Existen los "Peritos en Investigacion de Incendios"

bomberoman

Aspirante
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9 Dic 2006
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PALADIN dijo:
bomberoman dijo:
Seamos profecionales



yaaaaa.....????

PALADIN dijo:
Independiente de las argumentaciones brindadas por una y otra parte, si es o no es perito, si es o no lo máximo, y todas las otras frases de defensa y ataque, lo que puedo percibir de las imágenes publicadas por Kiltro, es que esa persona tiene un grave complejo y una necesidad infundada de querer sobresalir entre sus pares; ya con mandar a hacer la chaqueta te indica que muy bien no está…
Ahora, fuera de sus meritos, si estudió en Texas o donde fuere, no debería ocupar la denominación “PERITO” en su uniforme de bombero, menos en actividades de bomberos….si fuera por eso muchos podrían ponerle a su uniforme “INGENIERO”…Estarían en todo su derecho…
Que estén bien…saludos.
Lanmeto mucho que personas como tu solo se dediquen a criticar en forma destructiva lo que a muchos de nosotros solo queremos que bomberos en un tiempo no muy lejano seamos profecionales, con estudio sobre todas materias que relacionadas con nuestro que hacer y entregar resultados positivos, pero con ese pensamiento no llegaremos muy lejos.
 

escalas_siempre

Bombero Activo
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28 Dic 2006
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bomberoman dijo:
PALADIN dijo:
bomberoman dijo:
Seamos profecionales



yaaaaa.....????

PALADIN dijo:
Independiente de las argumentaciones brindadas por una y otra parte, si es o no es perito, si es o no lo máximo, y todas las otras frases de defensa y ataque, lo que puedo percibir de las imágenes publicadas por Kiltro, es que esa persona tiene un grave complejo y una necesidad infundada de querer sobresalir entre sus pares; ya con mandar a hacer la chaqueta te indica que muy bien no está…
Ahora, fuera de sus meritos, si estudió en Texas o donde fuere, no debería ocupar la denominación “PERITO” en su uniforme de bombero, menos en actividades de bomberos….si fuera por eso muchos podrían ponerle a su uniforme “INGENIERO”…Estarían en todo su derecho…
Que estén bien…saludos.
Lanmeto mucho que personas como tu solo se dediquen a criticar en forma destructiva lo que a muchos de nosotros solo queremos que bomberos en un tiempo no muy lejano seamos profecionales, con estudio sobre todas materias que relacionadas con nuestro que hacer y entregar resultados positivos, pero con ese pensamiento no llegaremos muy lejos.


si seguimos asi no creo que se avance mucho en el profesionalismo ya que es profesional no profecional
 

Vonvero

Bombero Activo
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22 Ene 2007
1.014
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donde deba estar
PALADIN dijo:
Escalas siempre captó el mensaje fuerte y claro…como algunos hablan de profesionalismo si ni siquiera lo saben escribir…la verdad si es que fuera por mi pensamiento no existirían los bomberos como tú, que no saben escribir, menos actuar…. Y hablas de profesionales??????

Paladin no es con afán de polemizar pero creo que elfin último de este foro es compartir conocimientos y opiniones. mas que segregar la institución, quizá con una actitud mas amistosa y con afán de ayudar a corregir estariamos mejor.

o al menos es mi humilde opinión.


Vonvero
 

justicia en la bomba

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4 Feb 2008
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124
YO CREO QUE ESOS LOS TENDRIAN QUE HACER LO EXPERTOS EN PREVENCION DE RIESGO, NADIA MAS Y EN MI CUERPO NO LO HAY,, SOLO SON AFICIONADOS AL DEPARTAMENTO
 

JOEVOLUN

Bombero Activo
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30 Oct 2007
1.006
0
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Ya pu, no se sigan tirando mier...., al final lo unico que se logra es que se pierda una bonita oportunidad de compartir conocimientos y vivencias, un abrazo a todos y sigamos tirando pal mismo lado pu !!!!!!!!!
 
D

Dragon1

Visitante
justicia en la bomba dijo:
YO CREO QUE ESOS LOS TENDRIAN QUE HACER LO EXPERTOS EN PREVENCION DE RIESGO, NADIA MAS Y EN MI CUERPO NO LO HAY,, SOLO SON AFICIONADOS AL DEPARTAMENTO

Como dice vonvero, sin animo de polemizar (algoa lo que no me ajusto mucho) pero que tiene que ver un prevencionista de riesgo??? a lo ás tendria que ir y recibir kilos y kilos de prieta ya que el no AHCER BIEN su trabajo puede haber producido el problema.
 

AkroN

Comandante de Guardia
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.



Lo lamentable es que casi la absoluta mayoria opina sin leer nada.


....¿Asi, a quien le dan ganas de seguir contribuyedo?

Si leyeran los links dejados en los primeros 3 o 4 post por vicmella, sumado a la "Revista Investigacion de Incendios", subseccion INVESTIGACION DE INCENDIOS parte superior, Tema numero 2 se ahorrarian la lectura de tanto resentimiento "nuevamente" innecesario:


TEMA Nº 2.
Publicada ley que designa a peritos judiciales mediante concurso público


El 26 de junio se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 20.192, que modifica el Código de Procedimiento Civil para facilitar la rendición de la prueba testimonial en el juicio ordinario y establecer un mecanismo más objetivo y transparente para la prueba pericial, de manera de evitar la discrecionalidad judicial en el nombramiento de los peritos.

El proyecto se originó en una moción del diputado Pedro Araya (DC) y del ex diputado Zarko Luksic (DC), actual subsecretario del Trabajo. La nueva normativa torna más transparente la designación de los peritos, que son profesionales que coadyuvan a las partes o al propio juez en los procesos, al establecer que se designarán mediante concurso público a los que convocarán las Cortes de Apelaciones.

A los concursos podrán postular quienes posean y acrediten conocimientos especiales de alguna ciencia, arte o especialidad, lo que vincula su nombramiento a la docencia e investigación universitarias.

El procedimiento para los concursos, su publicidad y la formación de las nóminas de peritos, serán reguladas mediante un auto acordado de la Corte Suprema, que se publicará en el Diario Oficial, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de publicación de la ley. Las Cortes de Apelaciones enviarán las nóminas correspondientes a la Corte Suprema, dentro de los tres meses siguientes de publicado el auto acordado.

La normativa regula también cómo se ejercerán las acciones civiles en el proceso penal. Señala que en casos de sentencias condenatorias ejecutoriadas por delito o cuasidelito, se tramitará la acción civil en el juicio civil respectivo, conforme a las reglas del procedimiento sumario, no ordinario, lo que dará mayor agilidad, por ejemplo, a los juicios por pagos de indemnización.

Vea la historia de esta ley.

Fuente: www.bcn.cl (Biblioteca del Congreso Nacional de Chile)

De importancia:

2.- Agrégase el siguiente inciso tercero:

"Si habiéndose pedido reposición ya se hubiere
presentado lista de testigos y minuta de puntos por
alguna de las partes, no será necesario presentar nuevas
lista ni minuta, salvo que, como consecuencia de haberse
acogido el recurso, la parte que las presenta estime
pertinente modificarlas.".

b) Sustitúyese el artículo 416 por el siguiente:

"Artículo 416.- Cuando el nombramiento se haga por
el tribunal, lo hará de entre los peritos de la
especialidad requerida que figuren en las listas a que
se refiere el artículo siguiente
y la designación se
pondrá en conocimiento de las partes para que dentro de
tercero día deduzcan oposición, si tienen alguna
incapacidad legal que reclamar contra el nombrado.
Vencido este plazo sin que se formule oposición, se
entenderá aceptado el nombramiento.".

c) Agrégase el siguiente artículo 416 bis.

"Artículo 416 bis.- Las listas de peritos indicadas
en el artículo precedente serán propuestas cada dos años
por la Corte de Apelaciones respectiva, previa
determinación del número de peritos que en su concepto
deban figurar en cada especialidad.
En el mes de octubre del final del bienio
correspondiente, se elevarán estas nóminas a la Corte
Suprema, la cual formará las definitivas, pudiendo
suprimir o agregar nombres sin expresar causa.
Para formar las listas, cada Corte de Apelaciones
convocará a concurso público, al que podrán postular
quienes posean y acrediten conocimientos especiales de
alguna ciencia, arte o especialidad, para lo cual
tendrán especialmente en cuenta la vinculación de los
candidatos con la docencia y la investigación
universitarias.
El procedimiento para los concursos, su
publicidad y la formación de las nóminas de peritos
serán regulados mediante un Auto Acordado de la Corte
Suprema, que se publicará en el Diario Oficial.".



Chao


.
 

ForestFireman

Chupe
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15 Feb 2007
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Deseo aclarar un poco las cosas ya que se estan mezclando papas y cebollas

Los peritos judiciales como lo senala el post anterior de Akron los nombra la corte de apelaciones o suprema y duran dos anos en su nominacion y generalmente actuan en juicios civiles o penales en que se soliciten sus servicios.

Para el caso del delito de Incendio en la Audiencia de Preparacion de Juicio Oral (en el Tribunal de Garantia), el Ministerio Publico y/o la Defensoria presentan a sus testigos, pruebas documentales, pruebas periciales y peritos, pero es en esta audiencia en donde luego de un debate el Juez de Garantia decide si acepta las proposiciones y el perito actuara como tal en el Juicio Oral o no

Por lo tanto la calidad de perito en este caso se tiene solo para este proceso en particular y no para otros, tampoco es un nombramiento que dure en el tiempo como es el caso de los Peritos Judiciales, una vez que termina el Juicio Oral ya no eres perito.

Si puedes estar en la lista de peritos de estas instituciones antes mencionadas, pero cada vez que tengas que participar de un juicio de la reforma procesal penal deben evaluarse los antecentes de la persona propuesta y el peritaje en la Audiencia de Preparacion de Juicio Oral, se ha dado el caso que se excluyen pruebas, informes periciales y se rechazan PERITOS.

Finalizando mi post les puedo decir que SI existen Peritos Judiciales en Investiagacion de Incendios y pueden revisar los listados en las Cortes de Apelaciones de sus ciudades, en algunas puede que no hayan.

Espero haber aclarado en parte sus dudas
 

AkroN

Comandante de Guardia
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12 Oct 2006
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Es casi correcto hazmat2, solo te equivocas en la "calidad" de Perito, o mas bien cuando inicia dicha "calidad" en la persona.

el Juez de Garantia decide si acepta las proposiciones y el perito actuara como tal en el Juicio Oral o no

En la preparacion del Juicio Oral se acepta o se rechaza la intervencion de un Perito a favor de alguna de las partes, pero no se "modifica" la calidad de tal. O te dejan declarar como Perito o no declaras, pero no pierdes el "nombramiento" o profesion por una causa "X" en que no declares.

Para que no te dejen declarar tienes que haber cometido algun error en el objeto de la pericia y/o en tu acreditacion como tal.

Puedes tener una empresa de "Pericias", las "Pericias" las realiza un "Perito", la persona "Perito" es "Perito" inclusive ANTES de la Preparacion del Juicio Oral. Dicha calidad no inicia con la aprobacion en el tribunal para una causa determinada.

En el caso puntual de los Peritos del DET de stgo, ellos han sido llamados a dar testimonio como Peritos en varias oportunidades en el pasado. Al momento de llegar a investigar el S.S. con la amplitud de sus conocimientos en la ciencia de los "Incendios", su investigacion no es en igual calidad o interpretacion de una persona comun y corriente, es una Pericia, la que a su vez comienza muchisimo antes de la Preparacion del Juicio Oral.

Para mi, solo son comentarios en base a envidia y "aburrimiento"... si, aburrimiento. No tienen que hacer y se ponen a buscarle la quinta pata al gato, total..... comienzo las oraciones con una frase como "No es mi intencion armar polemica, pero..."

(No me refiero a ti)

saludos


.
 

Luis Hernandez Gomez

Bombero Activo
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Yo creo ,muchachos que un Abogado o Fiscal, puede aclarar todos lo dicho aca, que son los mas adecuados para partir la torta , pero por la mitad.
Para que todos queden contentos.

En todo caso, no es ninguna gracia ser Perito, ni de la Defensa ni del Fiscal, un buen abogado, puede hacer tira nuestros conceptos.

Para los Bomberos, un Buen Informe Tecnico, acompañado de todas las pruebas, fotos, dibujos o planos , es la mejor demostracion, de nuestra capacidad y con eso marcamos nuestra linea.
Despues de eso, le corresponde a otras Instituciones. Donde nosotros terminamos, ellos empiezan.
Un mal informe y una mala Gestion significa, que son citados, el Sr Comandantes, y los Srs Inspectores. Despues de eso, es posible que sean citados , los primeros Bomberos que llegaron al lugar u otros.

Asi , que muchachos, Dios los pille confesados.
Prefiero, que los Bomberos sean Peritos en su Institucion y que sean solo citados, como especialistas de la Emergencia.
 

AkroN

Comandante de Guardia
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12 Oct 2006
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El Foro
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Absolutamente correcto, "No es una Gracia". Es un logro, responsabilidad y orgullo logrado en base a esfuerzos y perseverancia.


No hay por que meter ese miedo que muchos I.I. Bomberiles predican... eso es solo producto de su inseguridad, inseguridad que no tiene por que ser traspasada a los demas.

No los conozco, pero dudo mucho que Claudio G. y Cristian C. tengan verguenza o miedo de ser lo que les gusta ser, Peritos en Investigacion de Incendios.


saludos


.
 

ForestFireman

Chupe
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15 Feb 2007
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3
www.elbombero.cl
Es correcto lo que dices Akron, pero como es un tema muy tecnico profundizare mas en el.

Efectivamente el perito inicia su trabajo desde el momento de la alarma del incendio y no pierde esa calidad

A lo que yo me referia es a la calidad del Perito que establece el codigo procesal penal, el que debe declarar y que es la misma persona que firma el informe pericial a veces, generalmente lo firma el jefe del DET y el Comandante.

Este perito debe acompanar sus antecedentes en cada audiencia de preparacion de juicio oral para que el Juez de Garantia le de la calidad de PERITO para declarar en el juicio oral, a esa calidad me referia, y solo es perito para declarar en ese juicio y no en otro, sigue siendo perito en su actividad cotidiana bomberil por su habilidad o expertiz en alguna materia o area, en este caso investigador de incendios.

Ahora bien los peritos no solo se excluyen por errores en sus peritajes o acreditaciones, tabien se excluyen por incapacidad, por sobreabundancia de pruebas que puedan hacer muy extenso el juicio o en las convenciones probatorias, cuando Fiscalia y Defensoria estan de acuerdo en un hecho y no es necesario ni el peritaje ni la declaracion del perito.

En esta aclaracion debo reconocer que ayudaros dos amigos fiscales a los que les consulte unas dudas para no postear cosas erroneas.

Ahora bien todo esto lo pueden encontrar con mas detalle en el codigo procesal penal en la seccion de admision de pruebas, peritos y audiencia de preparacion de juicio oral.

Espero que ahora haya mas claridad
 

forestin

Chupe
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3 Abr 2006
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0
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Temuco
www.septima.cl
hazmat2 dijo:
Es correcto lo que dices Akron, pero como es un tema muy tecnico profundizare mas en el.

Efectivamente el perito inicia su trabajo desde el momento de la alarma del incendio y no pierde esa calidad

A lo que yo me referia es a la calidad del Perito que establece el codigo procesal penal, el que debe declarar y que es la misma persona que firma el informe pericial a veces, generalmente lo firma el jefe del DET y el Comandante.

Este perito debe acompanar sus antecedentes en cada audiencia de preparacion de juicio oral para que el Juez de Garantia le de la calidad de PERITO para declarar en el juicio oral, a esa calidad me referia, y solo es perito para declarar en ese juicio y no en otro, sigue siendo perito en su actividad cotidiana bomberil por su habilidad o expertiz en alguna materia o area, en este caso investigador de incendios.

Ahora bien los peritos no solo se excluyen por errores en sus peritajes o acreditaciones, tabien se excluyen por incapacidad, por sobreabundancia de pruebas que puedan hacer muy extenso el juicio o en las convenciones probatorias, cuando Fiscalia y Defensoria estan de acuerdo en un hecho y no es necesario ni el peritaje ni la declaracion del perito.

En esta aclaracion debo reconocer que ayudaros dos amigos fiscales a los que les consulte unas dudas para no postear cosas erroneas.

Ahora bien todo esto lo pueden encontrar con mas detalle en el codigo procesal penal en la seccion de admision de pruebas, peritos y audiencia de preparacion de juicio oral.

Espero que ahora haya mas claridad


esto es la realidad mucha razon, asi es el tema ahora y los inspectores por muy buenos o por muchos cursos o muchos años de Inv de Inc. tengan en el cuerpo no es necesario que se ponga perito en la casaca o va a ir a declarar con la casaca porq ahi dice perito?, es un inspector de inv de inc. o del DET al = que muchos en los distintos cuerpos de bomberos pero la diferencia es que es un poco mas tecnico o omas capacitado, o simplemente se preocupo de que su comandante le pusiera una orden del dia para designarlo como perito... bien hazmat2 muy tecnico salu2
 

mesogeno

Postulante
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7 Feb 2008
6
0
1
124
si existen los peritos que tiene la calidad de investigadores de incendio.
hay que considerar que ante un jucio oral el fiscal le asignará esa calidad.

ejemplo hay muchos.
existen los peritos de las entidades publicas, carabineros o investigaciones que tiene esa calidad. ellos investigan la causa del incendio, realizan los informes periciales con los analisis de laboratorio.
 

ForestFireman

Chupe
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15 Feb 2007
675
1
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www.elbombero.cl
Mesogeno casi todo bien salvo una pequeña correccion, el Fiscal los propone como peritos para declarar en el Juicio Oral, el Juez de Garantía pondera sus antecedentes y mediante una resolucion judicial que se llama Auto de Apertura le otorga la calidad de perito para daclarar y lo incluye en un listado para que deponga sobre su peritaje (prueba pericial), eso si el Defensor no se opone por algún motivo legal.-
 
D

Dragon1

Visitante
EN definitiva.....

Yo podria usar, en mi chaqueta, cotona o como quieran llamarle, una inscripción "perito" por que mi especialidad son los ERA y la mecánica de fluidos (aire = gas = fluido) sin ningún problema???
 

Vonvero

Bombero Activo
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22 Ene 2007
1.014
0
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38
donde deba estar
Dragon1 dijo:
EN definitiva.....

Yo podria usar, en mi chaqueta, cotona o como quieran llamarle, una inscripción "perito" por que mi especialidad son los ERA y la mecánica de fluidos (aire = gas = fluido) sin ningún problema???

Desde luego, siempre y cuando puedas demostrar tu experticia y conocimiento ante un tribunal. Cualquier persona que acredite su "conocimiento de un arte u oficio" puede ser llamada como perito a un juicio, como podría serlo un soldador que tiene 50 años soldando y que en su haber tiene diversas capacitaciones (no necesariamente formales como la universitaria) en al caso que no lo pueda acreditar puede ser un testigo experto o testigo simple (asi se llama este ultimo cierto? si alguien me ayuda lo agradeceré)

Ahora en el caso de Santiago tengo entendido que algunos llevan el distintivo "perito" quienes en reiteradas ocasiones han acreditado su experticia y que necesitan diferenciarse de los ayudantes de comandancia, quienes usan el mismo uniforme.


cordiales saludos.


Vonvero
 

forestin

Chupe
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3 Abr 2006
645
0
3
43
Temuco
www.septima.cl
todavia no entiendo el norte de esto en los bomberos todos tenemos que ser peritos en lo que hacemos o si no puede morir gente... en algunos casos hay mas experticia en una u otra especialidad, pero no por eso nos vamos a poner "perito" en la casaca.... a eso voy por ej. perito en ERA, perito en B&RU, perito en incendios estructurales, perito en hachas y escalas, perito en investigacion de incendios....
chau,
 
D

Dragon1

Visitante
Entonces ha ahí el porque del famoso parche compañero Vonvero....que por lo demas...aprovecho este espacio para felicitarlo publicamente por su nuevo camino de preparación para integrar el SEI....
 

Vonvero

Bombero Activo
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22 Ene 2007
1.014
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38
donde deba estar
forestin dijo:
todavia no entiendo el norte de esto en los bomberos todos tenemos que ser peritos en lo que hacemos o si no puede morir gente... en algunos casos hay mas experticia en una u otra especialidad, pero no por eso nos vamos a poner "perito" en la casaca.... a eso voy por ej. perito en ERA, perito en B&RU, perito en incendios estructurales, perito en hachas y escalas, perito en investigacion de incendios....
chau,

Desde luego amigo mio, pero esa es la visión utópica de nuestra labor, y de todas maneras siempre habrá alguien que sepa mas, por lo que se hará la distinción de uno u otra forma. De todas formas el ser perito en algo, depende de cada uno, el que quiere, puede.

Mis saludos


Vonvero