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efectivamente como dice la ley del transito es una sola para todos y se debe respetar, y esta de mas decir que si el conductor realiza una maniobra contra el transito y sufre un accidente sera el responsable.
De hecho esta obligado a seguir todas las normas de transito... un carro a 50 km/h en ciudad y 90 km/h en carretera.... y respetar todo lo que corresponda, Pare, Semáforo, ceda el paso, sentido del transito, etc, etc....
Efectivamente, no se pueden transgredir las normas de tránsito... salvo ante la eventualidad que al ir con sirena y balizas, los otros vehículos te cedan el paso en una intersección o te sea dada la preferencia en un paso regulado (Carabinero dirigiendo el tránsito).
No se puede por ningun motivo, si solo eres bombero, aunque e tenido la oportunidad de ver a carabineros hecho un cohete por una avenida ir contra el transito, con helicoptero y millones de patrullas por todos lados...
Ley pareja, no es dura...
Además e sabido que conductores autorizado que han hecho tales maniobras se han ido de castigo...
Solo cuando carabineros te lo indica y corta el tránsito en el sentido contrario al desplazamiento del carro, eso ha pasado por ejemplo en algunos accidentes e incendios que me ha tocado acudir en mis 10 años de bomberos unas 4 veces.
Si bien no existe una norma expresa, se entiende mi estimado, que el conducir de manera contraria y distinta a lo dispuesto por la ley de transito, es un hecho potencial que podrìa terminar en un accidente.
Por esa razòn no se regula una norma especial y permisiva para tal efecto.
Para el legislador serìa una arma de doble filo, tomando en cuenta que la ley de transito tiene su espiritu en la protecciòn de la vida, la propiedad y la regulaciòn del transito de todo tipo de veihiculos y peatones en territorio chileno.