¿Cual es la labor de carabineros en un incendio?

Ragc1546

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Pero que pasa con la ley públicada, parece que no se entiende, si bien el dueño o propietario quiere que su casa o propiedad se queme alla él, pero esto puede atentar en contra la seguridad de otras personas, por ende dando esta situación a mi entender la ley me faculta para actuar, indistintamente que el dueño no quiera y a su vez este estaría incurriendo en una sanción o pena, reclamamos o discutimos por leyes que no nos favorecen o amparan y también le buscamos todas las condicionantes a leyes que si nos favorecen.
 

temucano

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El dueño pagará con carcel o dinero después que se le compruebe la intención de causar daño a sus vecinos, entre ello por no dejar actuar a bomberos.......lo de no poder entrar a casas incendiadas si no quiere el dueño, es un ejemplo extremista, uno mas simple..si estas haciendo un asado en tu casa y tu vecino tiene hambre, tambien tiene prohibido entrar a TÚ casa, a menos que Tú lo autorices.
 

Ragc1546

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temucano dijo:
uno mas simple..si estas haciendo un asado en tu casa y tu vecino tiene hambre, tambien tiene prohibido entrar a TÚ casa, a menos que Tú lo autorices.

Demasiado absurdo encuentro el ejemplo simple, un asado no esta atentando con la seguridad, ya que es algo controlado, además si el vecino no esta invitado no tiene por que ir a meterse a mi casa, veamos los temas con altura de mira y no digamos cualquier tontera, por eso a los bomberos no nos toman en cuenta en algunos temas.
 

temucano

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Ragc1546 dijo:
temucano dijo:
uno mas simple..si estas haciendo un asado en tu casa y tu vecino tiene hambre, tambien tiene prohibido entrar a TÚ casa, a menos que Tú lo autorices.

Demasiado absurdo encuentro el ejemplo simple, un asado no esta atentando con la seguridad, ya que es algo controlado, además si el vecino no esta invitado no tiene por que ir a meterse a mi casa, veamos los temas con altura de mira y no digamos cualquier tontera, por eso a los bomberos no nos toman en cuenta en algunos temas.

Si una persona quiere quemar su casa, no va a invitar a bomberos para que se la apaguen, por lo demás he visto asados bastentes descontrolados, en especial algunos que se hacen dentro de una leñera o algo parecido, seguramente esa persona llamará a bombero, pues no quería quemar su casa. por lo ultimo..lo que quería ejemplificar con este "ridículo" (donde estoy de acuerdo contigo...es más, esa era la intención) ejemplo...solo es que uno puede hacer lo que se le ocurra en su casa, total es dueño de ese pedazo de chile.

El usar casco y cotona no te da ninguna autoridad para meterte en la casa de alguien...aunque se este quemando...a menos que exista una autorización implícita o explícita para ello. No creamos que estamos sobre la Ley.
 

Ragc1546

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Temucano no digo que la ley esta hecha para bomberos sino se legisla en base a un bien común y no sobre un bien personal, por ende en este caso la ley si nos faculta si vemos que la casa afectada va en contra la seguridad de las demás personas, lo que estoy diciendo no lo estoy inventado ni interpretando a mi antojo, sino es la opinión de un amigo abogado, que creo que son los mas aptos para hacernos entender sobre las leyes.
 
S

SROSAS

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el tema que estan planteando es bastanate simple, pues en nuestra propia Constituciòn Politica de la Republica la cual propende al bien comùn ( finalidad ) de todos los habitantes del territorio chileno y no al interes particular.

El otro punto el delito de Incendio esta Regulado en nuestro Codigo Penal, en el titulo referente de los delitos que afectan la propiedad. algunos foristas escribieron que si una persona queria quemar su casa estaba con todo el derecho ya que dicho inmueble era de su propiedad. Anterior a la reforma procesal eso era aceptable por unos jueces pero ahora con la reforma cualquier persona que cometa el delito de incendio sea de su propiedad esta cometiendo el delito y es obligaciòn del fiscal investigar el delito debido a que este acto es de gran notoriedad publica y por lo cual no debe ser investigado ni por oficio y a peticiòn de parte( esta es unas de las obligaciones del fiscal ).

Ahora si la persona que comete el delito de incendio pone en peligro las otras propiedades colindantes, las seguridad de las personas del lugar o el medio ambiente estos actos seran considerados como agravantes de la pena a la hora de fallar la senticia el tribunal colegiado.




chao
 

temucano

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Lo que dices es verdad, pero los abogados, al igual que los bomberos tienen especialidades, un criminalista, lo mandas a un juicio laboral y "seguro", lo pierde, pues no es parte de su competencia....pero ya estamos llegando a acuerdo.

El bien común es un bien superior al indivudual, pues esto nos permite vivir en sociedad, el que desee poner su bien individual (tonto que quema su casa), tendrá que pagar por desear superponer eso al bien común, es decir, si la estupides de quemar su casa involucra asfixia para vecinos o daños estructurales en las otras viviendas...él deberá pagar, sin lugar a dudas. Incluso hasta por omisión pagas, casos en que tienes un enfermo en tu casa y no dejas entrar al samu (por ejemplo), no es tu bien el afectado, pero interpones el tuyo sobre la vida de otro (un derecho más superior todavía)...en fin...eso po...
 
S

SROSAS

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temucano esta bien y concuerdo contigo y hay que recordar lo que dice el articulo 1º del Codigo Penal " DELITO ES TODA ACCIÒN U OMISIÒN PENADA POR LA LEY "
 

Ragc1546

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temucano dijo:
Lo que dices es verdad, pero los abogados, al igual que los bomberos tienen especialidades, un criminalista, lo mandas a un juicio laboral y "seguro", lo pierde, pues no es parte de su competencia....pero ya estamos llegando a acuerdo.

El bien común es un bien superior al indivudual, pues esto nos permite vivir en sociedad, el que desee poner su bien individual (tonto que quema su casa), tendrá que pagar por desear superponer eso al bien común, es decir, si la estupides de quemar su casa involucra asfixia para vecinos o daños estructurales en las otras viviendas...él deberá pagar, sin lugar a dudas. Incluso hasta por omisión pagas, casos en que tienes un enfermo en tu casa y no dejas entrar al samu (por ejemplo), no es tu bien el afectado, pero interpones el tuyo sobre la vida de otro (un derecho más superior todavía)...en fin...eso po...

Temucano:

Me das a entender con este ultimo post que bomberos si puede actuar aunque el dueño o propietario se opongo y contradisería los expuesto por ti en el post anterior, o me equivoco.
 

temucano

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No'p...me refiero a aquel que queriendo sobrepasar su derecho individual, sobre el colectivo...va a tener que pagar el resultado de eso...si o si...con plata o cárcel...pero va a pagar.
 

Mauricio

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Como dije antes, claro que Bomberos puede actuar aunque el propietario se oponga, siempre y cuando se den las condicionantes que dicta la ley eso es que un "siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas", sin esta condición forzar una propiedad es ilegal para los Bomberos y para cualquiera.

La verdad es que estaba al tanto de la modificación, en su oportunidad lo hicimos ver por un abogado quién nos indicó lo mismo que dice SROSAS, pero que, respecto al accionar del personal de Bomberos sobre ingreso forzado a la propiedad, nos recomendó que tuviésmos cuidado porque, contrariamente a lo que nosotros pensamos, la ley estaba destinada a sancionar a quiénes impidieran o dificultaran la acción de Bomberos para salvar vidas o propiedades de terceros, y no entregaba facultades legales reales a Bomberos para actuar por sobre los derechos de propiedad, que en la legislación chilena son bastante protegidos.

De esta forma, la letra de la ley está destinada a evitar que alguién impida la acción de Bomberos sobre un tercero que solicita la asistencia, y no para obligar a aceptarla sobre una posesión propia, o sea, si la casa de un propietario se quema y él solicita la acción de Bomberos y alguien lo impide, este último incurre en delito, pero si el dueño de la propiedad que se incendia no acepta la presencia de Bomberos entonces no se puede violar su derecho a propiedad, a menos que el siniestro represente peligro para la vida de los ocupantes o amenaze a viviendas colindantes, caso en el cuál se podría actuar sobre la propagación y en caso de necesidad extrema, sobre la vivienda misma (por ejemplo, si existiera un escape de gas que requiriera de control). Pero un juez, en caso de demanda podría perfectamente determinar que un amago o pequeño incendio (por ejemplo el basurero puesto en el patio) no se constituyó como una "desgracia constituya peligro para la seguridad de las personas" de esta forma el ingreso forzado de Bomberos (rompiéndole una puerta o ventana), contraviniendo la indicación del propietario, podría ser sacionado como una intervención ilegal en una propiedad.

Más aún, en este caso el siniestro ya estaba concluído, por tanto los derechos de los ocupantes sobre su propiedad estaban en pleno ejercicio, lo ilegal es la agresión a personal de Bomberos uniformado y en ejercicio de sus funciones, fuese en terreno público o privado.

Ahora, debo confesar que nosotros también nos entusiamamos cuando salió publicada la ley pensamos que por fin nos otrogaban facultades para que Bomberos actúe con mayor facilidad, claro que no se nos ocurrió que se equiparaban con las de un Juez o fiscal o que incluso eran superiores a Carabineros... me encantaría que fuera así y espero que los expertos en ley nos lo digan, pero por ahora no quiero que esto sea el inicio de otro mito Bomberil, tal como ocurió durante décadas con la "Ley de Buen Samaritano"... Esto no es buscarle las quintas patas al gato es tomar consciencia de la ralidad legal en la que estamos insertos...
 

temucano

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como ves... al final es un asunto del dueño de casa...o deja actuar a bomberos, o existe la posibilidad que se vaya preso por gil, o tenga que pagar lo que no tiene por los daños causados a terceros.
 

PJ

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Bueno, para aclarar todas las dudas surgidas al respecto estoy en contacto con un voluntario de mi cia que es abogado y fiscal. Me dice que va a hacer un analisis mas produndo del tema y ahi les cuento.
 

bombero_digno

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la ley no es nuestro mejor aliado...
y menos ahora que la Comisión de Bomberos del Congreso Nacional, dejó de funcionar en forma permanente... sería importante que la comisión funcionara y regulara tanta legislación que atenta en contra el trabajo de bomberos...

es más, cuando la gente demanda a bomberos, tienes que contratar un abogado para defenderte...

con qué plata lo hacemos, si los recursos son tan escasos...??
 

relincho2

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y los cops todavia estaran parados en la esquina cri cri cri ](*,) #-o
 
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janus

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¿Cómo tan poca comprensión de lectura?, lo que aportó PJ es clarísimo, es cosa de leer con un poco de calma, no es nada muy profundo, ni tampoco es invención de él.

Muy dueño de mi casa yo seré, pero si hay un incendio en su interior, por la causa que sea, intencional o no, los bomberos pueden entrar sin necesidad de mi permiso. Así de simple.

Que adicionalmente, después me sigan algún juicio criminal o civil es otro cuento, pero sí será agravante el no haber permitido en su momento el ingreso de bomberos.

Si Carabineros desconoce la ley es cuento de ellos, si nosotros la desconocemos, problema nuestro.
 
J

janus

Visitante
Me faltó agregar que lo que se quiere protejer es, como ya se mencionó, el bien común (no quiere decir necesariamente el de la mayoría), el cuento de quemar mi casa involucra un peligro para mis vecinos o habitantes, puedo estarlo haciendo para ocultar un crimen, etc.
 

vigilidelfuoco

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Esta claro :
http://www.bomberos.cl/Legislacion/28_TEXTOLEY19830.pdf

Articulo 269
"Incurrirá en la pena de presidio menor, en su grado mínimo a medio, el que impidiere o dificultare la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas"

Aparte de lo categorico que es esta ley, ustedes creen que estamos en un estado tan anarquista, que yo pueda quemar mi casa a vista y paciencia de todas las personas y que nadie me pueda hacer nada?

salutti
 

vigilidelfuoco

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UN EJEMPLO REAL

Un amigo juez, me envio esto:

Me toco participar en un Juicio Oral en donde se presento este tema:
En un primer llamado de incendio, el ocupante de una propiedad no permitió
el ingreso de Bomberos para extinguir un principio de incendio en el
entretecho de su Casa. Bomberos amparado por Carabineros subio al techo y
apago el fuego como medida de proteccion a los vecinos.
Posteriormente al mes despues hubo un segundo incendio en su propiedad, esta
vez se quemo la propiedad completa.

FUE ACUSADO DE INCENDIO INTENCIONAL. Tres años y medio por EL SEGUNDO
INCENDIO Y un año y medio POR EL PRIMER INCENDIO. Esto es debido a que tuvo
una actitud temeraria y neglinte en su proceder *QUE CONSTITUYO PELIGRO PARA
LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS. *
**
Hoy este Señor cumple condena en la Carcel , gracias a la
testificación de Bomberos.

Ojalá te quede un poco más claro.
 

BOMBERO C.B.L.S

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1 Sep 2006
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respondiendo a la pregunta


aislar el sitio del suceso, cortar el transito, y resguardar el correcto trabajo de bomberos, así como la integridad fisica de las personas , haciendo valer para tal efecto el imperio y la autoridad que la ley le ha conferido para tal efecto, como institucion de orden y seguridad, al servicio del país