Necesito de su ayuda / Puede el empleador prohibir ser bombero o ir a llamados??

arcangel-fire

Chupe
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6 Sep 2010
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Dentro las leyes, ya que en la ley de marco solo habla de la administración de los cuerpos y no, así las obligaciones, hacia bomberos , se consulta alguien sabe si un empleador puede negarle participar a un bombero en emergencias, o si el pertenece a un organismo publico y se le niegue se bombero, hay algún estamento o decreto que proteja y obligue al empleador a no negarle ser bombero.
atentamente, gracias
 
Última edición por un moderador:

CFlamma

Bombero Activo
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10 Nov 2007
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Suponiendo que la pregunta va por el lado de si un empleador puede oponerse a la salida a actividades bomberiles en horario de trabajo (dado que obvio nadie puede impedirle a otro ser o no Bombero), la respuesta es que el trabajador tiene la obligación de estar a disposición del empleador durante la jornada laboral, en el recinto especificado para ello y para las labores convenidas.

En seguida, el trabajador (dentro del marco señalado) incumple sus obligaciuones labores si se ausenta sin permiso.

Lo mismo vale para la administración pública.

Entonces, claramente pueden "negarte la salida", que, en verdad, corresponde a negar un permiso para ausentarse de las labores. No existe ninguna olbigación de otorgarlo.
 

Gekko-Kamen

Bombero Activo
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6 May 2009
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No te pueden negar ser bombero. Si te pueden negar es salir en horario de trabajo a las emergencias.

Es más el artículo 1º, inciso 3, de nuestra Constitución señala:
"El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos".

Saludos
 

Jose Danilo

Aspirante
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15 Ene 2008
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Quisas esta información te sea útil. LEY Nº 20.500
SOBRE ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley,TÍTULO I

De las asociaciones sin fines de lucro

PÁRRAFO 1º

Del derecho de asociación

Artículo 1º. Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente para la consecución de fines lícitos. Este derecho comprende la facultad de crear asociaciones que expresen la diversidad de intereses sociales e identidades culturales. Prohíbense las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado.

Las asociaciones no podrán realizar actos contrarios a la dignidad y valor de la persona, al régimen de Derecho y al bienestar general de la sociedad democrática.

Artículo 2º. Es deber del Estado promover y apoyar las iniciativas asociativas de la sociedad civil. Los órganos de la Administración del Estado garantizarán la plena autonomía de las asociaciones y no podrán adoptar medidas que interfieran en su vida interna. El Estado, en sus programas, planes y acciones, deberá contemplar el fomento de las asociaciones, garantizando criterios técnicos objetivos y de plena transparencia en los procedimientos de asignación de recursos.

Artículo 3º. Nadie puede ser obligado a constituir una asociación, ni a integrarse o a permanecer en ella. La afiliación es libre, personal y voluntaria. Ni la ley ni autoridad pública alguna podrán exigir la afiliación a una determinada asociación, como requisito para desarrollar una actividad o trabajo, ni la desafiliación para permanecer en éstos.
 

Elkete

Comandante de Guardia
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Nadie te va a negar ser bombero, tampoco nadie te va a prohibir expresamente que acudas a algún llamado, pero todos debemos cumplir nuestras obligaciones laborales. Lo más práctico es que estando en el trabajo hay que olvidarse de que se es bombero.
 

Ambiorix

Comandante de Guardia
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17 Dic 2005
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Temuco, Chile
Dentro las leyes, ya que en la ley de marco solo habla de la administración de los cuerpos y no, así las obligaciones, hacia bomberos , se consulta alguien sabe si un empleador puede negarle participar a un bombero en emergencias, o si el pertenece a un organismo publico y se le niegue se bombero, hay algún estamento o decreto que proteja y obligue al empleador a no negarle ser bombero.
atentamente, gracias


Amigazo, un consejo de alguien que tiene harta gente a cargo.

Si un funcionario se planta frete a mí exigiendo que le deje salir a los incendios, yo de inmediato me cuestionaría el filtro de ingreso a la Empresa, es inconcebible que alguien priorice la actividad bomberil sobre el empleo que te permite el diario vivir.


Mi consejo: realícese bomberilmente hablando, después del horario de trabajo.



.
 

pagomez

Aspirante
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23 Jun 2013
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El trabajo primero, en mi caso, cuando debo realizar actividades administrativas (soy Superintendente) pido permiso con varios dias de anticipacion y con su debida justificacion... primero el sustento, despues el bomberismo, y como dice ELKETE estando en el trabajo hay que olvidarse de ser bombero.
 

RVRESCUE

Moderador General
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31 Mar 2007
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Valparaiso
Al Cesar...

Que buen tema !!

La idea es clara.
Ningun empleador (privado o estatal) puede prohibir a sus empleados pertenecer a una organizacion de bien publico, porque esta decision claramente escapa a su ambito de influencia.

Por la misma razon...
Tal como un bombero no permitiria que su empleador decida que puede hacer con su tiempo libre... el empleador espera que su empleado no permita que la labor que desarrolla en su tiempo libre genere un conflicto con el tiempo destinado al trabajo.

Aca no existe mala voluntad... poca solidaridad... mala onda o como se le quiera llamar. Es simplemente cumplir lo acordado en el contrato de trabajo.

Que hay jefes que le tienen "buena barra" a sus empleados y les permiten salir a algunos llamados, o bomberos que por la naturaleza de su trabajo pueden asistir durante su jornada laboral a estos... esa es otra historia. Aun asi, no debe entenderse como un "derecho", sino como una excepcion.

Lo mismo toca a los asuntos que algunos bomberos -especialmente Oficiales- deben atender en horario laboral (llamadas, correos electronicos, tramites, Etc.). El empleador esta en todo su derecho a exigir que durante el horario de trabajo, el empleado se dedique a SU trabajo y no a "otro trabajo".

Es por tanto muy apropiado comprender que...

Lo más práctico es que estando en el trabajo hay que olvidarse de que se es bombero.

es inconcebible que alguien priorice la actividad bomberil sobre el empleo que te permite el diario vivir.

La realizacion familiar, laboral y academica es primero. Quien se realiza en estos ambitos, seguro tambien puede realizarse plenamente en el ambito bomberil. Quien no sigue este orden y parte al reves, dificilmente podra realizarse en el resto de las facetas de su vida.

REINALDO VALLEJOS CACERES
 

arcangel-fire

Chupe
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Miembro Regular
6 Sep 2010
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muchas gracias, a todos , ampliare un poco mas, soy militar, y dentro de aquello, se podría decir pertenezco al estado, como también soy bomberos por mas de 20 años, cuando entre a la institución ya era bombero, y cuando uno hace toda actividad que no corresponda al trabajo se llama actividad extra institucional, a lo que uno debe pedir permiso, año a año, claro mencionando lo que nos cubre como bombero el tema salud y si muero, pero hace poco me llego una carta del jefe de los jefes, que no me autorizaban a seguir con la actividad fuera de horario, a lo que si me pasa algo seré sancionado y de baja , a lo quedo apelar dando motivos para que me vuelvan a dar permiso, pero busco y no encuentro nada, la ley marco nada hacia nosotros, la consulta es si dentro alguna ley o estatuto, chile protege a sus bomberos, en este caso, claro no es marginación, si no como dar una explicación, pero con base con alguna ley o estatuto, que me ampare.
 

CFlamma

Bombero Activo
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10 Nov 2007
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Aquí aportas un dato nuevo, que es clave: Eres militar.

Luego, claro que encontraste algo, de hecho un camarada te mencionó la Constitución y otro la Ley 20.500. No hay duda alguna que ser Bombero, en cuanto protección legal a pertenecr a una institución, existe y es fàcil construir un discurso con ello.

Por lo anterior, creo que estás buscando al revés. Me explico, el punto es si la normativa interna del Ejército (o la que sea tu Institución castrense) permite lo que tus jefes te tratan de imponer, esto es, que si no tienen su autorización, no puedes seguir siendo bombero. De ello, me declaro ignorante, pero supongo existe la norma que los faculta para ello.

En definitiva, lo que te recomiendo es que trates de identificar la norma bajo la cual operan tus jefes y desde ella examinar tus posibilidades (algún sistema de reconsideración o reclamo), teniendo en vista el motivo concreto (el por qué) no te han renovado la autorización y ojala disipar tales motivos.

Y, desde luego, bomberos uniformados han habido muchos.
 

Elkete

Comandante de Guardia
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Miembro Regular
Es posible que la prohibición a lo "extra institucional" se refiera a trabajos no compatibles, ejemplos no se me ocurren para militares (tal vez no pueden ser guardias de supermercados.....), para los pacops existe por ejemplo prohibición de ser taxista o chofer de micro.

Por lo mismo tal vez no se aplique a ser bombero.......todo esto tratando de suponer algo mas o menos coherente.
 

bombero_10

Aspirante
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Miembro Regular
30 Dic 2007
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Que extraño, yo conozco varios bomberos que son militares, funcionarios de carabineros, PDI, incluso por intermedio de los voluntarios militares se hacen actividades dentro de un regimiento (cursos, ejercicios,deporte).

realmente extraño....
 

piriguin

Bombero Activo
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1 Feb 2009
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es extraño, el Gral. René Leiva, Jefe del Comando de Comunicaciones del Ejercito es un MUY ACTIVO voluntario de la 19a Cía. del CBS... Argumentando a fortiori, se podría decir " Si se permite lo mas, se debe permitir lo menos"...

Tal vez podrías ponerte en contacto con el, a ver que pasa.
 

jalvarez

Chupe
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8 Jul 2011
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Primero que todo, la pega primero por algo tan sencillo por que la pega de da para comer y llenar la guatita, el ser bombero te llena el corazon y la mente.

Pero aporto otra preguntita, ¿Que pasaria si tu jefe te da permiso de buena onda que es y camino a la emeregencia te pasa algo como un accidente que se yo...No es accidente de trayecto (Laboral) y no es accidente de bombero en acto de servicio.

Entonces que pasa sera accidente de trayecto de bombero, pero si estabas en la pega, que pasa en la pega si te pagan para trabajar y no para apagar incendios...

Por eso creo que mejor aguantarse ls ganas y cuando llegas a la pega apagar la radio asi de simple y te evitas muchos problemas.

Por ultimo esta mas que claro que nadie puede decirte que hacer o no con tu tiempo libre y de que instituciones puedes participar en tu tiempo libre, pero cuando estas en la pega no es "TIEMPO LIBRE", te pagan para trabajar asi de simple.....
 

Gekko-Kamen

Bombero Activo
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6 May 2009
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Pero aporto otra preguntita, ¿Que pasaria si tu jefe te da permiso de buena onda que es y camino a la emeregencia te pasa algo como un accidente que se yo...No es accidente de trayecto (Laboral) y no es accidente de bombero en acto de servicio.

Entonces que pasa sera accidente de trayecto de bombero, pero si estabas en la pega, que pasa en la pega si te pagan para trabajar y no para apagar incendios...

Ahí estamos mal interpretanda la ley ... la ley asegura al bombero que se dirija, en tránsito al llamado la protección en caso de accidente (la mala interpretación es por nuestros "lideres bomberiles" que aseguran que sólo si tripulas un carro te cubre el seguro)