Duda Sobre maquinista rentado

Cazadragon

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20 Mar 2009
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Estimados


Me asaslta una duda, un maquinista rentado puede ser voluntario de la misma compañia??

Favor

si alguien sabe del rema o donde puedo encontrar informacion favor hacerla llegar, seria de gran utilidad.

DEsde ya gracias.......
 

bomber_rescatista27

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29 Jul 2009
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hola cazadragon bueno se ha debatido mucho acerca este tema que por un tema de etica un bombero no puede recibir dinero de ninguna manera lamentablemente se ha dado que en mas de alguna ocasion se le ha pagado a bomberos por manejar carros .haora yo pongo otra interrogante un maquinista puede recibir dinero por manejar carros en otro cuerpo por que eso si lo vi en un cuerpo de la region metropolitana
 

pv

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28 Sep 2009
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Si es del mismo cuerpo de bomberos no
Ahora si es contratado por uno al que no pertenesca como volunatrio creo que no debe haber problema.
adios
 

Bombero

Chupe
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30 Oct 2005
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Legalmente no se puede entregar servicios remunerados a las instituciones al asl cuales se pertenece por temas providad y conflicto de interses. Por lo que NO, un cuartelero no puede ser bombero de su mismo CB....¿la explicación? una de tantas y la más fuerte. Pongamosnos en la situación de que con el pasar del tiempo eses cuartelero laga a ser Superintendente. El superintendente por una parte es manda mas del CB, por lo que puede fijar el monto a pagar al personal rentado, por ende, te pongo en esa posición ¿si eres tu mismo tu jefe? ¿cuánto te pagarias? ¿sería justo fijarte tu mismo tus remuneraciones? aunque sea bajo y/o justo ¿sería apropiado?
 

Cazadragon

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20 Mar 2009
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Bombero...
Haces referencia a un aspecto legal, cual seria esa ley que lo prohibe.
en lo que respecta a un tema etico estamos mas que claros, pero para el problema que tengo necesito fundamentos legales claros y consisos,
desde ya se agradece la ayuda.
 

ANGEL MALO

Bombero Activo
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14 Nov 2006
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bomberosenaccion132.blogspot.com
Ha sido común en el tiempo que algunos bomberos con profesión hayan prestados algunos servicios como de asesorias o estadística, lo que no interfiere de manera alguna con el servicio mismo, y sus trabajos han sido cancelados como prestaciones de terceros.

En lo que se refiere al servicio activo, si la persona es voluntario y cuartelero a la vez, se está cayendo en una falta reglamentaria . La persona ingresa al Cuerpo de Bomberos para prestar servicio voluntario y gratuito, por lo que no puede recibir emolumento alguno.
Si tuviera un accidente fatal es mártir?, en caso de accidente y posterior rehabilitación que servicio asume la responsabilidad de atención y pago de licencias? y así muchos bemoles más.

Si la Supèrintendencia de V. y La Contraloría no han puesto impidimento a tal situación, habría que darle la categoría de funcionario rentado, pero excluyendolo del servicio bomberil como tal por no corresponer reglamentariamente.
 

Bombero

Chupe
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30 Oct 2005
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Cazadragon

A lo que me refiero, es que muchos reglaments de CCBB indican puntos como estos, en el cual se les prohibe (por los puntos ya expuestos anteriormente) a sus voluntarios trabajar para sus mismos CB.
 

El_Demonio

Bombero Activo
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7 Feb 2007
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Osorno
En mi CCBB es comun que cuando los maquinistas rentados salen con licencias o vacaciones, se contrate a algun bombero para el reemplazo (lo cual no veo inconvenientes), pero a lo expuesto anteriormente es indudable los problemas que podria acarrear.

Como dato anexo, estos mismos conductores/bomberos, perdian su calidad de voluntarios por el tiempo de trabajo y se ponen a disposicion del servicio.
 

BOMBERO C.B.L.S

Moderador
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1 Sep 2006
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Definitivamente no se puede, los miembros de cada una de las corporaciones conocidas como cuerpos de bomberos son voluntarios, de ahí que exista la notable diferencia entre personal rentado y los voluntarios.

En palabras sencillas, cada uno de los miembros de la corporación tiene un derecho respecto de ella, si la persona es rentada por el cuerpo de bomberos el cual ejerce el pago de sus remuneraciones (a través del organo democraticamente elegido? y que es conocido como directorio o via representación como lo es la figura del superintendente) En cualquiera de ambas situaciónes no puede darse el caso de ser jefe y subordinado al mismo tiempo.

La ley propiamente tal no existe, solo te invito a darle un vistazo al código civil en la parte que versa sobre las personas jurídicas y a el estatuto tipo de los cuerpos de bomberos.


Saludos