Corte de Valdivia ordenó dejar sin efecto la suspensión de una voluntaria del CB de Corral

Firestorm

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La Segunda Sala del tribunal de alzada estableció que si bien la sanción de seis meses que impuso la organización fue comunicada a Jéssica Jara Marabolí, se hizo "de manera ilegal y faltando el debido proceso y justo".

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El tribunal hizo notar también "la influencia nociva" de la composición del órgano enjuiciador de Bomberos (María Teresa Rivera/Comunicaciones Poder Judicial).

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió ayer el recurso de protección interpuesto por Jéssica Soledad Jara Marabolí, en contra del Cuerpo de Bomberos de Corral, institución que la suspendió tras haber sido sancionada por el Consejo Superior de Disciplina.

La Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por la ministra Ruby Alvear, la fiscal judicial Gloria Hidalgo y el abogado integrante Claudio Novoa- estableció que el órgano bomberil vulneró las garantías constitucionales de Jéssica Jara al sancionarla sin un debido proceso.

"Los actos denunciados en la presente acción consisten en la aplicación de sanciones que suspenden a la recurrente en su calidad de miembro del Cuerpo de Bomberos de Corral por un lapso total de seis meses, sanciones que han sido adoptadas por un órgano disciplinario integrado de manera ilegal, y faltando el debido proceso racional y justo a que hace referencia el artículo 553 del Código Civil", se indica en el fallo.

A través del documento, los magistrados argumentaron que "si bien las sanciones adoptadas lo fueron mediando comunicación previa de cargos y emplazamiento de la afectada, no se cauteló debidamente el ejercicio del derecho a defensa, y las actuaciones efectuadas por el órgano disciplinario aparecen más bien orientadas por un criterio de arbitrariedad, sin posibilidad de control superior, al no contemplarse una ritualidad mínima para arribar a conclusiones, sea de absolución o culpabilidad".

En cuanto al debido proceso, el texto advirtió "la influencia nociva de la integración del órgano juzgador, que contempla en su seno a quienes son llamados a ejercer la administración y dirección".

Todo ello hizo resolver a la Segunda Sala "dejar sin efecto las sanciones de suspensión que fueran decretadas en Oficio N° 02, de fecha 28 de septiembre de 2016 y que afectaban a la recurrente".

Fuente: http://www.australvaldivia.cl/impre...aria-del-Cuerpo-de-Bomberos-de-Corral/ciudad/
 

Firestorm

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Suma y sigue, ahora una Voluntaria del CB de Corral sale victoriosa y Bomberos de dicha Comuna y su Consejo Superior de Disciplina quedan como chaleco de monos frente a la opinión pública, y esto no va a parar señores...

El tribunal hizo notar también "la influencia nociva" de la composición del órgano enjuiciador de Bomberos. o_O:eek:
 
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ron40

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Es en estos caso, donde se nota la falta de una Conducción Nacional. Es la Junta Nacional, la que debiera enviar instrucciones a todos los Cuerpos de Bomberos, respecto de modificar los Estatutos y como legalizarlos, de lo contrario, estos casos seguirán repitiéndose.

Pero es imposible, que muchos Cuerpos donde a veces ni siquiera hay un abogado en la filas, puedan advertir el problema y después corregir

Es en estos caso, donde se nota la falta de una Conducción Nacional
 

Estoque

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2 Dic 2016
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El problema que cuerpos que lograron cambiar sus reglamentos o que adecuaron sus reglamentos a las modificaciones del código civil y han hecho el cambio en sus "autoridades" están no han entendido que las facultades disciplinarias que alguna vez tuvieron se perdieron con la reformas del código civil y sus adecuaciones a instituciones como bomberos. Esto ha provocado que cuerpos de bomberos tomen decisiones que rozan con la inconstitucionalidad y no cumplan el principio de un debido proceso.
 

Charles Tango Victor

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No podemos ser mas papistas que el Papa ...Hay que adecuar los estatutos ... hay CCBB que los consejos de Cias y Superiores lo integran oficiales .. que se suponen que ellos son los que determinan si amerita a pasar caso a Consejos de Disciplina ... en ningún caso ellos pueden integrar los consejos y menos fallar alguna sanción .. no solo ahy que prepararse para servir .. tambien prepararse para administrar ...
 

Firestorm

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Es en estos caso, donde se nota la falta de una Conducción Nacional. Es la Junta Nacional, la que debiera enviar instrucciones a todos los Cuerpos de Bomberos, respecto de modificar los Estatutos y como legalizarlos, de lo contrario, estos casos seguirán repitiéndose.

Pero es imposible, que muchos Cuerpos donde a veces ni siquiera hay un abogado en la filas, puedan advertir el problema y después corregir

Es en estos caso, donde se nota la falta de una Conducción Nacional
es que en la Iltma. Corte de Apelaciones de Valdivia son muy secos! =)

qxm2h3.jpg

:D:p;)
 

Luis Hernandez Gomez

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Afortunadamente todos los reclamos de los Bomberos que han llegado a los Tribunales, han eliminado las sanciones que los afecta y que va contra la ley establecida y las Leyes vigentes.Que sirva de ejemplos para los Bomberos y civiles que fueron afectados ,como igualmente a las Autoridades Bomberiles respectivas.
 

ron40

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Afortunadamente todos los reclamos de los Bomberos que han llegado a los Tribunales, han eliminado las sanciones que los afecta y que va contra la ley establecida y las Leyes vigentes.Que sirva de ejemplos para los Bomberos y civiles que fueron afectados ,como igualmente a las Autoridades Bomberiles respectivas.

Ojo, por lo que entiendo, los Tribunales están dejando sin efecto la determinación del órgano disciplinario por estar mal constituido ...... NO porque la falta no existiera

Es decir, si un Cuerpo arregla sus estatutos, y el nuevo órgano disciplinario examina el caso del voluntario(a)... podría determinar la misma sanción y sería perfectamente legal
 

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Ojo, por lo que entiendo, los Tribunales están dejando sin efecto la determinación del órgano disciplinario por estar mal constituido ...... NO porque la falta no existiera

Es decir, si un Cuerpo arregla sus estatutos, y el nuevo órgano disciplinario examina el caso del voluntario(a)... podría determinar la misma sanción y sería perfectamente legal

así es., la sentencia va hacia que no existió un debido proceso no contra la sanción misma..
 
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Ambiorix

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Hay Bomberos muy tontos.

No puedo dejar de recordar a mi ex superintendente, que rechazó mi renuncia 2 meses después de que mi compañía la aceptara, argumentando que el CSD había abierto una causa en mi contra, sin informar ni a la Compañía ni a mí al respecto (qué, por qué, cuando), solo vine a enterarme después de que un miembro del CSD me dijera "Sandoval, por que no te presentaste 2 veces al Consejo? te vamos a juzgar en rebeldía". Averiguando supe que el Superintendente le dijo explícitamente a la secretaria que no me notificara precisamente para juzgarme en rebeldía. Finalmente terminó renunciando el CSD por este motivo.

Por tipejos como él es que se desprestigia Bomberos, y pasa a ser un club de tobby mas, opacando la excelente gestión de otros CB profesionales.
 
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xbrandyx

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Leyendo y averiguando bien, me doy cuenta que el Abogado que gano este caso es un muy buen conocido (y ha ganado un buen par de casos de esta indole)... así que si alguien necesita un buen Abogado por algun litigio bomberil, no duden en consultar! hahahhaa

Saludos.
 

Elkete

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OJO, OJO, en la Ley Marco de bomberos, dice que los cargos de Oficiales (al menos los Generales) pueden ser ocupados por la misma persona por un màximo de 5 años...o sea hay un tope para las reelecciones eternas, pero hay montones de Cuerpos donde eso no se aplica....ni a nadie le interesa hacerlo cumplir.
 

Firestorm

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OJO, OJO, en la Ley Marco de bomberos, dice que los cargos de Oficiales (al menos los Generales) pueden ser ocupados por la misma persona por un màximo de 5 años...o sea hay un tope para las reelecciones eternas, pero hay montones de Cuerpos donde eso no se aplica....ni a nadie le interesa hacerlo cumplir.

Nuestro principal enemigo como Bomberos es el fuego, pero lamentablemente hay que agregar la gran ignorancia y desidia de muchos Voluntarios(as) que están minando fuertemente las bases de nuestra institución...
 
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ron40

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OJO, OJO, en la Ley Marco de bomberos, dice que los cargos de Oficiales (al menos los Generales) pueden ser ocupados por la misma persona por un màximo de 5 años...o sea hay un tope para las reelecciones eternas, pero hay montones de Cuerpos donde eso no se aplica....ni a nadie le interesa hacerlo cumplir.

Puedes enviarme el link de esa ley ?

Es que si es como dices está súper fácil de vulnerar. Ocupo el cargo por 4 años y once meses y renuncio. Durante un mes el cargo lo ocupa otra persona. Me presento a elecciones y como obviamente tengo todo arreglado para ganar ..... me quedo otros 4 años y once meses y así .... hasta el infinito
 

vichox

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Puedes enviarme el link de esa ley ?

Es que si es como dices está súper fácil de vulnerar. Ocupo el cargo por 4 años y once meses y renuncio. Durante un mes el cargo lo ocupa otra persona. Me presento a elecciones y como obviamente tengo todo arreglado para ganar ..... me quedo otros 4 años y once meses y así .... hasta el infinito
En ninguna parte de la ley marco está estipulado lo que dice Jaime.
Saludos