Otro manejo a favor del lado oscuro de la fuerza...

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REPORTER

Chupe
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15 Ene 2008
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Area Matropolitana
Fallo de la corte por reclamo del voluntario honorario, don Manuel Barahona B. quien no pudo postularse al cargo de Superintendente de Bomberos, por tener 50 años de servicios o más de 75 años de edad, cuentas mal sacadas por quien traspasó el mando al hermano (los nombres me los reservo por razones de seguridad personal). Quien compone la comisión de disciplina tan desatinada ?

1°)
Que de conformidad con lo estatuido por los artículos 120 y 121 del Reglamento General del Cuerpo de Bomberos de San Bernardo, el recurrente a la fecha de su postulación al cargo de Superintendente no tenía la calidad de voluntario emérito al no alcanzar los cincuenta años que las disposiciones antes referidas contemplan, en la medida que de su hoja de vida aparece que permaneció fuera del Cuerpo de Bomberos entre el 01 de Abril de 1980 y el 01 de Julio de 1987, no pudiendo, en consecuencia, computarse este tiempo para los efectos de voluntario emérito;
2°) Que así las cosas, la Comisión de Disciplina del Cuerpo de Bomberos de San Bernardo ha emitido un acto que es ilegal, en la medida que el recurrente cumple con los requisitos que la reglamentación interna considera válida para postularse y ha tenido también el carácter de arbitraria al desconocer un hecho real, apareciendo que la resolución recurrida se ha pronunciado solo sobre la base de hechos que no son tales, revistiendo tal actuación el carácter de arbitraria, vulnerando con ello la garantía constitucional de la igualdad ante la ley.
Redactó Manuel Hazbún Comandari, Abogado Integrante. Regístrese y comuníquese. Rol Corte 278 – 2012. PRO

Y quien paga el curioso error... ? 8)
 
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