4, Capitulo 2

Se sirva el DOM responder:

- Considerando solamente los dos anchos de escaleras verificar en la tabla del Artículo 4.2.10. OGU y C ¿para cual numero de personas sirven según su ancho las dos escaleras de Ripley? 400 personas
¿Cual es la carga ocupacional y para cuantas personas existe cobertura según la tabla antes referida? 1170p - 400p

- ¿Cuál es el ancho que debería tener la puerta de escape que sirve de salida para la ZVS de acuerdo con Artículo 4.2.23.? (se sugiere tomar en cuenta que sirve tres pisos, multiplicar la carga ocupacional de los tres pisos por 0,5cm y dividirla por dos). aqui les pongo una pregunta capciosa, asi que no les hago la tarea a estos tipos que me han contado por ahi, leen periodicamente estas paginas.

- ¿De la misma manera verificar cuanto debería ser el ancho del pasillo que sirve la referida puerta de escape? no seamos tan malos, existen 2 metodos y se elige el que da el ancho mayor

- De acuerdo al OGU y C versión 1997 o 1998 y a los Articulo 4.3.22. y 6.1.7. ¿Deberían haber estado protegidas por muros la escalera que da hacia la Plaza Victoria y que son vías de evacuación según el DOM? deberia tener muros (con puertas)
 

Luis Hernandez Gomez

Bombero Activo
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9 Sep 2006
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Quillota, V-Region
Puede pasar cualquier cosa

Pedro , ha presentado hechos muy graves, con respecto a la Evaluacion de Ripley que , sin embargo a pesar del tiempo trascurrido, no han faltado los tramites y acciones a proseguir.
Se ha visto el funcionar de las Instituciones y Organismo que deben fiscalizar y cuidar nuetsra seguridad, cuando asistimos a estos establecimientos, en calidad de visitantes o clientes.
Espero que por el tiempo trascurrido, dicte la " Catedra" y de los procedimientos a seguir en el futuro.

Aun asi queda la gran duda, ¿ Cuantos Edificios de esas caracteristicas siguen existiendo en nuestro Pais ?

Habran pensado nuestras Autoridades, el riesgo que estaran sujetos los usuarios y nuestros Bomberos cuando asistan a una Emergencia.
Todos en alguna forma, hemos leido, visto y detectado estas situaciones, quedando con el amargo sabor en la boca, que nada se ha hecho , siguiendo el paso solamente

Las deficiencias y el No cumplimiento de las Normas Minimas, podran causar Costos Sociales.y solo habran lamentaciones y preguntaremos ¿ Porque ?

Lo peor que , en algunos establecimiento Publico y Privado usado como Local de Reunion de Personas, se usa la " regla de gastar lo minimo" en el cumplimiento de Normas Nacionales y no existe la tendencia de tambien usar las Normas Internacionales , para mejorar la Seguridad de las Personas

Seguidamente presento un resumen de algunas situaciones que se pudieron detectar en la Zona gracias a la informacion y ayuda entregada por un Tecnico-Maestro en Construccion, Sr Jose Olivares , de acciones efectuadas en la construccion , reparacion o ampliacion como una forma de, burlar y disfrazar realidades estructurales.

Entiendo, que otros Profesionales de un Nivel Superior , podran entregar " Otros Datos " de las mismas caracteristicas a fin de mejor la calidad de las visitas que realiza en las Evaluaciones de Emergencias .

Muy agradecido


Informaciones, por Evaluaciones [​
/CENTER]


1. - Situación edificios antiguos. Y sus peligros

1.1. Con peligro de accidentes en las cornisas de este tipo de construcción, en su mayoría en mal estado.
Murallas de adobe recubierto de estucos de cemento, yeso, y en algunos casos efectuados con una mano de Obra deficiente y de mala calidad.

1.2. -- En las construcciones de Adobe, no existen verdaderos Muros Cortafuego

1.3. Muros divisorios o colindantes, recubierto de Internit, planchas de cinc o simplemente de madera en toda su extensión, Debe recordarse el Incendio de la Ex Escuela Nº 2 y su propagación hacia la propiedad de la cámara de Comercio.

1.4. - Existencia de Tragaluces, que no se distinguen, en los techos, que son un peligro para Bomberos en un trabajo de “Desteche “de la propiedad afectada. Ademas de cobertizos y entretechos falsos.

1.5. - Muros en mal estado (Adobe), tanto en su base como parte superior o bien aumentado su altura con ladrillos. Tales situaciones aumentan los Riesgos para la vivienda, como a los Bomberos, sobre todo cuando se ocupa mucha agua en la Extinción del Incendio

1.6. - Murallas de ladrillo en mal estado, con grietas o quebraduras. En su mayoría son tapadas y estucadas, lo que no permite observar los Riesgos en su estabilidad estructural.


2. - Situaciones a nivel General, sobre la Construcción y Reparación de Viviendas.

2.1. Quebraduras o grietas en las murallas de ladrillo, por su mala calidad estructural, antigua , mala calidad de la mano de obra, mezcla muy débil o “cemento vencido “.

2.2. - Sobrecimientos mal ejecutados, sin los enfiarrados necesarios y de mala calidad. Tambien puede ocurrir que no se ocupe los diámetros adecuados de Fierro, (O) Esto se refiere a la construcción de murallas o pisos.

2.3. - Falta de ” Pilares” y “Cadenas”, en murallas o estructuras del edificio, o bien no en la cantidad necesarias.

2.4. - Otras situaciones que se han observado, han sido la poco existencia de enmallado de fierro, cadenas al mínimo y diámetro insuficiente de los” enfierrados”, para la sustentación de los pisos de concreto.
En otros casos, debe observarse las trizaduras que afecten a una loza de concreto por ambos lados de de su estructura (Piso y cielo raso del piso inferior.)

2.5. - Estucos o revestimientos de mala calidad, por falta de dosificación adecuada, lo que producen quebraduras, grietas en la superficie, exfolias, etc.

2.6. - Descuadre o desnivel en la Planificación de la Construcción del Inmueble, ya sea a raíz de una ampliación, de la reparación, de reacondicionamientos, etc.

2.7. - Tener precaución al trabajar sobre los techos o entretechos, de algunas propiedades, que poseen “papel alquitranado” (evitan goteras, otros.) En estos lugares En e un principio de Incendio permite una Propagación, en forma violenta y muy rápida.

2.8. - Tener precaución en los entretechos, de las casas antiguas. Usan una mezcla de barro y paja, como elemento aislante (frió, calor).aparte que tambien la usan como mini- bodegas de “Cachureos.”

3.- Otras situaciones observadas.

3.1.- Murallas acusticas ,construidas con cholguan, material aislante y cubrepiso. Usado en locales de Reunion de personas , para separar salas o ambientes

3.2.- Murallas de internit , construidos en “ marcos de madera “ y posiblemente estructuras metalicas para reforzar. Sobre el internit, se recubre con cemento o marmolina, para dar la impresión de ser un muro compacto.

Material informativo, entregado por el Sr Jose Olivares 2ºCia Bomberos Quillota​
 

Pedro

Chupe
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18 May 2006
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Fallo de la ICA

Estimados foristas, les comunico que el recurso de protección ha sido rechazado, con el mayor de los desparpajos la 4ta sala de la C.Apelaciones de Valparaiso ha rechazado y ha echo caso omiso de todo fundamento tanto legal, como técnico. Un señor juez a dictaminado que la inexistencia de vías de evacuación no es una situación urgente, el peligro de incendio ha sido degradado desde peligro inminente, hacia una situación controlada, a diferencia de todas las normativas conocidas en el mundo, bravo, bravisimo por la cuarta sala.

Esto es lo que vale la vida humana para las grandes empresas en Chile, se compran todo, hacen leyes a su antojo, compran apoyo político y conciencias.

Todo el fallo en PoderJudicial.cl, ROL 210 Recurso de Proteccion, Corte de apelaciones de Valparaiso.

Coloco parte de este fallo de "marras".

QUINTO
: Que, por otra parte, cabe agregar que si bien la acción de protección es posible ejercerla sin perjuicio de los demás derechos que puedan hacerse valer ante las autoridades o los tribunales correspondientes, específicamente en el caso de autos el ordenamiento jurídico con templa una vía concreta para deducir reclamos contra las actuaciones de la municipalidad, cual es el recurso de ilegalidad, contemplado en el artículo 141 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades; tanto más, si en la especie se trata de reclamar contra supuestas omisiones ilegales y arbitrarias de la Dirección de Obras Municipales, que implicarían una amenaza contra personas indeterminadas en situaciones hipotéticas, todo lo cual hace que la acción deducida en autos resulte desproporcionada en relación con los hechos que se denuncian, toda vez que no hay una situación de urgencia que reclame la reacción inmediata de los órganos jurisdiccionales para evitar un daño inminente, que es justamente lo que justifica la existencia del recurso de protección como mecanismo de tutela de derechos constitucionalmente reconocidos.

SEXTO: Que, en fin, por lo que toca a la cuestión de fondo, baste señalar que esta Corte no advierte ilegalidad o arbitrariedad en el actuar de la Dirección de Obras Municipales, que amerite acoger el presente recurso por atentar contra el derecho a la vida e integridad física de los recurrentes o de personas determinadas, toda vez que de los antecedentes tenidos a la vista, y de lo expuesto en estrados por el representante de la citada Dirección, se concluye que ésta ha mantenido una supervisión permanente de las obras y condiciones de construcción del edificio de la tienda Ripley de Valparaíso, sea tomando las iniciativas que le permite la legislación vigente, sea adoptando todas las medidas que han sido comunicadas por la Contraloría en los informes derivados de las inspecciones realizadas por dicho organismo, tales como la denuncia ante el Juzgado de Policía Local, el sumario administrativo solicitado, y los requerimientos a la empresa propietaria del edificio, bajo apercibimiento de clausura del local, producto de lo cual las observaciones han ido siendo corregidas por dicha empresa, quedando pendiente dos que están en vías de solucionarse.

SÉPTIMO: Que, es preciso tener presente que el recurso de protección constituye una acción esencialmente cautelar, y su finalidad es brindar eficaz y oportuno amparo a las personas de los efectos de un acto ilegal o arbitrario que lesiona un derecho indiscutido.
OCTAVO: Que, por último, en relación a lo ordenado a fojas 86 en cuanto a resol ver en definitiva la aplicación de alguna medida prevista en el N° 15 del Auto Acordado sobre tramitación y fallo del recurso de protección, contra la sociedad Comercial Eccsa S.A. por no informar el recurso en el plazo fijado por esta Corte, no se hará efectiva dicha sanción, por constar que el informe fue presentado en la misma fecha de la citada resolución, esto es el 24 de julio recién pasado.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que regula la tramitación y fallo del recurso de protección, SE RECHAZA el recurso de protección interpuesto
 

pinguinox

Chupe
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10 May 2007
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Punta Arenas
Este tema que es muy interesante y que se aprende bastante, nos llega muy de cerca cuando estamos revisando locales como discotecas, cabaret, restaurant, con una capacidad de mas de 50 personas.

es cierto que se generan dudas, al ver nuestras normas y ver que son vagas por decir algo, a veces recomendamos subsanar situaciones y no pasa mas alla de una sugerencia y si no aparecen en nuestras normas podemos observar las de la nfpa 101, pero igual no deja de ser mas alla de ser voluntarias.

plop.
 

Luis Hernandez Gomez

Bombero Activo
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9 Sep 2006
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Quillota, V-Region
Se puede hacer mas, todo depende ..........

1.- Las Evaluaciones de Riesgos, efectuada por Bomberos, partieron con el apoyo de la Direccion de Obras de la Municipalidad respectiva.Su Objetivo era detectar Riesgos, planificar futuras acciones en una Emergencia y hacer uan Base de datos de los Riesgos de Emergencia , nada mas.....

2.- Sin embargo, todo movimiento de vehiculos summaba gastos , se empezo a cobrarse dichas Visitas.

3.- En todo caso, si la Autoridad respectiva, Direccion de Obras, Ministerio de Educacion, respalda a Bomberos, la situacion podria cambiar que , mientras no se efectuen parte de las recomendaciones indicadas por Bomberos, el permiso queda en compas de espera.

4.- Bajo los aspectos Legales, muchos Cuerpo de Bomberos se aprovechan de la situacion , ya que, no existen Normas ,reglamentos o Decretos que le den un Poder a Bomberos.

5.- Es conveniente que siempre la Comandancia tenga un Documento Firmado por el Sr. Alcalde respectivo y el jefe de Obras, que diga " Autoriza al Cuerpo de Bomberos de ........., para que realize Inspecciones de Evaluacion de Riesgos de Emergencias". Que una vez realizada la Inspecion debe informarse directamente a la Municipàlidad.

7.- La Municpalidad siempre informara que bomberos cobrara por las Evaluaciones, pero no lo autoriza

8.- Sin un Documento de respaldo, la situacion no es Legal
 

John Adcox

Aspirante
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12 Dic 2008
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Valparaiso
Pedro, puntualmente, y la respuesta que sea acotada, por favor:

* La tienda en cuestión cumple (o cumplia) con la legislación chilena vigente al respecto (OGUC-DS 594)??

* Si Bomberos Valparaiso emitio un certificado(necesario para funcionar- o abrir- en su oportunidad) que responsabilidad les cabe en esta situación??... Porque sin su aprobación esta tienda no podria haber completado la documentación exigida por la Municipalidad, y por ende, no deberia haber funcionar...o estoy equivocado??.

atte.


ADCOX
 

Luis Hernandez Gomez

Bombero Activo
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9 Sep 2006
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Quillota, V-Region
En realidad cuanto vale la Aprobacion de Bomberos

En todo caso, con tu permiso, me sumo a la consulta para Pedro.

Pero tengo entendido, que no existe un elemento Legal, en el cual Bomberos entregue o no entregue su aprobacion.Es la autoridad respectiva quien Legalmente lo hace

Ademas se hace mension solo a un certificado y no a un Informe de Evaluacion Profesional. efectuada por Bomberos.Me imagino que existe una diferencia al respecto.

Tambien es un hecho, que aunque la Municipalidad pida una Evaluacion a Bomberos y esta es realizada, por un Profesional en Prevencion de Riesgos o un Profesional en Control de Incendios, no se puede rechazar y dicho informe puede ser reconocido para los requisitos que exije la Ley.

Por eso el sentido Profesional y accionar de Bomberos debe ser siempre apegado a la Ley. Otra cosa que , por nuestro prestigio y ayuda a la Comunidad somos respetados por nuestro trabajo_O sea , estariamos hablando de una Autoridad Moral
 

John Adcox

Aspirante
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12 Dic 2008
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Valparaiso
En Valparaiso actualmente, el certificado que se extiende es en base a una INSPECCION que realizan profesionales a honorario del CBV (que a la vez son voluntarios). En esta se verifica el cumplimento de tener las instalaciones electricas en norma (SEC), los puntos relacionados con la OGUC y tambien el cumplimiento del DS Nº 594.

En la epoca cuando ocurrio la visita a esta multitienda, desconozco si se trabajaba con profesionales(titulados) a honorarios para realizar este informe o solo eran voluntarios con un par de cursos internos del CBV y/o de la ANB. Me imagino que era esta última opción.

Por lo pronto Luis, entiendo que este documento es un requisito que exije la Municipalidad.

Pedro, estoy a la espera de tu respuesta, a lo consultado.


atte.


ADCOX
 

Pedro

Chupe
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18 May 2006
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Bien acotado

Te recomiendo que leas el post desde el principio, esta todo ahi. Con links al rol de bopmberos.
salu2s
 

John Adcox

Aspirante
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12 Dic 2008
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Valparaiso
Y a la fecha se ha superado o no el problema in situ (en la tienda)??... y n fuera asi, porque no envias los antecedentes a la Contraloria General de la Republica??

Por ultimo, si en tu informe tecnico indicas los riesgos inminentes en caso de producirse un siniestro... porque no lo haces publico aun medio de prensa??

Si comenzaste algo Pedro... terminalo agotando todas las alternativas, no te rindas.

atte.
 

Luis Hernandez Gomez

Bombero Activo
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9 Sep 2006
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Quillota, V-Region
Todo esta en el Portal

Todo lo indicado esta en el Portal y todo lo que pides tambien, ya fue efectuado, incluyendo a la Contraloria En todo caso le corresponde a Pedro , la respuesta.

Lo mas interesante, es la reaccion de Bomberos al respecto, conociendo a traves del Portal la situacion y los Procedimientos Legales efectuados , a la fecha.
Tambien Pedro,por este medio dio a conocer todos los Documentos de las distintas Instituciones involucradas, sus respuestas y " lavadas de mano".

Es cierto que Pedro no debiera estar solo, me hubiera gustado una respuesta y apoyo mas energico y aclaratorio de Bomberos. Pero como Excelente Profesional y Chileno lo ha hecho solo.
Lo que habla muy mal de una conciencia Colectiva y humanitaria de quienes les corresponden cumplir sus funciones Fiscalizadores .
En esto, Bomberos no puede estar alejado de su responzabilidad, ya que , con evaluaciones realizadas , avalan lo que , "no debiera ser".
 

Pedro

Chupe
Miembro
Miembro Regular
18 May 2006
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Ultimas Noticias

Estimados foristas, Contraloria Regional de Valparaiso se ha pronunciado nuevamente (creo que por octava vez) con respecto a Ripley de Valparaiso, declarando ilegales las acciones de la Dirección de Obras.


La Dirección de Obras Municipales (DOM) a través de una resolución DOM Nro. 6 del 2009 otorgo a Ripley el cambio de destino de la mitad de la edificación que figuraba como oficinas y bodegas, pero son en realidad parte de las salas de ventas, le habían otorgado el cambio de destinos de una manera premeditadamente fraudulenta, en contra de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, del articulo 4.2.10, que dice que para el cambio de destino, la nueva edificación tiene que poseer vías de evacuación de acorde con la nueva densidad de ocupación. Los bribones de la DOM de VALPO a sabiendas que jamas podría cumplir tal requerimiento, igual se la dieron, pero fueron denunciados a Contraloria que les hecho a bajo el negociado.

1.- Se declaro ilegal el cambio de destino, por que no cumple la normativa

2.- El estudio de evacuación presentado se invalido, ya que presenta serias inconsistencias, entre otras que se pide un cambio de destino para tienda comercial y los "cara de palos" calculan una densidad de ocupación para mall, incluso para carga ocupacional de mall, les salia una densidad de ocupación superior a 1000 personas donde la normativa requiere a lo menos 2 escaleras de 1,6 metros de ancho, pero la tienda solo tiene 2 escaleras de 1,3 y 1,5 metros de ancho......

Digamos las cosas como son, cuando la 4ta sala de la corte de apelaciones desecho un recurso de protección, arguyendo que no existía una conexión entre la seguridad de vida de las personas y la existencia de vías de evacuación, a empresas de ingenieros y revisores externos que son capaces de aprobar cualquier cosa, funcionarios públicos del DOM y SEREMI de Urbanismo; ignorantes, indolentes y corruptos.

Que nos queda como sociedad, los únicos que sacan la cara por la protección contra incendios en Chile son los bomberos.
 

Pedro

Chupe
Miembro
Miembro Regular
18 May 2006
256
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Importante de leerse

La Dirección de Obras de la Municipalidad de Valparaíso dio un plazo de 10 días para que la empresa Ripley solucione las irregularidades en las normas de seguridad del edificio, ubicado en el centro de la ciudad puerto.

La resolución, emanada desde la Controlaría, obligará a la empresa Ripley a desarrollar un plan que permita paliar las deficientes condiciones de seguridad que poseen escaleras y vías de evacuación de la estructura de la multitienda. Así lo confirmó a la Radio, Matías Valdés, arquitecto de la Dirección de Obras del municipio porteño, quien estimó que el local comercial podría estar temporalmente cerrado por el posterior desarrollo de las obras.


Ante el hecho, el concejal del municipio porteño, Alberto Neumann, expresó que la directora del departamento de obras municipal, Adriana Germain, tuvo que reconocer el error en el que incurrió al evadir las normativas cuando fueron presentados los informes.


"""Valdés puntualizó que de las dos escaleras de evacuación sólo una de ellas cumple con las normativas de escape en caso de incendio, por lo que se tendrá que acondicionar una de las entradas, la que deberá contar con puertas y muros resistentes a las llamas, considerando que, en caso de una emergencia, serán la primera vía de escape, ya que las escaleras mecánicas quedarán inhabilitadas."""

Estimados foristas, el informativo de Contraloria declara ilegal el accionar de la dirección de obras municipales porque dicho establecimiento comercial carece de vías de evacuación de 1,6 metros de ancho (a lo menos dos) pero el numero debe ser determinado por un "Estudio de Evacuación" , este señor arquitecto, no solo no se leyó la resolución de contraloria, tampoco tiene idea de la normativa, puede ser un error, claro pero este tipo de errores se han repetido durante 5 años y por el mismo funcionario......