Informe Pericial

  • Iniciador del tema vicmella
  • Fecha de inicio

AkroN

Comandante de Guardia
Miembro
Miembro Regular
12 Oct 2006
4.686
10
8
El Foro
www.rauldelajara.cl
SROSAS dijo:
AKRON: [-X Amigo te digo que estas totalmente equivocado, yo me refería que por costumbre los informes de Bomberos han adquirido cada vez mas Validez y lo tengo claro que lo deben hacer por ley.

Mas bien por el Decreto con Fuerza de Ley N° 251 del 20 de Mayo de 1931, ya que esta norma Legal esta inserta en el apéndice del Código de Comercio y que tiene relación con las normas legales que regula la Superintendencia de Valores y Seguros y que en su artículo 30 dispone lo siguiente “En todo proceso criminal que se siguiere por incendio, los tribunales de justicia apreciarán la prueba en conciencia y con entera libertad.
En todo siniestro por incendio, el Comandante del Cuerpo de Bomberos de la localidad respectiva, deberá enviar al tribunal correspondiente, un informe escrito, cuya fuerza probatoria, para los efectos judiciales, tendrán el valor de una declaración de dos testigos que contesten en el hecho y en sus circunstancias esenciales sin tacha, legalmente examinados y que den razón de sus dichos”. Ahora te digo AKRON que estas completamente equivocado e infórmate mejor antes de dar una opinión :-$ ya que te puedes dar cuenta que el informe de bomberos no tiene el valor de informe pericial. Ese carácter de Informe Pericial se lo ha dado la Costumbre o la Jurisprudencia.Solo tiene el valor de dos testigos.

Ahora lo otro tu me dices que el único que puede gozar del privilegio de pobreza es el Imputado, Mal Mal estas cayendo en un craso error y si la victima resulta que es la culpable quien paga las costas del juicio? Ya que con la reforma ahora todos tienen derecho a una Defensa Gratuita si no tiene los medios para pagar.
Mira y te coloco el caso de que la Victima haga Abandono del Procedimiento o un Desistimiento de la Demanda, y como tu sabes ya en esta instancia esta claro que la investigación ya se realizo y quien pagara la investigación? El Imputado o mejor dicho presunto imputado por que tu dices que el tiene que pagar, obvio que NO por que nunca se fallo y no se pudo comprobar su culpabilidad. La tendrá que pagar la persona que en primera instancia era la victima.

Lo vez ahora como pueden cambiar los roles, :-$ pero el punto es que antes de dar una opinión infórmate primero, yo tengo claro si no se bien un tema no puedo dar una opinión bien fundada .

Chaoo……amigo \:D/ \:D/


Cuando las Fiscalias Locales solicitan un "Informe" de Incendio lo hacen de la siguiente manera o similar:

Se solicita Informe Pericial de Incendio ocurrido con fecha XX/XX/XXX en calle XXxxXX xxXXxx xxxx etc. etc.

El Informe una vez recepcionado es presentado ante el magistrado como Informe Pericial del CB"X"

Los resultados del mismo son expuestos por el Investigador de Incendios que ante el magistrado es presentado como: Perito en Investigacion de Incendios de...

...te recomiendo que vallas/n a ver el proximo Juicio Oral en tu ciudad, que tenga como causa un delito de incendio. Se daran cuenta que mucho de lo "escrito" no es tal, y que las apreciaciones de los magistrados son basadas en lo que presenta el Fiscal, vale decir "Un Informe Pericial".

Imputado, presunto Imputado?, terminologia inexistente en procesos judiciales

Victima "Culpable", deja de ser Victima.

Nunca dije que el, o los Imputados debian cancelar los costos de cualquier Investigacion. Obviamente depende de los resultados finales del proceso.

Estas asegurando que mencione ciertas cosas que no son, estas orientando las respuestas a tu conveniencia armando escenarios que no "eran", estas demasiado claro, y te confundes demasiado.

ah... y que yo sepa no somos amigos


risamalvada.gif



saludos
 

TENDERIN1

Postulante
Miembro
3 Feb 2007
8
0
1
124
AMIGOS SOY TENDERINI QUE HE TENIDO QUE INGRESAR CON ESTE NUEVO NOMBRE YA QUE UN MODERADOR "PICADO" ME HA DESACTIVADO MI CUENTA ASI QUE SI ME PUEDEN AYDAR SE LOS AGRADECERIA YA QUE Q HAY MODERADORES QUE NO TOLERAN QUE SEAN CORREGIDOS EN CIERTOS TEMAS.
ADEMAS CREO QUE ES REFERENTE A ALGUN TEMA QUE PUDE HABER ABIERTO O DEBATIDO EN ESTE FORO PRECISAMENTE.
 

AkroN

Comandante de Guardia
Miembro
Miembro Regular
12 Oct 2006
4.686
10
8
El Foro
www.rauldelajara.cl
.

Que moderador te bloqueo, el ingreso Tenderini?

es extraño, por que los moderadores no tenemos privilegios para aquello.

Informanos quien fue, para solucionarlo


saludos



.
 
S

SROSAS

Visitante
Me parece mal amigo TENDERINI que te bloquearan de esa forma por decir las cosas como son parece que cuando te debaten y no tiene mas fundamentos lo unico que les queda es sacarte del foro de una manera arbitraria .



chaoooo
 

comandante

Chupe
Miembro
Miembro Regular
15 Feb 2007
259
1
3
124
vicmella dijo:
Estimados:

Me ha tocado leer informes de Incendios de algunos cuerpos, en donde algunos utilizan una especie de parte, creo que es bastante bueno para utilizarlo in situ en el sitio del suceso, pero el informe que se manda a peticion de la ficalía a modo personal debe ser algo mas formal, una descripcion de los procedimientos. En mi caso, utilizo la siguiente secuencia:

Relacion del acto, aqui indico dirección, que lo que se estaba combustionando, hora de salida, llegada, descripcion de sitio del suceso (abierto, cerrado, mixto), medidas de la casa, materiales de construcción, etc.

procedimiento de investigacion : zona, de origen, punto de origen, posible causa basal.

una pequeña sintesis aca indico si fue por accidente, natural y provocado.

y por último adjunto la fijación planimetrica.

bueno ese mi modo operandis, por favor los mas experimentados, mencionen como realizan sus informes a la fiscalia, para poder complemetar mi trabajo.

saludos

victor





HOLA ME ENCANTARIA QUE ME PUDIERAS ENVIAR UN FORMATO PARA PODER ELVAORAR DE UNA MEJOR FORMA LOS INFORMES DE INCENDIOS

SALUDOS
 

temucano

Bombero Activo
Miembro
Miembro Regular
31 Mar 2006
1.781
41
4
124
Srosas:

"Me parece mal amigo TENDERINI que te bloquearan de esa forma por decir las cosas como son parece que cuando te debaten y no tiene mas fundamentos lo unico que les queda es sacarte del foro de una manera arbitraria ."

Sr. Creo que decir lo arriba escrito, es muy absolutista, sería mejor escribir, "como tu crees que son" o mejor aún, "como has demostrado que son"

Por lo demás, no tiene sentido que los adminsitradores borren o eliminen a alguién del foro, si se puede de nuevo registrar, distinto es si le bloquean la IP.
 

AkroN

Comandante de Guardia
Miembro
Miembro Regular
12 Oct 2006
4.686
10
8
El Foro
www.rauldelajara.cl
.

Temucano, aca nadie ha bloqueado a nadie "excepto casos puntuales", pero como bien mencionas, no es por USER, es por IP.

La causa puntual de TENDERINI, es hasta el momento indeterminada, al igual que la de Relincho, y al igual que en mi caso. Ya que tambien en ocaciones me ha ocurrido que no puedo ingresar con mi password, siendo solucionado el problema por el webmaster "al igual que el caso de TENDERINI"

Los comentarios del forista SROSAS, son totalmente sin fundamento, ni conocimiento de causa, los que de mi parte no merecen mayores comentarios, ni atencion.


saludos


.
 
T

TENDERINI

Visitante
si hace tiempo me activaron la cuenta nuevamente, pq motivo se desactivo lo ignoro, pero tardeo temprano todo se sabe.
gacias por la preocupacion aigos muy amables y disculpen el mal entendido.
 
T

TENDERINI

Visitante
aaaaa y no nos desvirtuemos del tema temaaaa........
 
S

SROSAS

Visitante
Akron por que te gusta descalifar a las personas cuando ya no tienes mas argumentos incurres en descalificar y esto se demuestra a lo largo del foro. Te doy un consejo, hay que ser mas humilde y otra cosa te estas desvirtuando el tema.

chaooo...
 

Wajax

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
21 Ene 2007
65
0
2
124
Que las personas que escogimos para dirigirnos a la comunidad no sean apropiados.....

De quien es la culpa...

En los llamados forestales, quienes son los apropiados???????????? El DET, cursos ANB

que alguien me aclare por favor...
 
V

vicmella

Visitante
plop y a este quien le metio ficha, amigo estamos hablando de los informes periciales y no de incendios forestales, si rebizas bien esta paginas podras encontrar un foro exclusivamente para los forestines.

adios
 

Claudio

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
19 May 2006
59
0
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124
Amigos he leido este foro y me he encontrado con varias impresiciones, unas mas que otras. por ejemplo RROSAS. Olvidate del DFL 251/30 del 30 de mayo de 1932.
El informe de bomberos que firmaba el Comandante, ya no tiene el valor de dos testicos contestes en el hecho. Esto fué modificado Por la Ley Readecuatoria 19806
art. 26 del 31 de mayo de 2002. como dice Peuco, a insinuación escrita del DET de Temuco en el año 2000.
Otra cosa es que ya no dice que será enviado al Juzgado del Crimen , tu sabes que ya no existen. Se deben enviar al Ministerio Público. Y lo otro importante que alguien ya lo dijo en un Post anterior el informe debe individualizar a la persona que estuvo a cargo, y algo así como que debe detallar en forma circunstanciada las operaciones realizadas durante la Investigación.

Antes cuando el Juez tenía dudas llamaba al Comandante , aunque el no hubiese participado en la Investigación
Hoy el que de concurrir o hablar telefonicamente con el Fiscal , es el, que estaba a cargo de la Investigación.



Otro tema:
La victima nunca debe pagar por los servicios aunque pierda el Juicio, El Fiscal y esto
cuesta entenderlo, no defiende a la victima, el está`para perseguir el delito y a los Imputados, son estos los que si tienen dinero , deberan pagar la Defensa Penal. Ya sea la pública o la Privada. Por lo anterior aamigo Rozas, aunque la victima se aburra
de bseguir la acción legal , el Fiscal debe terminarla con las salidas que el sistema le otorga, pero nunva la victima deberá pagar.

Otro Tema que leía:

El testigo Experto es un nombre que quienes comenzamos a capacitar antes de la reforma Penal copiamos del sistema Norteamericano. Acá te pueden citar en calidad
de Perito, si tienes como acreditar los conocimientos ( será Perito quien tenga amplios conocimientos sobre una ciencia , arte u oficio ) algo así lo dice el CPP.
Lo otra forma es que te citen en calidad de Testigo. Ya sea porque no tienes acreditación e en la audiencia de preparación del Juicio de echen apara atrás o porque solo debes concurrir a dar cuenta de algo que vistes o escuchastes mientras estabas en el siniestro.

De la experiencia que llevo con la reforma , no he visto nunca una citación que diga en su calidad de tetigo experto. Solo en su calidad de Perito, o en calidad de Testigo.

Si alguien recibio como Testigo Experto sería bueno lo contara y documentara para
la futura modificación del Curso INV. de INC. de la ANB.

Es todo por este momento

Saludos afectuosos para todos.

Claudio Gómez






SROSAS dijo:
AKRON: [-X Amigo te digo que estas totalmente equivocado, yo me refería que por costumbre los informes de Bomberos han adquirido cada vez mas Validez y lo tengo claro que lo deben hacer por ley.

Mas bien por el Decreto con Fuerza de Ley N° 251 del 20 de Mayo de 1931, ya que esta norma Legal esta inserta en el apéndice del Código de Comercio y que tiene relación con las normas legales que regula la Superintendencia de Valores y Seguros y que en su artículo 30 dispone lo siguiente “En todo proceso criminal que se siguiere por incendio, los tribunales de justicia apreciarán la prueba en conciencia y con entera libertad.
En todo siniestro por incendio, el Comandante del Cuerpo de Bomberos de la localidad respectiva, deberá enviar al tribunal correspondiente, un informe escrito, cuya fuerza probatoria, para los efectos judiciales, tendrán el valor de una declaración de dos testigos que contesten en el hecho y en sus circunstancias esenciales sin tacha, legalmente examinados y que den razón de sus dichos”. Ahora te digo AKRON que estas completamente equivocado e infórmate mejor antes de dar una opinión :-$ ya que te puedes dar cuenta que el informe de bomberos no tiene el valor de informe pericial. Ese carácter de Informe Pericial se lo ha dado la Costumbre o la Jurisprudencia.Solo tiene el valor de dos testigos.

Ahora lo otro tu me dices que el único que puede gozar del privilegio de pobreza es el Imputado, Mal Mal estas cayendo en un craso error y si la victima resulta que es la culpable quien paga las costas del juicio? Ya que con la reforma ahora todos tienen derecho a una Defensa Gratuita si no tiene los medios para pagar.
Mira y te coloco el caso de que la Victima haga Abandono del Procedimiento o un Desistimiento de la Demanda, y como tu sabes ya en esta instancia esta claro que la investigación ya se realizo y quien pagara la investigación? El Imputado o mejor dicho presunto imputado por que tu dices que el tiene que pagar, obvio que NO por que nunca se fallo y no se pudo comprobar su culpabilidad. La tendrá que pagar la persona que en primera instancia era la victima.

Lo vez ahora como pueden cambiar los roles, :-$ pero el punto es que antes de dar una opinión infórmate primero, yo tengo claro si no se bien un tema no puedo dar una opinión bien fundada .

Chaoo……amigo \:D/ \:D/
 

Claudio

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
19 May 2006
59
0
2
124
Tenderini: Quiero ratificar lo que te dice Akron a continuación de este.

No se de donde sacas lo que escribistes, solo puedo ratificar que los Fiscales nos piden el Informe Pericial del IncendioXXXXXXX. Y nosotros si adjuntamos el informe con fotografias y planimetría le respondemos que adjuntamos el Informe Pericial solicitado con fecha tanto o RUC tanto. no estoy seguro del orden.

Como me interesa mucho el tema , me podrias decir en que basas tus argumentos.
me refiero a INFORME PERICIAL.

Saludos

Claudio


TENDERINI dijo:
eso es verdad como lo dice SROSAS Y FIRE_FOREVER, ya que este informe no es considerado como pericial y eso que quede claro, para que no cometas de nuevo ese tipo de errores amigo, puedes ser perito pero al realizar el informe de una investigacion, estas realizandola como bombero y recuerda que "NO ES CONSIDERADO COMO INFORME PERICIAL" asi que no combine las cosas.


1. INFORME PERICIAL

2.- INFORME DE BOMBEROS (INVESTIGACION)( NO PERICIAL)


aunque todos tenemos claro la definicion de perito.

SALUDOS.
 

Claudio

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
19 May 2006
59
0
2
124
SROSAS. Lo único que no cambió es que sigue siendo el Comandante quien
por concucto regular sigue enviando los Informes. Lo que pasa es que el ahora
debe indicar quienes efectuaron las pericias del Incendio u otro tipo de Acto.

Saludos

Claudio



SROSAS dijo:
Si bien como tu dices PEUCO 69 tienes razón, gracias pero lo tengo bien claro, pero la unica modificación que sufrio el Decreto con Fuerza de Ley N° 251 es que los Informes Emitidos por la Comandancia iran a nombre del Comandante y con su firma respectiva ya que sera él representante directo ante la Ley. eso a grandes rasgos esa es la modificación.


chaooooooo.........
 

Claudio

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
19 May 2006
59
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2
124
Comandante: ajeno a todos quienes te puedan ayudar, te sugiero le pidas al forista
14 de STGO que tambien escribe en estos foros te envíe una copia del informe que se emite a la Fiscalía. Este tiene 21 puntos, es super completo.

saludos

Claudio


comandante dijo:
vicmella dijo:
Estimados:

Me ha tocado leer informes de Incendios de algunos cuerpos, en donde algunos utilizan una especie de parte, creo que es bastante bueno para utilizarlo in situ en el sitio del suceso, pero el informe que se manda a peticion de la ficalía a modo personal debe ser algo mas formal, una descripcion de los procedimientos. En mi caso, utilizo la siguiente secuencia:

Relacion del acto, aqui indico dirección, que lo que se estaba combustionando, hora de salida, llegada, descripcion de sitio del suceso (abierto, cerrado, mixto), medidas de la casa, materiales de construcción, etc.

procedimiento de investigacion : zona, de origen, punto de origen, posible causa basal.

una pequeña sintesis aca indico si fue por accidente, natural y provocado.

y por último adjunto la fijación planimetrica.

bueno ese mi modo operandis, por favor los mas experimentados, mencionen como realizan sus informes a la fiscalia, para poder complemetar mi trabajo.

saludos

victor





HOLA ME ENCANTARIA QUE ME PUDIERAS ENVIAR UN FORMATO PARA PODER ELVAORAR DE UNA MEJOR FORMA LOS INFORMES DE INCENDIOS

SALUDOS