Ojeda llama a cumplir con ley que favorece a Bomberos

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3 Oct 2005
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Debido a una excesiva burocracia y una injustificada petición de documentos para acreditar lesiones, la Superintendencia de Valores y Seguros no ha dado cumplimiento oportuno al pago que los Bomberos deben recibir por accidentes que sufran en el ejercicio de sus funciones.

Debido a una excesiva burocracia y una injustificada petición de documentos para acreditar lesiones, la Superintendencia de Valores y Seguros no ha dado cumplimiento oportuno al pago que los Bomberos deben recibir por accidentes que sufran en el ejercicio de sus funciones, como lo dispone la Ley. La Superintendencia no ha tenido la celeridad que requiere este tipo de atenciones, máxime cuando se trata de recuperar la salud de los voluntarios que trabajan en beneficio de la comunidad. Hay 15 o 20 casos sin atención. El caso más emblemático, se refiere a la atención sicológica de un bombero que fue atropellado al acudir a atender un incendio, quedando parapléjico. La Superintendencia dijo que este caso no era un tema de salud por lo que no quedaba bajo el amparo de la legislación vigente, lo que es absolutamente falso y contradictorio.

El diputado Ojeda enfatizó "la Ley la hicimos nosotros, participé en ella como autor y la historia fidedigna de su establecimiento", agregó que el tema psicológico también forma parte de la salud de la persona y que por tanto, les es aplicable.

Hemos citado al Superintendente a la Comisión Especial de Bomberos de la Cámara de Diputados, para que dé cuenta de estos casos pendientes sin perjuicio de exigirle se de rápido cumplimiento de la Ley a los casos pendientes.Como se sabe la ley 19.798 del 25 de abril de 2002, que modificó el D.L., 1757 de 1977, otorga beneficios por accidentes y enfermedades a los miembros de los Cuerpos de Bomberos en ejercicio de sus funciones, como ser atención médica gratuita, subsidios, renta vitalicias y otros beneficios pecuniarios, tanto para el bombero como a su familia.

fuente: elvacanudo.cl
 

Gekko-Kamen

Bombero Activo
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6 May 2009
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Y cuales son los documentos a pedir ?

A saber son
Parte de asistencia del acto donde ocurrio el accidente, libro de guardia semanal (3 días antes y 3 días despues), orden del día (si accidentado fue en virtud de ella) ... todos debidamente legalizado y certificado de atención médica.

Ya, si el respectivo Cuerpo u Oficial encargado de enviar la información es un incompetente.. es otra cosa
 

Elkete

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Estimado Verdugo CBPA:

¿Cual habra sido mi ofensa segùn tu personal criterio?, si violè alguna norma del foro por favor indìcame cual para no repetir.

Los bomberos accidentados cuyos casos recordè sin nombres quedò demostrado en las investigaciones que fueron ellos los directos culpables de sus lamentables accidentes, el sol puede ser tapado con un dedo, pero un dedo serà la sombra que se tendrà.

Con el extraño criterio de algunas persona, lo raro serìa que no hubiesen accidentes tan fàciles de evitar con simple sentido comùn. La Bilz y Pap son buenas para fiestas de cabros chicos pero no para tratar temas de tanta seriedad y que afectan a tantas pesonas.
 

verdugo CBPA

Primera Linea!!
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28 Jun 2007
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Punta Arenas
Es un problema de forma no de fondo. Tu crees que una persona se arroja intencionalemnte encima de un auto para quedar paraplejico?? si bien es un accidente totalmente evitable por las razones que mencionas solo te pido que coloques mas cuidado en su forma.

PAz.
 

marcofire

Chupe
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Verdugo CBPA.
le recuerdo lo siguiente.
los estamentos de fiscalizacion y control de ingreso para los distintos seguros deben tener instructivos o procedimientos para establecer que las causas de los Incidentes o Accidentes son como se informaron.
por lo mismo las aseguradoras cuando no reciben la documentacion correspondiente a tiempo obviamente que demoran sus tramites de reenbolso.
ahora le recuerdo que en este mundo hay mucha gente inescrupulosa. y siempre quieren abusar de los seguros. le contare la anegdota de un colega prevencionista que en una empresa constructora uno de sus obreros sabia que si perdía el dedo pulgar, ganaría de por vida cierta cantidad de dinero a través del seguro de accidentes y enfermedades profesionales. ADIVINEN QUE HISO EL OBRERO...
aunque parezca cruel y sanguinario, el hombre cometió su acción. pero como todos los accidentes tienen que investigarse adivinen que pasooo.....
el Obrero perdió la cobertura medica, perdió la Pega y lo mas importante Perdió el dedo...

asi que lo que expone el colega Gekko-Kamen no esta alejado de una posible realidad.

y desgraciadamente los bomberos siempre tenemos algo turbio. por eso hay que comenzar en hacer las cosas bien.. y a tiempo..
 

Nacho

Comandante de Guardia
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Aqui existe mucho paño que cortar ,me ha tocado revisar indirectamente algunos casos de Bomberos accidentado, basicamente para saber ¿el porque de tanta demora? y sorpresa mayuscula, podria resumirlo en:

De Los Bomberos:

1.-algunos personeros creen hasta la fecha que la atención se entrega por el solo ministerio de la ley y que el Cuerpo de Bomberos "Como somos Voluntarios y no pedimos nada a cambio" se queda esperando que el estado actue pero ¿ donde esta el Imput para que parte la cadena? ¿no es en el mismo cuerpo de Bombero?

2.-Se deja la tramitación en manos de personal rentado que por lo general carece de la información sobre el proceso a seguir o no le da la importancia.

3.- Se da el imput mas no se en via documetación a medias o incompleta, los primeros tramites no fueron realizado, por que " el comandante tenia que hacer la denuncia y no estaba por eso no la hizo el oficial a cargo"., no exiten formularios definidos de Orden de atención.

4. Se desconoce completamente el tramite, no existe oficial asignado para realizarlo y menos para gestionarlo.y andamos con la documetación atrasada en general. no hay procedimiento.

5.O derechamente no se quizo hacer el tramite por que "no estaba con Uniforme" "era de otra compañia" "¿como se que andaba o iba al incendio? ¿era de otro cuerpo de bomberos? la jurisdicción en fin.

6.- Me olvidaba de una "La ley corre para incedios no mas" ¿enfermades ? que enfernmadad puede dar en el trabajo bomberil. "ha pero si el tuv la culpa fue negligencia"

7.-Asume que se trata como la ley de accidentes del trabajo.

Nota: NO exite procedimeiento de seguimiento de salud por potenciales enfermedades, para que hablar del stess post traumatico.

Del Bombero Accidentado_

1.- No informa lesion aunque sea minima lo que se agraba paulatinamente.y "Como somos Voluntarios y no pedimos nada a cambio" se queda esperando que la ley actue.
2.- Desconoce que se emcuentra cubierto por la ley.

3.- Asume que se trata como la ley de accidentes del trabajo y espera

De la SVS.

1.- No asume que puede tratarse de urgencia vital es lo mismo un corte leve en la mano que lesiones por quemadura,aplastamiento o electrocución.

2.- Para nuestra perspectiva sus plazos son muyyyy largos (parece que no tiene por ley algunm plazo de para resolver)tampoco no esta contemplada la relacion traiangular SVS-CdeB-Prestador de Salud.

3.- deberia tener una circular anual informativa sobre los procedimitos a seguir en caso de, ello considerado que los directoruios cambian año a año.

Nota: Desconosco si la SVS exije investigar el accidente, creo que no.


En fin los precedimoetos y la ley esta disponible pero no nos toammos eltiempo para interiorisarnos de ella y elaborar procedimietos, total si lo que se accvidentan son del cuerpo vecino "nunca nos pasara a nosotros", sera sano efectuar ejecicios -academias de simulacion de un accidente y como proceder ¿cuanto demora? 30 minutos y queda toda la compañia enterada de que hacer.

Por otro lado cierto es que han habido intentos de pasar lesiones acaecidas en ambito externo a bomberos como accidentes bomberiles, por ejemplo recuerdo dos casos :Fractura durante un partido de Baby Futbol o Empleador y empleado ambos bomberos (empeador Oficial gral) empleado sufre lesión durante su labor como trabajador el jefe la quiere pasar por bomberil entre otras.

Creeo que opera el no sabe, no puede o no quiere En fin la información esta disponible quisa solo falta designar responsables y que la SVS aclare e indique todos los años auque paresca de mas, todo lo que pedira segun la ley en caso de accidente.


Ahora los accidentes Bomberiles se deben investigar para que no se repitan, cambiar procedimiento e indentificar responsabilidades. mmmmmmmm ¿bueno mejor no si total los funerales son Bonitos.?
 

Nacho

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Nota: El personal rentado se atiende por ley 17744 no aplica la ley N° 19.798?

Nota 2;Revisar:

http://www.bomberos.cl/php/Protecci%C3%B3n_a_Bomberos.php


La priemera Ley para Bomberos Accidentados en acto de servicio data de 1940-41 en el gobierno de Pedro Aguirre Cerda y fue elaborada por su Ministro de Salubridad-Prevision-y Aditencia Social Salvador Allende Gossens
 

Nacho

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La priemera Ley para Bomberos Accidentados en acto de servicio data de 1940-41 en el gobierno de Pedro Aguirre Cerda y fue elaborada por su Ministro de Salubridad-Prevision-y Aditencia Social Salvador Allende Gossens

Ley no. 6.935 : concede indemnización y beneficios a los miembros de los cuerpos de bomberos, que sufrieren accidentes o contrajeren enfermedades en actos de servicio
 

nfd

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10 Feb 2007
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es un tramite con muchos pasos a seguir, que si no se hacen en los dias que esta estipulado queda la pura embarrada