C.B. de Ñuñoa desfila ante los Tribunales de Justicia

Jakin Boor

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6 Nov 2013
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Ñuñoa
Queridos contertulios,

Una vez más el C.B. de Ñuñoa y su nefasto Vicesuperintendente Helmut Kaminski hacen noticia enlodando a todos los bomberos de Chile.

Durante 2013, dos voluntarios de la Tercera Compañía de Ñuñoa fueron separados luego de una prolongada persecusión dirigida por Kaminski, en ese entonces director y el capitán de la misma unidad, Martín Reyes Z. Si bien los voluntarios en cuestión habían cometido faltas menores (uno de ellos no escribió el libro de guardia de la Guardia Nocturna, siendo esta una función del oficial a cargo, recibiendo 90 días de suspensión por aquello, en circunstancias que en 5 años de servicio no tenía anotación alguna), fueron sancionados con separación. Uno de ellos, previamente, en enero de 2013, había demandado al CBÑ mediante recurso de protección ya que al apelar al Consejo Superior de Disciplina del CBÑ, lo juzgó la primera sala de este organismo en circunstancias que debía juzgarlo el consejo pleno, de acuerdo al reglamento del mismo Cuerpo. Por tal, el CBÑ admitió su error y se allanó al recurso, fallando la Corte a favor del denunciante.

Para mala suerte del Mago Helmut Kamioniski, otrora dueño del taller FK y vendedor de PESCO, uno de los voluntarios expulsados es abogado y presentó dos recursos de protección en contra CBÑ, para que se declare ilegal la sanción y una demanda civil ante el 8° juzgado civil de Santiago, solicitando que la justicia ordene reformar el reglamento del CBÑ estableciendo voto universal para sus elecciones y sacando a los directores del consejo de disciplina. Dicho derecho a pedir la reforma de estatutos a la justicia está en el nuevo artículo 548-4. Asimismo el artículo 553 del Codigo Civil establece que los directores no pueden ser parte de los consejos de disciplina.

Los recursos fueron fallados en contra de los afectados netamente porque estableció que la nueva ley 20.500 sobre asociaciones solamente es aplicable a los cuerpos constituidos con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley. Los sancionados apelaron ante la Corte Suprema y ante el Tribunal Constitucional pues, según lo que entendí, pedían que la ley sea aplicable a todos los cuerpos. Aquí les dejo el link de la página del tribunal constitucional donde se puede ver el recurso, la defensa del CBÑ y luego la sentencia.

http://www.tribunalconstitucional.cl/wp/descargar_expediente.php?id=48171

Deben ingresar a www.tribunalconstitucional.cl y, al costado izquierdo, donde dice "buscador" "ingrese rol", deben ingresar el número 2626-2014. En el recurso se puede leer la historia de lo sucedido.

Igualmente, para deleite de todos los Ñuñoinos, les envío un regalito para que vean como nuestro ex Superintendente Milton Rozas, lucra a manos llena con los bomberos sacando incluso patente para su empresa en la dirección del Cuartel Vespucio.

http://transparencia.penalolen.cl/0...erceros/01_Decretos/2012/Agosto/1800-5763.pdf

Saludos a todos
 

Jakin Boor

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6 Nov 2013
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Ñuñoa
Olvidé contar las consecuencias que traerá esto para los bomberos de Chile, pues Kaminski, al perseguir a la gente, no piensa que afecta a todos. Si se acoge el recurso de los bomberos que denunciaron, eso significaría que la ley 20.500 sería plenamente aplicable a todos los Cuerpos, ya sea los fundados antes o después de la ley. De esta forma, todos los cuerpos de bomberos de Chile deberán reformar sus reglamentos y sacar de sus consejos a los miembros del directorio, quienes no podrían por ende ser jueces. En todo caso la Corte Suprema ya acogió una demanda así por lo cual se espera que aplique el mismo criterio para la gente que denunció el tema desde Ñuñoa. Aquí dicha sentencia

http://www.diarioconstitucional.cl/...a-junta-de-oficiales-de-compania-de-bomberos/

Por último, les envío los links de las actas del CB de Santiago donde señalan su "preocupación" por lo que está pasando en Ñuñoa y como esto podria afectar a todos los bomberos de Chile

http://www.cbs.cl/descargar.php?de842db869cb613e751fa5a0daca5603&publicacion

Saludos contertulios
 
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Gekko-Kamen

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6 May 2009
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Creo que este tema ha sido debatido en varias ocasiones, la aplicabilidad y extensión de la ley 20.500 (modificación de "persona jurídica" en el código civil) ante los cuerpos de bomberos, ellos no pueden estar por encima de la ley, desde entrada en vigencia TODOS los CC.BB. tuvieron que haber adecuado sus reglamentos conforme a las reformas introducidas, a este respecto ya existe un fallo a favor de un bombero del CC.BB San Javier por no haberse constituido el "tribunal de honor" conforme a lo establecido en las reformas de la ley 20.500:

Santiago, doce de junio de dos mil catorce.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los considerandos tercero y cuarto, que se eliminan.

Y teniendo en su lugar y además presente:

Primero: Que en la especie no ha existido controversia –es más, así lo ha reconocido expresamente el recurrido en su informe de fojas 93- acerca del hecho de que la Junta de Oficiales de la Primera Compañía de Bomberos de San Javier no ha adecuado su reglamento disciplinario al texto actual del artículo 553 del Código Civil, norma modificada por la Ley N° 20.500 de fecha 16 de febrero de 2011, la que en su inciso 2°, parte final y a propósito de la potestad disciplinaria que le corresponde a una asociación sobre sus asociados, preceptúa: “En todo caso, el cargo en el órgano de administración es incompatible con el cargo en el órgano disciplinario.

Segundo: Que también resulta pacífica la circunstancia de haberse dictado la resolución impugnada, formando parte del órgano disciplinario –Junta de Oficiales- un Director de la citada compañía, quien no se inhabilitó para tal efecto.

Tercero: Que conviene tener presente que a la fecha de dictación del acto recurrido, 14 de agosto de 2013, estaba plenamente vigente el texto actual del artículo 553 del Código Civil, el cual fue publicado en el Diario Oficial de 16 de febrero de 2011, por lo que resulta evidente que el actuar del órgano disciplinario de la Primera Compañía de Bomberos de San Javier no se encuentra ajustado a derecho en cuanto su reglamento disciplinario no se ha adecuado a las exigencias contempladas en dicho precepto legal, encontrándose, en consecuencia, viciados tanto el procedimiento seguido en contra del actor como la sanción que a éste se le aplicó, en cuanto formó parte del órgano disciplinario un integrante del órgano de administración de la institución recurrida pese a existir expresa prohibición legal al respecto, vulnerándose con ello la garantía constitucional prevista en el artículo 19 N° 3 inciso quinto de la Constitución Política de la República.

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que disponen el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de veinte de febrero de dos mil catorce, escrita a fojas 233 y se declara que se acoge el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fojas 46, dejándose sin efecto la Resolución N° 113/2013 de fecha 14 de agosto de 2013, por la que se aplicó al actor la sanción de suspensión por tres meses de las filas de la Primera Compañía de Bomberos de San Javier, debiendo además la recurrida eliminar dicha sanción de la hoja vida del recurrente.


Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Ministro señor Ballesteros.

Rol Nº 6434-2014.

Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros Sr. Rubén Ballesteros C., Sr. Héctor Carreño S., Sr. Pedro Pierry A., y los Abogados Integrantes Sr. Emilio Pfeffer U., y Sr. Alfredo Prieto B. No firman, no obstante haber concurrido al acuerdo de la causa, los Abogados Integrantes Sr. Pfeffer y Sr. Prieto por estar ambos ausentes. Santiago, 12 de junio de 2014.



Autoriza la Ministra de Fe de la Excma. Corte Suprema.


En Santiago, a doce de junio de dos mil catorce, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.

Este fallo, y de seguro el que el tribunal Constitucional dictará, demuestra lo obvio (que varios bomberos no quieran entender, es problema de ellos) "Nadie esta por encima de la Ley ... ni los bomberos", desde mi perspectiva no hay que ser alarmista, sólo adecuarse a las leyes como toda persona natural o jurídica en Chile.

Creo que la única "denuncia" es la realizada en contra del Director Honorario Don Milton Rozas, eso al menos debe ser materia de investigación en Ñuñoa.

Saludos.
 
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Milobombero

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Un desborde de emociones jurídicas.

En primer lugar quiero decir que es un agrado leer las Actas del CBS, felicito que sean públicas y agradezco el nivel intelectual de las discusiones allí acaecidas. He estado en directorios donde el problema principal es si el director de x cia. puede plantar arbolitos afuera de su cuartel o donde se discute si un cuartel se gotea o no.

En segundo lugar quiero decir que a mi siempre me ha parecido que la famosa ley marco es un suplemento al titulo XXXIII del Código Civil, me sorprende que la I. Corte de Apelaciones de Santiago haga una interpretación alambicada de que la ley 20.500 no afecta a los Bomberos, no le veo mucho futuro a esa interpretación.

Confirma esta opinión el fallo de la E. Corte Suprema en rol 6234-2014.

La cual señala que los Cuerpos de Bomberos deben conformar sus consejos de disciplina de acuerdo a lo dispuesto en la ley 20.500. Que es lo que hemos dicho varios foristas en esta y otras instancias.

Me parece el camino equivocado pedir un artículo aclaratorio como lo señala el D.H. Alejandro Artigas. El camino correcto es enseñarle a los oficiales de todo Chile como aplicar la disciplina con sentido ético y de acuerdo a un procedimiento racional y justo.
 

lescay

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La famosa ley marco es solo un intento por querer zafarse de la ley 20500, sobre todo en lo que se refiere a las elecciones y reelecciones y con lo que dice relación al tema que se comenta, los famosos consejos de disciplina. Esto va a desembocar en que cualquier bombero que sea castigado, con o sin fundamento, pueda recurrir al tribunal y con muchas posibilidades de ganar por que los consejos de disciplina siguen integrados por los Superintendentes. Y como dice el titulo.. a pasear por los tribunales solo por la terquedad de no dejar que se haga justicia como corresponde en esta institución....
 

BOMBERO C.B.L.S

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Entonces sumando y restando, es hora de incentivar la actividad jurídica de los Cuerpos de bomberos, especialmente de los voluntarios que hemos abrazado el estudio del Derecho y que ciertamente observamos como se hace necesaria una vision de futuro en el respeto a los derechos de los bomberos, lo cual debe necesariamente ser guiado cono se menciona más arriba bajo criterios de justicia y racionalidad, algo que tanto falta en ésta instituciòn.

En éste escenario, quizás podremos incentivar el fin a los procedimientos inquisitivos, abusivos, carentes de toda justicia y legalidad que se viven, SI SEÑORES, se viven en diversos cuerpos de bomberos de Chile.
 

lescay

Chupe
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Por su
Me recuerda a un Presidente Regional del Siglo s"A Los Bomberos la ley ni los tribunales los pueden tocar tenemos nuestros propios reglamentos y estos estan fuera del alance de los tribunales" ¿te parece conocido Lescay?
Como no me voy a recordar Rodrigo.... claro que ese era el predicamento que venia desde el Palacio de Bustamante 86..... o no???
 

JC

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LA FLORIDA
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Hace pocos días atrás un buen amigo mio, fue juzgado y sancionado por el mismo quien lo puso a disposición del organismo disciplinario. En su defensa mi buen amigo saco a lucir sus derechos constitucionales de LIBERTAD tanto de expresión como de informar y para gran sorpresa este TRIBUNAL CASTIGADOR le señalo "... Nuestro reglamento esta sobre la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA...." argumentando que el Ministerio de Justicia era quien lo viso. No se si es solo soberbia, ignorancia, tiranía, Estupidez humana o mas bien todas las alternativas juntas.

Me recuerda a un Presidente Regional del Siglo s"A Los Bomberos la ley ni los tribunales los pueden tocar tenemos nuestros propios reglamentos y estos estan fuera del alance de los tribunales" ¿te parece conocido Lescay?
 

lescay

Chupe
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Hace pocos días atrás un buen amigo mio, fue juzgado y sancionado por el mismo quien lo puso a disposición del organismo disciplinario. En su defensa mi buen amigo saco a lucir sus derechos constitucionales de LIBERTAD tanto de expresión como de informar y para gran sorpresa este TRIBUNAL CASTIGADOR le señalo "... Nuestro reglamento esta sobre la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA...." argumentando que el Ministerio de Justicia era quien lo viso. No se si es solo soberbia, ignorancia, tiranía, Estupidez humana o mas bien todas las alternativas juntas.
Todas juntas JC no cabe duda.. y de seguro idolatrada la decisión por el grupo de seguidores que gustan de la buena mesa con cargo a todos los bomberos... por lo menos aca eso es lo que se usa ..Saludos..
 
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NipleXXX

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Maria Pinto, Melipilla.
JC, creo que todas as anteriores mas unas cuantas!!!.

Por otro lado, no se por que tengo la sensación de que estas situaciones se están dando mas de lo que nos gustaría ( Me refiero a que los CC.BB. se pasen la Ley por el aro).
 
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Jakin Boor

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6 Nov 2013
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Ñuñoa
Las respuestas que se pueden ver aquí dan cuenta de cómo, ciertos personajes dentro de los bomberos, tienen la errónea creencia que los bomberos serían un grupo privilegiado que estaría por sobre la ley. Como dicen algunos foristas aquí mismo, se debe a ignorancia, soberbia, etc. En ese sentido es increíble ver cómo algunos creen ser igual que la Iglesia Católica del Siglo XIX, durante la llamada "Cuestión del Sacristán", en que ésta creía ser intocable por los tribunales civiles y señalaba que todos sus problemas se resolvían en sus propias instancias.

Sin embargo, lo anterior no es tan preocupante como el hecho que algunos bomberos, que carecen de la capacidad de razonar, reflexionar y hasta pensar, repudian a quienes, con el justo deseo que las injusticias se enmienden y acaben estos verdaderos carteles que se han apoderado de los CC.BB., rechazan que algunos cofrades recurran a la justicia y ejerzan su posibilidad de cuestionar medidas tan arbitrarias como las que hemos podido observar. Estos lamebotas de los facinerosos que se han adueñado de nuestra institución son los responsables que éstos se mantengan por años y años y sean elegidos constantemente.

En el caso de Ñuñoa, los voluntarios que han reclamado ante la justicia, uno de los cuales tengo el gusto de conocer hace más de 20 años, han sido vapuleados, recriminados y hasta amenazados de combos por sus mismos cofrades de bomba, por el solo hecho de haber reclamado las decisiones arbitrarias de los órganos de disciplina de su compañía (la 3° CBÑ) ante el Consejo Superior de Disciplina. Vale decir, los voluntarios en cuestión, han sido amenazados por el solo hecho de ocupar los mecanismos internos de impugnación de las sentencias ante su propio Cuerpo de Bomberos, ni siquiera por ir a los Tribunales, cuestión que hicieron posteriormente. En ese sentido, ciertos voluntarios repiten como papagayos que "lo que han hecho estos voluntarios dañan la institución", "no deberían ventilar cosas internas ante otros organismos fuera de la compañía", etc ¿Se han preguntado ellos el daño que han provocado estos "carteles" apropiándose de los bomberos? ¿Se han preguntado qué otra posibilidad hay para no ventilar el tema en otros lados si adentro de sus bombas está todo arreglado? Obviamente, según informaciones que me han dado dentro del mismo cuerpo, estas reacciones fueron alimentadas por el mismo Director de la 3era, Helmut Kaminski, individuo que por años ha lucrado con los bomberos arreglando o vendiendo carros, ha mantenido litigios judiciales en los cuales el mismo cuerpo ha debido asumir los costos (recuérdese el episodio del camarografo de Chilevisión) y ha insultado, a través de los medios, a bomberos de otros cuerpos, como lo hizo con nuestros cofrades de Chaitén para el terremoto, tildándolos de "cobardes".

En ese sentido, me pregunto, ¿hasta cuándo los bomberos toleraremos aquello? Mejor dicho, ¿hasta cuándo aguantaremos a gusanos rastreros que apoyen a estos facinerosos que han secuestrado nuestra institución para sus fines personales y creen, con una fe inquebrantable, todo lo que les dicen estos individuos? ¿hasta cuándo habrá gente que aun no se de cuenta del daño que hacen estos tipos a una institución tan noble como bomberos? Es hora de soltar las cadenas y acabar con esta opresión y con la posibilidad que estos individuos echen a las personas que realmente gozamos de los bomberos, por el solo hecho que afectan sus intereses pecuniarios ¡Ya basta!
 

Pitón Ruso

Capitán de Guardia
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11 Ene 2008
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, (recuérdese el episodio del camarografo de Chilevisión)

Esa imagen de video cuando le pegó no está disponible en ninguna parte.
Era para darle la PLR automáticamente.
Una vergüenza para los bomberos.
 
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primeraohiggins

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13 May 2014
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esto va por una solución bomberos pagados
y al procer que dijo que estaban sobre la constitución política
los bomberos deberían enviarlo al psiquiátrico
 

nicoeligoro7

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6 Ago 2013
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PUERTO MONTT
Conversaba un día con un buen bombero y llegamos a la conclusión que debiesen eliminarse los consejos de disciplina, y más bien crear figuras como de fiscales bomberiles (bomberos con más de 15 o 20 años de servicio), que sean asesorados en su proceder por un ente remunerado denominado Fiscal General (de profesión abogado), y la reglamentación procedimental de los procesos de investigación (que no existen en bomberos) y de sanción (la jurisprudencia señala que los consejos disciplinarios no son criteriosos en la aplicación de sanciones, por que priman las posiciones o "ideologías personales"). De esta manera podriamos descomprimir muchas irregularidades que se pueden vivir en los procesos de sancion de nuestros colegas voluntarios y haría mas transparentes y entendibles las sanciones.
Otra cosa es aplicar esto, y hecharse a cuanto dinosaurio sesgado encima.

Evitariamos desviarnos de nuestras funciones y deberes bomberiles, y sería un colador normado y conocido por todos, en especial para esos bomberos de desfile, o gatitos de chale, que con muy pocos años de servicio creen que están por sobre todos/as y se juran intocables. (de este circulo claramente saco a los voluntarios honorarios, que por ya entregado a la institución merecen un "descanso").

Saludos cofrades.