Bomberos reincorporados anunciaron que reasumirán sus cargos en la 2ª Compañía

bluebird3

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Chile
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Dijeron haber dejado atrás “los malos ratos, la angustia e incertidumbre” tras el fallo de la Corte de Apelaciones​
Los voluntarios reincorporados al Cuerpo de Bomberos de Puerto Natales por orden de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas anunciaron que reasumirán los cargos que ocupaban antes de ser ilegalmente sancionados.

Se trata del bombero Juan Miranda Oyarzún, quien ocupaba el cargo de director de la Bomba Chile (máxima autoridad de la Compañía) y Angélica Barría Mansilla, quien antes de septiembre ejercía como tesorera.

El fallo de la Corte de Apelaciones, dado a conocer el sábado de la semana recién pasada, dio a lugar a un recurso de protección interpuesto por ambos por haber sido expulsados del Cuerpo de Bomberos en septiembre de este año por eventuales malos manejos económicos y faltas reglamentarias. La Corte los favoreció, ordenando la reincorporación de ambos voluntarios a la institución bomberil con pleno reconocimiento de su antigüedad, eliminando el registro de su juzgamiento y sanción.

Lo anterior se fundó en el hecho que al momento de determinar su expulsión el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos no se encontraba constituido de conformidad al estatuto, que establece su conformación por miembros elegidos democráticamente en asamblea general.

“Se hizo justicia”

Angélica Barría Mansilla, quien lleva 23 años como voluntaria del Cuerpo de Bomberos, ejerciendo durante este tiempo como ayudante de Compañía, teniente 2ª, secretaria de Compañía y tesorera de Compañía, dijo sobre el fallo que “se hizo justicia. A pesar de todos los malos ratos, angustias e incertidumbre que nos provocó esta situación hemos logrado que la justicia esté a nuestro favor”.

Aclaró que nunca “nuestro interés ha sido menoscabar el prestigio de nuestra institución. Siempre hemos luchado por ella, porque entendemos que nació para ayudar a nuestra comunidad”.

Agregó que ahora “hay que mirar adelante. Por medio del diálogo comenzar a subsanar las heridas que todo este proceso ha dejado y llegar finalmente a un consenso”. Indicó que su interés es reasumir sus funciones y seguir trabajando por engrandecer el Cuerpo de Bomberos de Puerto Natales.

Por su parte, Juan Miranda Oyarzún lleva casi 30 años como voluntario, ocupando todos los cargos tanto administrativos como operativos, incluso como integrante del Directorio General del Cuerpo de Bomberos de Puerto Natales.

Recordó sobre el proceso en su contra que “es una situación que te aflige y afecta tu imagen ante la comunidad y también a tu familia, que sin duda es lo más doloroso. La Corte de Apelaciones se pronunció y creo que ahora hay que sentarse a conversar para subsanar las cosas que se están haciendo mal”.

Agregó que “vuelvo a mi cargo porque siento la responsabilidad de demostrarle a quienes tuvieron dudas que las cosas se estaban haciendo de forma adecuada. Que lo más importante es trabajar por el engrandecimiento del Cuerpo de Bomberos y nuestra Compañía”.

Dijo sentirse feliz y contento por el fallo de la Corte de Apelaciones que acogió su recurso de protección. “Un tribunal de justicia dijo que nuestros derechos estaban siendo vulnerados, tal como nosotros siempre lo sostuvimos al ser juzgados por un Consejo Superior de Disciplina que estaba mal constituido y totalmente fuera de reglamento”.



laprensaaustral.cl
 

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Tal como se señala, la Corte de Apelaciones no los reintegró porque no han cometido falta, sino que debido a que el Consejo Superior de Disciplina del Cuerpo de Bomberos no se encontraba constituido de conformidad al estatuto, que establece su conformación por miembros elegidos democráticamente en asamblea general, lo que implica que deben conformar el Consejo como corresponde y tratarlos siguiendo el debido proceso. Si son culpables se van para afuera y punto.
 

ron40

Comandante de Guardia
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Que manera de confundir las cosas, la Corte anuló la sentencia porque el Consejo Superior de Disciplina estaba mal constituido, nada mas, la Corte NO dice que sean inocentes

Ya hemos visto varios casos, en que la Corte anula un proceso, pero en todos los casos ha sido por problemas de procedimientos, en NINGUNO de los casos la Corte se ha pronunciado sobre la falta disciplinaria

De modo y corresponde, que el Cuerpo "arregle" su Consejo Superior de Disciplina y vuelva a juzgar a los Voluntarios ..... eso es todo

Y tal como dijo antes el forista, si son culpables se van para afuera y punto ......... aunque estoy seguro que ellos van a esgrimir el argumento de " ..... pero si la Corte ya dijo que eramos inocentes" , y lo peor, es que varios van a creer.
 
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Esto se va a convertir en un cuento de nunca acabar mientras no se reforme la constitución de los órganos disciplinarios.

NO es un tema sobre la gravedad de la hechos ni posibles responsabilidades.

Hay que recordar que el CBS mantiene un requerimiento ante el TC por esta materia. Veremos qué se resuelve y, en su caso, cómo impacta sobre la jurisprudencia de la Corte Suprema. En lo personal, dudo que, aunque prospere el requerimiento la Corte Suprema varíe su postura. Pero, como fije, veremos qué pasa.
 

Gekko-Kamen

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Éso fue realizado en la modificación de la ley 20.500 (personas jurídicas) del año 2011, que los Cuerpos aún se crean "estar por encima de la Ley" sea por el "ego" o por "desconocimiento" del como actuar conforme a Ley, es otro tema., por lo demás me parece completamente legítimo que concurran a Tribunales Superiores de Justicia para hacer valer sus Derechos, en éste caso por estar mal constituido el órgano disciplinario.

Saludos.
Esto se va a convertir en un cuento de nunca acabar mientras no se reforme la constitución de los órganos disciplinarios.

NO es un tema sobre la gravedad de la hechos ni posibles responsabilidades.

Hay que recordar que el CBS mantiene un requerimiento ante el TC por esta materia. Veremos qué se resuelve y, en su caso, cómo impacta sobre la jurisprudencia de la Corte Suprema. En lo personal, dudo que, aunque prospere el requerimiento la Corte Suprema varíe su postura. Pero, como fije, veremos qué pasa.
 
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darp_310

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Nacimiento, region del bio-bio
Como no soy abogado.. me asalta una duda... Una persona no puede ser juzgada dos veces por la misma causa... Y si el tribunal fue mal constituido, ¿Se puede volver a juzgar?, O el acusado ¿Puede utilizar este argumento?
 

darp_310

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Otra pregunta.. ¿un tribunal de disciplina puede juzgar por problemas de plata?, ¿ O debe ser materia de otro tribunal y los bomberos deben proceder de otra forma? Presentando acusaciones formales y los antecedentes a los tribunales que corresponda.. ¿Lo mismo en caso de que la falta constituya un delito? ¿Los bomberos pueden juzgar y quedarce ahí o deben presentar los antecedentes en los tribunales que corresponda?
 

excflamma

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Como no soy abogado.. me asalta una duda... Una persona no puede ser juzgada dos veces por la misma causa... Y si el tribunal fue mal constituido, ¿Se puede volver a juzgar?, O el acusado ¿Puede utilizar este argumento?

Nadie debiese ser juzgado dos veces por el mismo hecho.

Y, sobre el tribunal mal constituido, es justamente el argumento recurrente en los recursos de protección (al integrarse por oficiales) Sin embargo, ejecutoriada la sentencia (vencido todo plazo para cualquier recurso) ya no debiese ser posible reflotar el tema, es decir si, por ejemplo, pasó un año, ya no se deben aceptar reclamos.
 
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excflamma

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Otra pregunta.. ¿un tribunal de disciplina puede juzgar por problemas de plata?, ¿ O debe ser materia de otro tribunal y los bomberos deben proceder de otra forma? Presentando acusaciones formales y los antecedentes a los tribunales que corresponda.. ¿Lo mismo en caso de que la falta constituya un delito? ¿Los bomberos pueden juzgar y quedarce ahí o deben presentar los antecedentes en los tribunales que corresponda?

Por supuesto que pueden juzgarse delitos de plata (creo ser, desgraciadamente, algo que ha pasado varias veces)

Y, en general, puede juzgarse cualquier hecho (delito o no) pero que afecte la parte bomberilmente. Cuándo son muy graves y no tienen relación, se juzgan porque se estima que afecta la imagen del cuerpo (hay titular en el diario "bombero cometió abusos a menores", por ejemplo)

Esto puede o no conllevar denuncia criminal. Bomberos no tiene la obligación de hacerlo.

Tampoco un juicio civil, de hecho no recuerdo ninguno.
 
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