Ayuda: Circular Numero 2 Bomberos de Chile

firetech_132

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29 Jun 2006
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Hola chiquillos, necesito ayuda para encontrar la Circular 2 de Bomberos de Chile referente a los Bomberos Operativos, que deben tener la maya completa antes del 31 de Diciembre de 2016, y que habla de que desde el 01 de enero de 2017 ningún voluntario podrá tripular una unidad de bomberos si no está operativo.

Si alguien tiene esa copia, podría por favor enviármela por mensaje privado, ya que me urge leerla y cerciorarme que esa información es verídica entre otras cosas, esto debido a un proceso de elecciones que se esta llevando en mi compañía y de la cual hay varias inquietudes para resolver.

Muchas gracias.
 

firetech_132

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29 Jun 2006
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Muchas gracias por la información... Lo que pasa es que en nuestro CB para postular a cargos de oficiales se esta exigiendo el Nivel operativo, pero en la circular 2 no aparece eso, solo hace referencia a que todos los CB del pais deben capacitar a sus Voluntarios para alcanzar ese nivel, tampoco habla sobre tripular carros...
 

Lange

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14 Abr 2010
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Hace un tiempo fui a un aniversario de una Cía y un oficial brindó muy orgulloso pq un elevado porcentaje de sus bomberos eran operativos y podrían tripular el carro desde el próximo año.
Quedé marcando ocupado, también
 

firetech_132

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29 Jun 2006
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a nosotros se nos ha informado eso mediante una orden del día, debido a la Ley Marco y las circulares... también, en elecciones el Directorio estableció que los oficiales administrativos y operativos debían tener el Nivel Operativo para ejercer dicha responsabilidad, y resulta que somo un cb chico, y no tenemos muchos candidatos que cumplan los requisitos que se exigen... no se si esto estará pasando en otros lados, imagino que es el Directorio General el que determina eso de manera en la que ha interpretado la Circular 2...
 
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Zapador254

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Lo ultimo que dice la circular, es que a contar de Enero de 2017, sera exigencia para todos los individuos que conforman los CB's de Chile. El termino Exigencia es ambiguo ya que da para mucho, tanto asi que es sencillo extenderla a lo relacionado con las facultades para poder tripular. Ahora si no lo dice expresamente tambien da para pensar que no es asi... Me entro la misma duda, ahora que lo mencionan, por que tambien lo e escuchado...
 

excflamma

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10 Jun 2015
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En cómo entiendo el cuento no hay excepciones ni vuelta atrás, si la Ley Marco dice que la ANB fija las "competencias mínimas que deberán cumplir las personas para el desempeño de la función de bombero", la cuestión es bien clarita: ¿quiere desempeñarse como bombero?, pues cumpla lo que se le pide. Y, ojo, porque el tema entonces es harto más que si puedo o no ser oficial o tripular, es "desempeñarse como bombero", o sea, todo. Que a uno le guste o no, es otra cosa.

No sé si habrá otras opiniones.
 

ron40

Comandante de Guardia
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En cómo entiendo el cuento no hay excepciones ni vuelta atrás, si la Ley Marco dice que la ANB fija las "competencias mínimas que deberán cumplir las personas para el desempeño de la función de bombero", la cuestión es bien clarita: ¿quiere desempeñarse como bombero?, pues cumpla lo que se le pide. Y, ojo, porque el tema entonces es harto más que si puedo o no ser oficial o tripular, es "desempeñarse como bombero", o sea, todo. Que a uno le guste o no, es otra cosa.

No sé si habrá otras opiniones.

Un tesorero de Compañía, que solo cumple esa función y no asiste a llamados ..... también requiere obtener el nivel de Bombero Operativo ?
 

excflamma

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10 Jun 2015
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Como lo veo, para nada. Se trata del desempeño como bombero, es decir, circunscrito a los actos del servicio (pero ¡nada menos!)

La norma no habla "para ser voluntario" o "integrar una Compañía" ni ninguna fórmula semejante, dice "para desempeñarse como bombero". Creo que perfectamente el voluntario que no tenga la certificación puede desempeñar cualquier cargo administrativo, disciplinario o lo que sea que NO tenga que ver con el servicio.

Ahora se me ocurre la interrogante de si podría manejar las máquinas (con la F, obvio), supongo que obvio a ejercicios, competencias, desfiles o cosas así. Pero ¿a llamados de emergencia?, también supongo que sí, de otro modo no se entendería la situación de los cuarteleros.
 
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NipleXXX

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26 Oct 2012
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Maria Pinto, Melipilla.
Chivos. llegando a casa, releeré el documento y haré un pequeño análisis de este.
Por ahora puedo dontarles que ya hace un tiempo había leído la circular y esta dice claramente que son los VOLUNTARIOS QUE INGRESAN A PARTIR DEL 2016 los que deben tener la calñidad de operativos para tripular... creo xD.

Como les digo, llegando releo y les escribo... SALUDOS!!!

Editado.-
Aquí está el artículo n° 6 del que hablaba

La presente resolución se hará exigible a las personas que sean miembros de un Cuerpo de Bomberos a contar del día 1º de enero del año 2016.
 
Última edición:

NipleXXX

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Maria Pinto, Melipilla.
y SI, HAY VARIOS SINVERGÜENZAS QUE ESTÁN TRATANDO DE EXCLUIR A QUIENES NO SON OPERATIVOS DE LAS ELECCIONES; CUANDO LOS "MUY MUY" CON ESFUERZO TIENEN 8VO BÁSICO Y DOS AÑOS DE SERVICIO...
 

Gabriel M.

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Temuco - Chile
Creo que por ahí va la cosa.... De como excluir a algunos Bomberos como candidatos a diferentes cargos.


Saludos...!!!
 

excflamma

Bombero Activo
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10 Jun 2015
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Chivos. llegando a casa, releeré el documento y haré un pequeño análisis de este.
Por ahora puedo dontarles que ya hace un tiempo había leído la circular y esta dice claramente que son los VOLUNTARIOS QUE INGRESAN A PARTIR DEL 2016 los que deben tener la calñidad de operativos para tripular... creo xD.

Como les digo, llegando releo y les escribo... SALUDOS!!!

Editado.-
Aquí está el artículo n° 6 del que hablaba

La presente resolución se hará exigible a las personas que sean miembros de un Cuerpo de Bomberos a contar del día 1º de enero del año 2016.


No sé si sea esa la interpretación correcta (en cuanto que se exige la certificación para aquellas personas que ingresen como bomberos a partir del 1° de enero del 2016)

Me parece que sólo es un desafortunada redacción del punto y lo que que se quiso decir es que la exigencia rige desde el 1° de enero del 2016 para todos los miembros de un CB (lo que se ha ido postergando)

De otro modo no se entendería para qué están los puntos que hablan de Bomberos de 5 a 20 años (punto 4 de la circular 100) o los que tienen más de 20 años de servicios (punto 3 de la misma) y que en la sucesivas se siga hablando de ello. ¿Para qué hablar de lo que va a pasar en hartos años para adelante (en 5 a 20 o más de 20) a contar de una fecha en que YA se supone deben estar todos capacitados?

Pero igual me parece que las sucesivas circulares son bastantes ambiguas y es bien entendible la confusión que existe en torno al punto.

De ahí que preguntara por otras opiniones.
 

Charles Tango Victor

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2 Jun 2016
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Desde el 1 de enero ya deberíamos comenzar a llamarnos BOMBEROS y empezar a guardar el VOLUNTARIO ,,, creo que es lo mínimo no?
 

NipleXXX

Aspirante
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26 Oct 2012
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Maria Pinto, Melipilla.
Pues bien, estamos a 2 de Enero del 2017 y como ya ven, nunca pasó nada...
Aún no se notifica de voluntarios q no hayan podido trabajar en diferentes llamados por no ser 1001.
 

Istvan

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Miembro Regular
29 Sep 2014
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Iquique
Pues bien, estamos a 2 de Enero del 2017 y como ya ven, nunca pasó nada...
Aún no se notifica de voluntarios q no hayan podido trabajar en diferentes llamados por no ser 1001.
Por estos lares tampoco pasa nada con los que no son operativos... Aún

Pd. Ojo que ser 1001 no es lo mismo que operativo
 

ron40

Comandante de Guardia
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Estimados, salio una nueva circular en la pagina de Bomberos.

http://www.bomberos.cl/php/noticia.php?id=6013

la cual amplia el tiempo en que los Bomberos deben tener su Nivel Operativo a contar del 1 de Enero de 2018

Saludos Cordiales


Gracias

Y en relación a una consulta que yo hacía, respecto de si esta medida aplicaría o no, por ejemplo a un tesorero de Compañía, que solo cumple esa función y no asiste a llamados ..... En el punto b) se aclara esa duda, al recomendar a los Cuerpos que se prohíba participar en los servicios al personal que no sea "Bombero Operativo", es decir, es una exigencia para participar en las emergencias, quienes no logren o no quieran lograr ese grado, pueden seguir siendo Voluntarios, pero justificadamente a mi entender, no para participar en los llamados






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