bomberos de valparaiso

Espiritu de ADCOX

Bombero Activo
Miembro
Miembro Regular
13 Nov 2007
831
0
4
124
Para conocimiento general.

ESTATUTOS
DE LA
JUNTA NACIONAL DE CUERPOS DE BOMBEROS DE CHILE
(Texto refundido con reformas aprobadas por la Asamblea Nacional, en sesión
XXXVIII de 18 de Octubre de 2003, y puestas en vigencia mediante Decreto del
Ministerio de Justicia Nº 2127, del 8 de junio de 2004, publicado en el Diario Oficial
de fecha 12 de junio de 2004)
.​

TÍTULO VIII
Del Tribunal de Honor


Art. 46º En el caso de acaecer algún conflicto o situación que afecte la seguridad de la población, la eficiencia del trabajo bomberil o la imagen de los Cuerpos de Bomberos frente a la ciudadanía, y del cual apareciese responsable algún o algunos Cuerpos de Bomberos, cualquier Superintendente o representante podrá solicitar al Consejo Regional al que pertenezca, que el Directorio Regional correspondiente inicie las investigaciones de estos hechos. Tal solicitud podrá formularse también al Consejo Regional respectivo por el Directorio Nacional de la Junta. El Directorio Regional requerido allegará todos los antecedentes que estime del caso, los documentos que estime pertinentes y los testimonios que le parezcan necesarios, y una vez que esté agotada la investigación, resolverá si puede solucionar el problema a nivel regional, o si debe acusar al Cuerpo de Bomberos implicado ante el Tribunal de Honor. Para resolver que debe formularse una acusación, el Directorio Regional necesitará contar con los tres cuartos de los votos de sus miembros en ejercicio.
Junto con la acusación formulará proposiciones concretas al Tribunal de Honor.


Art. 48º El Tribunal de Honor fallará como jurado. Para acordar cualquier tipo de penas necesitará contar con los tres cuartos de los votos de sus miembros en ejercicio. Sus deliberaciones serán secretas; se dejará constancia en sus actas de los cargos formulados y de la sanción acordada; pero no de la discusión habida. Contra las sanciones acordadas no cabrá recurso alguno.

Art. 49º El Tribunal de Honor podrá acordar las siguientes penas: amonestación al Cuerpo de Bomberos acusado; reemplazo de autoridades de dicho Cuerpo por otros voluntarios del mismo Cuerpo o de otro Cuerpo de Bomberos de la misma Región por el plazo que se señale; proposición de fusión del Cuerpo de que se trate con otro Cuerpo de Bomberos; y proposición de cancelación de la respectiva personalidad jurídica. Estas dos últimas resoluciones se elevarán al Ministerio de Justicia para que éste proceda a dictar el Decreto Supremo que corresponda. Junto con la resolución de fusión, el Tribunal de Honor sugerirá al Ministerio de Justicia las modificaciones que sea necesario introducir a los estatutos de los Cuerpos de Bomberos fusionados. Si se propone a ese Ministerio la cancelación de la personalidad jurídica se señalará también al Cuerpo de Bomberos al cual deberá confiarse la atención bomberil en el territorio asignado hasta entonces al Cuerpo sancionado.

Ya es hora de actuar señores de la JNCB. No creo que quieran mas ejemplos: CB La Calera, CB Curico, CBs de la Región Metropolitana y especialmente el Cuerpo de Bomberos de Valparaiso.

ADCOX
 

Mauricio

Moderador General
Miembro del equipo
16 Dic 2005
2.056
226
5
17
Gracias sapeurs-pompiers, este lamentable caso me ha servido para adentrarme en los aspectos legales respecto de lo como podría afectar a mi familia en caso de accidente o muerte, ya que tenía varias interpretaciones erróneas respecto de los alcances de esta Ley y la problemática que afecta a la familia de Gabriel Lara me tiene bastante intranquilo.
 

Avelino Jara V.

Chupe
Miembro
Miembro Regular
10 Oct 2007
545
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49
Valparaíso
www.duodecima.com
Hace como uno mes atras escribi un post donde pregunte si los señores foristas estaban al tanto sobre la ley de seguro bomberil y las respuestas fueron tajantes. Todos sabemos. Pero ahora si puedo ver que en realidad muchos no estaban al tanto de esta ley, de su alcance y aplicación.

No es facil el tema de la Sra. Cecilia, ademas de que las compañías de seguro tienen un ojo muy puesto en esta ley por un tema legal no visto en el momento de generar la ley.

Es un tema delicado y tal como dice mauricio es necesario tener en cuenta esta situación y comentarla a nivel familiar a objeto de no encontrarse con sorpresas ante un accidente.

Saludos.
 

Denis Hidalgo

Chupe
Miembro
Miembro Regular
30 Jun 2007
328
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124
Es decir la ley se interpreta de la sgte forma.

Bombero soltero, dependiendo de sus padres, si es martir solo la familia recibe una pension minima

Bombero soltero, manteniendo a sus padres, si es martir solo la familia recibe una pension minima.

Bombero casado, si es martir, el cónyuge sobreviviente y los hijos menores de 18 años, tendrán derecho a una renta vitalicia conjunta, equivalente a 25 Unidades de Fomento, con derecho a acrecer.


es asi o me equivoco?
 

Avelino Jara V.

Chupe
Miembro
Miembro Regular
10 Oct 2007
545
0
3
49
Valparaíso
www.duodecima.com
No Denis:

Bombero soltero no amerita pensión. así de tajante, pues no tiene desendencia.

Bombero casado (solo los casados) con desendencia y sostenedor de familia tiene derecho a pensión de acuerdo al grado de incapacidad determinada por el organismo que lo atendio y validada por el compin.

Esto lo dice la ley no yo.
oK.
 

firedemon

Aspirante
Miembro
4 Abr 2006
38
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Permítanme opinar sobre un par de temas que conozco de cerca.
En un Cuerpo vecino, hace un par de años, falleció un voluntario que era soltero con dos hijitos chicos (algo como 5 y 7 años), la pareja de él se había ido y lo había dejado con los niños cuando el menor tenía 1 año. Desde el momento del fallecimiento la pensión le correspondió íntegramente a los dos hijos que le sobreviven y la madre de éstos logró que ella fuera nombrada la administradora de los dineros, hasta que sus hijos cumplan los 18 años. Luego, en este caso se cumplió la parte de la ley que dice:” En caso de muerte, el cónyuge sobreviviente y los hijos menores de 18 años, tendrán derecho a una renta vitalicia conjunta, equivalente a 25 Unidades de Fomento, con derecho a acrecer”. Hay que prestar mucha atención a esta frase “con derecho a acrecer”, puesto que creo que es la única ley en Chile que hace que en la medida que los derechos de algún potencial beneficiario se extingue (por edad o inexistencia) los montos se van distribuyendo entre las personas que aún están calificados para recibir el beneficio. Esta situación es la que hace que en este caso, no existiendo cónyuge, la totalidad de los dineros vayan para los hijos.
Ahora, en el supuesto caso que un voluntario tenga cónyuge e hijos, la pensión le corresponde íntegramente a este grupo familiar y a los padres del fallecido no les corresponde nada. Ello se desprende del siguiente texto de la ley “A falta de cónyuge sobreviviente e hijos, la pensión corresponderá íntegramente a los ascendientes y descendientes que hubieran vivido a expensas del fallecido, por partes iguales”. Esta última situación es sola para el caso que la primera línea de beneficiarios no existieran y que los padres que le sobrevivan hayan vivido a expensar del voluntario mártir.
Les sugiero a cada uno de mis colegas leer muy bien el texto de la ley, y se darán cuenta que no da para segundas interpretaciones. Les sugiero que empleemos este foro para enseñar y no para confundir.
Como alguien dijo más arriba esta ley es muy buena y debemos conocerla para sacar el máximo provecho de ella, a la vez que no se nos atropellen nuestros derechos.
 

MARIA CECILIA ESPINOZA

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
3 Mar 2008
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124
www.fotolog.com
Chicos en el caso de Gabriel como se lo expuse el Viernes al Alcalde de Valparaíso, el cual es mi empleador y tiene las armas como corroborar lo que le solicité, si se podría optar a este beneficio ya que todas las deudas de estudio las asumi yo como su madre, y tmabién le explique que a través de su rut el podría averiguar con el rut de gabriel que el jamás pició crédito Universitario o Crédito en Inacap que es donde el estudó por lo tanto el al momento de titularse que fue en agosto de 2007, recien estaba en condiciones de poder aportar más del 70% de su sueldo ya que producto de estos estudios solamente me quedé con un sueldo de $180.000 ya que todo se me descuenta por planilla de sueldos.
Con estos antecedentes se comprometio a conseguirme una audiencia en el Ministerio de Hacienda para encausar mi caso.
Solamente en estas circunstancias y debido a que Gabriel llevaba poco trabajando es que tal vez y solo talvez se podria otorgar la pensión.
Ahora mi lucha va más alla de esto, que es el tratar de conseguir los mismos beneficios para todos ya que al perder la vida mi hijo se ve notoriamente mermada la calidad de vida de su hermano que es lo que el más quería.
Si al revizar estos antecedentes no se logra nada positivo realemente no se que más puedo hacer, incluso yo fui super sincera con él y le plantee que mi problema se solucionaria en cinco años que es por las deudas contraídas.
Ahora si este dinero sale de los impuestos de todos los Chilenos que de alguna forma tenemos contratados seguros (de los cuales un porcentaje se va a este fondo) no veo cual es la respuesta tan negativa y cerrada para otorgar la pensión .
Creo que la ley es buena pero también existen vacios que se pueden modificar con la presentacion de propuestas para mejorarlas
Cecilia
 

unlish.hell

Postulante
Miembro
15 Ene 2008
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1
42
Una verguenza, no se que decir......si alguien necesita gente para protestar o para llevar aciones coersitivas contra esta gente, estoy disponible. solo basta definir lugar hora y tenida.

impresentable lo de estas empresas mal nacidas.

atte,

Julio Castaner
 

DESDE1851

Chupe
Miembro
Miembro Regular
20 Nov 2007
433
15
3
124
en la primera se vive
WWW.BOMBEROS.CL
Eso tenemos que hacer protestar en forma pacifica pero notoria con prensa y todo señores es hora de que nos escuchen y depende de todos, juntémonos y que los moderadores puedan convocar a una marcha pacifica y organizado si hay algo que legalmente nos lo impida tamos fritos, pero si no tenemos que hacerlo por la memoria de Gabriel ,su familia, y por que nuestras familias no pasen por lo que la familia Lara espinosa pasa, por que muchas familias de bomberos podrían pasar por lo mismo no esperemos que pase otra vez vamos que se puede
 

Espiritu de ADCOX

Bombero Activo
Miembro
Miembro Regular
13 Nov 2007
831
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Propongo una velatón, una vela por cada martir de los Bomberos de Chile, en el monumento al Bombero, donde están escritos los nombres de todos los mártires del Cuerpo de Bomberos de Valparaiso, Cuerpo Fundador de los Cuerpos de Bomberos de Chile, lugar venerable y de respeto para los Bomberos Porteños, en el cual en muchas oportunidades estuvo Gabriel.

Ademas, considero apropiado una declaración clara y especifica sobre la situación vivida por la Familia Lara Espinoza y en el desamparo que pueden quedar los familiares por no cumplir con los "requisitos" que exige esta ley, la cual se debe modificar. En este aspecto creo importante contar con al asesoría legal de personas que se manejan este tema como Firedemon, JOEVOLUN y quienes crean poder aportar.

Esta es solo una iniciativa, que debe ser secundada para que tenga buen fin. Solo les solicito a los moderadores que si esta acción se concreta cubran este evento como una noticia de interés e importancia para el mundo bomberil.


ADCOX
 

urbano

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
13 Dic 2007
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124
estoy de acuerdo con las propuestas seria bueno hacer estas manifestaciones. y seria bueno que se hiciera un fin de semana haci hay muchos mas bomberos que podriamos viajar, (a los que no somos de alla)

ademas seria bueno que la señora cecilia viajara a santiago con una carta y se la hiciera llegar a la señora presidenta para que se de cuenta de lo que pasa con los bomberos en chile.

ademas creo que se deviesen organizar los voluntarios que eran amigos de Gabriel especialmente para organizar esta manifestacion ( se toma en cuenta a los que estan castigados).

sean de la compañia que sean.
 

christian6

Chupe
Miembro
Miembro Regular
21 Ene 2008
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3
Otra idea....se que hay varios bomberos , diputados y senadores.....no es posible escribirle .....sobre el caso ...no creen que pueda resultar algo???
 

Espiritu de ADCOX

Bombero Activo
Miembro
Miembro Regular
13 Nov 2007
831
0
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Formalismos, ceremoniales, protoclo, actitud politicamente correcta, actitudes de buena crianza etc, etc.

Se que algunos de los Cuartinos presentes e invitados, fue de verdad su actitud de recogimiento y tristeza, otros solo cumplieron con la tradición que amerita esta situación.

Me gustaría conocer cual fue el efecto interno que se provoco debido a este caso, que cambios hubieron, si se creo alguna mesa de trabajo, se le(s) pidió un informe a la(s) persona(s) que tuvieron participación en este bochornoso caso, en fin creo que con un comunicado señalando que se detectaron errores, y que se están tomando las prontas medidas para solucionarlo, seria una actitud loable y que demostraría crecimiento.

Espero buenas novedades, pero mas que nada que se puedan corregir las malas gestiones y preparar gente capaz e intachable para que actúe en estos casos.

Esperanzadores saludos


ADCOX
 

Avelino Jara V.

Chupe
Miembro
Miembro Regular
10 Oct 2007
545
0
3
49
Valparaíso
www.duodecima.com
Algunas veces pedimos mas de lo que esta a nuestro alcance y en este caso esta pasando eso.

Me consta personalmente que la Cuarta Compañía de Valparaíso realizo academias de evaluación del incendio fatal del cerro La Cruz. pero no por eso podemos pedir que se publiquen en este foro los resultados.

Señores. en este foro opinamos los integrantes del foro,publicamos lo que nos parece de interes de todos y que esta a nuestos alcance dar a conocer.

Espero que se mantenga esta sección en lo que es y no se desvirtue hacia otra cosa.


Saludos