Cuerpos piden cambios a la Ley Marco de Bomberos

bluebird3

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Chile
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18 de mayo, 10:45 horas, Valparaíso. En la sala 310 de la Cámara de Diputados, se realizó una nueva sesión de la Comisión Permanente de Bomberos, la cual tuvo el propósito de conocer las inquietudes planteadas por el Cuerpo de Bomberos de Santiago (CBS), en relación a materias de interés legislativo.

Esta iniciativa cuenta con el apoyo unánime del Consejo Regional Metropolitano de Bomberos.

El Superintendente de la Institución, Erick Folch Garbarini, estuvo acompañado por sus pares de los Cuerpos de Bomberos de Valparaíso, Ñuñoa y Metropolitano Sur, además de una delegación de Miembros del Directorio CBS.

La sesión de la Comisión fue presidida por su presidente, el Diputado Jorge Ulloa, y contó con la asistencia de los parlamentarios Maya Fernández, Iván Norambuena, Sergio Ojeda, José Miguel Ortiz, Roberto Poblete, Jorge Rathgeb, Marcela Sabat, Alejandra Sepúlveda y Gustavo Hasbún (reemplazando al diputado Sergio Gahona).

En la oportunidad, los asistentes conversaron y debatieron temas relacionados con la ley Marco de los Bomberos de Chile (Ley 20.564).


Fuente: CBS

http://www.bombadecima.cl/
 

Venturio

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@titinlobos Es muy curioso que la JNCB no haya asistido, tal vez no le convienen esos cambios a la Ley Marco...

Pediría 2 cosas o modificaciones:

1) Formato Austriaco, es decir, conservar la modalidad de voluntariado, pero con un compromiso TOTAL del Estado para la mantención y renovación tanto de cuarteles como de material mayor/menor (cuando corresponda). Por algo será que en ese país de europa central los bomberos no andan en las calles pidiendo dinero... Además, los recientes casos judiciales nos demuestran que sí hay dinero para que el personal trabaje en condiciones dignas (que se roben el dinero es otro cuento).

2) Tipificar las agravantes de delitos en contra de actos de servicio bomberil (similar a lo que ocurre con Carabineros/PDI con el delito "maltrato de obra a personal en acto de servicio"). Por algo será que en otros paises se piensa muy bien antes de agredir a personal de cualquier servicio de emergencia (Policia/Bomberos/Ambulancia).

Saludos
Venturio
 

Venturio

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Se me olvido agregar otra modificacion:

Dar facultades a la Intendencia de cada región para que exija y fiscalize que no hayan rencillas absurdas entre CB con el objetivo de mantener coordinacion y sinergia entre CB vecinos. Por ejemplo, en Las Vegas (USA) hay 3 CB en la misma ciudad: Clark County, North Las Vegas y Las Vegas Fire & Rescue... uds creen que se andan peleando en una emergencia ?? Nunca, ya que el gobernador del estado de Nevada se asegura de evitar esas "estupideces". Como dicen por ahí "los trapos sucios se lavan en casa".
 
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uticr

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21 Ago 2013
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CUERPO DE BOMBEROS DE SANTIAGO
Sesión Nº 3 de Directorio, con carácter de ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2016.
14º.- CUENTA DEL SUPERINTENDENTE.- *A solicitud del Superintendente, el Directorio se constituyó en Comité entre las 20:15 a las 21 hrs., para abordar lo concerniente a los inconvenientes de tipo legal que estaban enfrentando los Cuerpos de Bomberos del país, que conformaban el Sistema Nacional de Bomberos conjuntamente con la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, entidades independientes y con fines diferentes unos de la otra, producto de la aplicación de la Ley N° 20.500, Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública (que establecía que los integrantes de los organismos disciplinarios no podían integrar un estamento de carácter directivo), disposición legal que impugnaba nuestra Institución y para cuyo efecto estaba implementado diversas acciones, que contaban con el apoyo de la mayoría de los Cuerpos de Bomberos de la Región Metropolitana.* Puntualmente, el Superintendente manifestó que la comunicación que hizo llegar la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile a los Superintendente de los Cuerpos de Bomberos, con fecha 29 de enero de 2015, le parecía un error, toda vez que esa Junta interpretó a su modo lo estipulado por la Ley N° 20.500 y su Departamento Jurídico, posteriormente, elaboró una propuesta de modificación de Estatutos de los Cuerpos respetando, "el debido proceso". Muchos Cuerpos, como el nuestro, incorporaron el debido proceso aún antes de la Reforma Procesal Penal, a instancias de la acertada visión del fallecido Director Honorario don Gonzalo Figueroa Y. La interpretación de esa Junta fue equivocada ya que no contempló el daño que significaría para todos los Cuerpos la aplicación de dicha Ley, aparte de las modificaciones que se hicieran en la constitución de los Consejos Disciplinarios. El 31 de agosto 2015, añadió, el Presidente Nacional ofició al 26° Juzgado Civil de Santiago, indicando que había instruido a los Cuerpos sobre la "necesidad de regular sus Estatutos a la Ley 20.500", error que validó ante ese Tribunal la visión que tenía la Junta sobre esa Ley, cosa que, por lo demás, no competía a dicha Junta. Un pronunciamiento de esa importancia debió ser debatido al interior de las reuniones de Superintendentes en los diferentes Consejos Regionales, por cuanto, en su opinión, podía significar el término de la actividad de Bomberos como se conocía actualmente. Posteriormente, con fecha 7 de septiembre, el Presidente Nacional informó al mismo 26° Juzgado, las diferentes condiciones que tenía Bomberos como servicio de utilidad pública y lo estipulado en el artículo 17 de la Ley 18.959, que claramente consignaba la interpretación correcta de la situación : " ...en lo que fuere compatible con sus fines, naturaleza y organización jerárquica y disciplinada". Estaba claro que aquí se había tratado de un lamentable error de interpretación legal, validado equivocadamente por la mencionada Junta Nacional. Por lo anterior, y además de las acciones que había asumido nuestra Institución para modificar esta errónea interpretación legal, surgió la idea en varios Cuerpos importantes, de formar una agrupación o Federación que, en ningún caso, compita o sea contraria a esa Junta Nacional, sino con un aspecto especialmente técnico donde se discutan temas relevantes de la específica labor bomberil. La Junta Nacional realizaba muy bien las funciones para las que fue creada: coordinaba a los Cuerpos, servía de enlace entre ellos y era un canal de comunicación con el Gobierno y otros organismos administrativos. Esta labor la hacía adecuadamente y la destacábamos. Pero, los temas estrictamente técnicos y de vital importancia para la mantención de la identidad del voluntariado, debía ser manejado netamente por los Cuerpos de Bomberos, que así lo entendían y necesitaban, y que abrazaban esta idea. Era la manera de tener el espacio adecuado de discusión, que la Junta, considerando sus fines y su organización actual, no podía darles. Finalizada la intervención del Superintendente, en el análisis participaron los Directores Honorarios señores Alejandro Artigas, Próspero Bisquertt, Enrique Matta y Mario Banderas, y el Director de la 5ª. Compañía, quienes, en lo principal, manifestaron lo siguiente:
= El Director Honorario don Enrique Matta: Que se requería de la creación de un Comité de Defensa, ya no de Negociación, para que establezca los pasos a seguir para hacer frente a eventuales dificultades en caso que fracase cualquier otro camino, legal o político, como por ejemplo, saliendo a la calle para dar a conocer lo que son los Cuerpos de Bomberos y la postura de nuestra Institución sobre la materia.
= El Director Honorario don Mario Banderas: Reiteró su propuesta en el sentido de que se realice una Cuenta Pública para dar a conocer a la ciudadanía, y crear conciencia en ella, respecto de lo que éramos y de lo que hacíamos.
= El Director Honorario don Alejandro Artigas: Que la Institución debía centrar sus esfuerzos en llevar adelante la estrategia que había definido hacía algún tiempo, y que permitiría al Cuerpo, y a los Cuerpos de Bomberos del país, quedar excluidos de la Ley N° 20.500, para cuyo efecto se debían posicionar nuestros argumentos ante quienes estaban emitiendo fallos, los Tribunales de Justicia, por los recursos de protección interpuestos por ex Voluntarios de Cuerpos de Bomberos; como también ante los legisladores. Algo similar se debía ejercer respecto de la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile. No desestimaba que se realizara una Cuenta o una Declaración Pública, que sería muy útil, pero sólo para informar a una población que desconocía los antecedentes previos. Además, estimaba que no había otro Cuerpo de Bomberos del país que estuviese mejor preparado que el nuestro para constituir sus Organismos disciplinarios, conforme al requisito que a la Institución le parecía históricamente absurdo. Esto, en la eventualidad que el Cuerpo se viese obligado a hacerlo. En la Institución nunca se habían mezclado los conceptos de dirección con la aplicación de la disciplina. Hoy día, el foco, la urgencia, estaba dada por apuntar al ámbito legislativo y judicial, de lo contrario, el Cuerpo podría quedar con “las manos atadas”.
= El Director de la 5ª. Compañía: Manifestó que el aspecto positivo de la situación era la forma en que el Directorio la estaba abordando: con decisión, madurez, inteligencia y sabiduría, lo que había permitido confluir hacia una visión Institucional, luego del diagnóstico que se formuló hacía algún tiempo, y que permitió definir una estrategia. Consideraba que la discusión ya no se limitaba a la interpretación de una Ley, porque la Ley N° 20.500 era clara. Expresó que lo que sucedió fue que como la defensa de los Cuerpos de Bomberos afectados no fue del todo buena, la Corte terminó haciendo una errada interpretación de una Ley que era bastante clara. Hoy día, el tema no se limitaba a una Ley o al tema disciplinario, sino a algo más de fondo. El Cuerpo debía avanzar en la adopción de acciones concretas y coordinadas en relación a la estrategia que definió. El próximo paso debía traducirse en acciones en relación a la visión Institucional. Había que definir las acciones que se tomarán sobre el ámbito Parlamentario, judicial, comunicacional y bomberil, interno y externo. Por lo tanto, hacía una llamado en este sentido. Esperaba que los Cuerpos de Bomberos del país permanecieran en la misma condición que tenían antes del impasse que se produjo por la interpretación de dicha Ley.
= El Director Honorario don Prospero Bisquertt: Manifestó que el Cuerpo había evolucionado mucho en aspectos técnicos en relación a otros Cuerpos de Bomberos, pero había dejado de lado la parte humana, emotiva, motivacional, o sea, lo que significaba ser “Bombero voluntario”, y eso había implicado un costo para la Institución. Con el afán de servir de acuerdo a los requerimientos de la comunidad, cada día se aprendían más cosas de utilidad, pero se dejaban de lado aquellas que se consideraban secundarias, las que tenían que ver con la vida. Todo lo que estaba sucediendo tenía que llevar al Cuerpo al análisis de la vereda en que deseaba estar, porque si bien era cierto la Institución estaba enfrentado en buena forma lo que estaba aconteciendo, parte de la comunidad bomberil la apuntaba con el dedo. Aun así, la Institución respaldaba las decisiones que adoptaban sus autoridades en uno u otro sentido. Una vez definida la posición en que se deseaba estar, había que salir con fuerza a señalar quiénes éramos los Bomberos, con la misma fuerza con que se hacía en la Campaña Económica. Era necesario diseñar una Campaña que no sólo permita solicitar la colaboración de la comunidad para renovar el material del Cuerpo, sino que también facilite el mensaje Institucional en el sentido de quienes somos, para evitar que la Institución pueda morir por la inercia de nuestra propia incapacidad para haberla defendido cuando correspondía. El Cuerpo de Bomberos de Santiago debía demostrar que era una Institución fuerte, maciza y necesaria para las 9 Comunas donde prestaba sus servicios, a pesar de que en ocasiones se le veía como una entidad distante, como si fuera diferente de lo que eran los otros Cuerpos de Bomberos. El espíritu de la Institución debía regresar a la ciudadanía que la vio nacer, a pesar que pudieron haber cambiado sus necesidades y sus recursos.
 

Ambiorix

Comandante de Guardia
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17 Dic 2005
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Temuco, Chile
Se me olvido agregar otra modificacion:

Dar facultades a la Intendencia de cada región para que exija y fiscalize que no hayan rencillas absurdas entre CB con el objetivo de mantener coordinacion y sinergia entre CB vecinos. Por ejemplo, en Las Vegas (USA) hay 3 CB en la misma ciudad: Clark County, North Las Vegas y Las Vegas Fire & Rescue... uds creen que se andan peleando en una emergencia ?? Nunca, ya que el gobernador del estado de Nevada se asegura de evitar esas "estupideces". Como dicen por ahí "los trapos sucios se lavan en casa".
Incluir también auditorias financieras y de RRHH

MS
 
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Nacho

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@titinlobos Es muy curioso que la JNCB no haya asistido, tal vez no le convienen esos cambios a la Ley Marco...

Pediría 2 cosas o modificaciones:

1) Formato Austriaco, es decir, conservar la modalidad de voluntariado, pero con un compromiso TOTAL del Estado para la mantención y renovación tanto de cuarteles como de material mayor/menor (cuando corresponda). Por algo será que en ese país de europa central los bomberos no andan en las calles pidiendo dinero... Además, los recientes casos judiciales nos demuestran que sí hay dinero para que el personal trabaje en condiciones dignas (que se roben el dinero es otro cuento).

2) Tipificar las agravantes de delitos en contra de actos de servicio bomberil (similar a lo que ocurre con Carabineros/PDI con el delito "maltrato de obra a personal en acto de servicio"). Por algo será que en otros paises se piensa muy bien antes de agredir a personal de cualquier servicio de emergencia (Policia/Bomberos/Ambulancia).

Saludos
Venturio

Se me olvido agregar otra modificacion:

Dar facultades a la Intendencia de cada región para que exija y fiscalize que no hayan rencillas absurdas entre CB con el objetivo de mantener coordinacion y sinergia entre CB vecinos. Por ejemplo, en Las Vegas (USA) hay 3 CB en la misma ciudad: Clark County, North Las Vegas y Las Vegas Fire & Rescue... uds creen que se andan peleando en una emergencia ?? Nunca, ya que el gobernador del estado de Nevada se asegura de evitar esas "estupideces". Como dicen por ahí "los trapos sucios se lavan en casa".

Suena razonable, en teoría la JNCB debería plantearlo , pero con esto se demustra que un CB si tiene representabilidad ante las autoridades por si mismo.
 

nfd

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10 Feb 2007
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Entendi que fueron a alegar que se deje nulo la parte de que oficiales no pueden integrar los consejos de disciplina??
 

ron40

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Antes que sigan apareciendo mas "me gustaría que ......... " ....... en el Post del Forista uticr, indica claramente que todo esto tiene que ver con la Ley N° 20.500 y los inconvenientes que ello estaría llevando a los Cuerpos de Bomberos. En tanto en la noticia misma, enviada por Bluebird3, dice que conversaron sobre ley Marco de los Bomberos (Ley 20.564)

A todo esto, asistieron Bomberos de algunas comunas de Santiago y también de Valparaíso (es decir, no solo de la Región Metropolitana)
 

ron40

Comandante de Guardia
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Y buscando información sobre este tema, encontré una imagen publicada ayer en twitter por Bomberos de Santiago

la persona con corbata color "violeta" junto al Super de Santiago ........... es Miguel Reyes? (presidente de la Junta) ..........La Junta estuvo presente también? (o es una imagen de archivo?)

Ci0pA6WW0AASPny.jpg
 
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vichox

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5 Feb 2007
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Valdivia, Chile, Chile
Lamentable. Serían un retroceso que prosperara este proyecto de ley. Los OOGG de muchos CB están asustados ya que están perdiendo el gran poder que han tenido a lo largo de los años.
Ya es hora de actualizar los estatutos y transformar las elecciones en verdadera democracia.
No debemos permitir que excluyan a bomberos de la ley 20.500

Saludos
 

NipleXXX

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26 Oct 2012
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Maria Pinto, Melipilla.
Concuerdo completamente vichox, siento, lo digo a tono muy personal, que lo que buscan estos personajes es mantener el "status quo" que reinaba otrora en la Junta nacional, en los Cuerpos grandes (Santiago, Valparaíso, Metropolitano) y en todos los organos bomberiles en donde el superintendente y/o planas mayores podían hacer y desahacer a su soberano gusto sin observar, ni de reojo, la ley.
La ley 20.500 de personalidades jurídicas establece un marco legal bastante claro y justo para todos quienes formamos parte de esta institución, insisto, a mi juicio; es más, puedo asegurar que por existir esta ley se han evitado una cantidad innumerables de injusticias dentro de Bomberos.
Aquí me huele a que estos personajes sienten como estan perdiendo el poder de mandarse cagadas sin que nadie les diga nada, por eso tanta alaraca.
Por otro lado, que es eso de la tradición republicana?, a ver, me parece super poco serio pretender que un juez sea también parte en un juicio, o sea ¿de donde carajos sacaron eso? esto no es una dictadura, ni una iglesia, ni el 1600 como para que quienes estén a la cabeza sean intocables y portadores absolutos de la verdad.Creo aplenamente en que bomberos debe apegarse por completo a la ley 20.500, por que, le guste a quien le guste, seguimos siendo una personalidad jurídica y a demás esta es la unica manera de tener una instancia de juicio justo.
 
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shadows

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11 Jul 2006
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Para los que creen en fantasmas o tienen poderes clarividentes, debo decir que las reuniones de la comisión permanente de la cámara en conjunto con el Presidente Nacional de Bomberos mas sus asesores jurídicos y algunos representantes del consejo regional, son reuniones que se realizan hace bastante tiempo (aprobadas por el consejo) y que solo tienen como finalidad mejorar la Ley 20.564, que como bien se explica es una Ley que debió ser publicada antes de la Ley 20.500 de lo contrario nuestra institución caería bajo la normativa "SOBRE ASOCIACIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA GESTIÓN PÚBLICA", situación que en nada favorecía tanto en lo económico y organizacional a Bomberos de Chile, por esto es que siempre las leyes deben tener algunas modificaciones para mejorar y esta Ley 20.564 no es la excepción. Distinto es lo que esta pasando con los cambios que se deben generar en los distintos Cuerpos de Bomberos donde se deben aplicar reformas a los reglamentos en los cuales quienes te juzgan no pudiesen tener cargo alguno, debiendo cumplirse la normativa legal vigente donde todo bombero sea juzgado por un organismo constituido por personal idóneo y que no tenga relación de cargo para evitar las malas practicas que sucedían hasta hoy, esto viene a subsanar el problema del vacío legal sobre aquellos Bomberos que debieron recurrir a la justicia ordinaria para revisar el fallo de Bomberos:Con las reformas que deben generar los cuerpos y que en algunos ya comenzó, se evitara de una forma la justicia arbitraria y por otro lado los tribunales ya no tendrán competencia sobre los dictámenes que Bomberos a través de sus instancias debidamente conformadas harán en los fallos.
No confundan una mejora en la Ley 20.564 con los cambios que se deben hacer en los reglamentos de los Bomberos a través de sus cuerpos, la Ley Marco, es solo una Ley que da el "Marco Jurídico" para que Bomberos de Chile tenga funcionalidad, pero en nada influye en la forma de como deben operar los organismos disciplinarios que a todas luces están en proceso de cambio. Los invito a leer la Ley Marco y entenderán.
 

tazmania8

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5 May 2013
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santiago
Entendi que fueron a alegar que se deje nulo la parte de que oficiales no pueden integrar los consejos de disciplina??
Es efectivamente , la mayor cita de ese reunion fue aclarar que no se consideraba pertinenente la aplicabilidad de la Ley 20.500 en lo que refiere a consejos de disciplina , el cual no debía ser conformado por directivos de la organización , motivo que a llevado que la orgnaica del CBÑ y CBMT sean cuestionadas por el ministerio de justicia ( y que este ordene cambiarlas ) , en todo caso encuentro mas irrisorio aun que el CBÑ en su memoria anual desestime las decisiones del ministerio de justicia , dejando cuestionada la decision del ministerio en el caso que mantienen voluntarios de la octava compañía ( en donde me incluyo ), lo anterior se relaciona con la denuncia hecha al cuerpo por visiamiento en procesos diciplinarios , en donde si bien reconocemos la falta ( monetaria en mi caso )no se condecía una separación ni menos la instancia en que se desarrollo todo , Adjunto el link donde transcribo la parte de la memoria anual que hace alusión a este tema y donde se ve la soberbia de oficiales generales ver en : http://www.elbombero.cl/foro/threads/c-b-de-Ñuñoa-desfila-ante-los-tribunales-de-justicia.34235/