Mes de elecciones en Bomberos de Chile

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3 Oct 2005
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El pasado 1 de abril el Directorio Nacional, reunido en su sesión Nº 322, ordinaria, analizó los procedimientos relacionados con las elecciones de autoridades regionales y nacionales de la institución.

Frente a ello se concluyó que si bien tales procesos se han ajustados estrictamente a lo dispuesto por el estatuto nacional, resulta adecuado generar un mecanismo ordenador que haga concordantes en plazos y fechas ambas elecciones y que optimice tanto la igualdad de condiciones para quienes deseen ser candidatos, como la adecuada información, publicidad y transparencia de los procesos eleccionarios a nivel regional y nacional.

En tales sentidos el Directorio acordó un procedimiento que deberá aplicarse a contar de esa fecha (1 de abril) en los procesos para elegir a los componentes del Directorio de los Consejos Regionales y del Directorio Nacional, cuyo detalle es el siguiente:


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Directorio Nacional, 1 de abril


CONSEJOS REGIONALES


• La elección de las autoridades que integran los respectivos Consejos Regionales para el período 2006 - 2008, deberá efectuarse a más tardar el día 30 de mayo de 2006.

• La convocatoria para elecciones de los Consejos Regionales deberá ser efectuada de manera expresa y comunicada por escrito a los Cuerpos de Bomberos de la respectiva región con la anticipación debida, remitiendo copia de esa convocatoria al Secretario Nacional.

• La elección del Secretario y Tesorero Regional deberá realizarse en la misma sesión de Consejo Regional en que se haya elegido al Presidente Regional para el lapso que nos ocupa, a propuesta de este según lo establece el artículo 36° letra b) del Estatuto de Bomberos de Chile.

• El Consejo Regional deberá remitir al Secretario Nacional copia del acta de elecciones para su correspondiente registro, conforme lo determina el artículo 35° del Estatuto de Bomberos de Chile.

• La Directiva Regional electa para el lapso 2006 - 2008, asumirá sus funciones en propiedad el día 1 de junio de 2006.

• Los Cuerpos de Bomberos de la respectiva región que así lo deseen, podrán enviar al Secretario del Consejo Regional una propuesta con candidatos para los cargos de Presidente y Vicepresidentes Regionales, propuesta que deberán hacer llegar con a lo menos 5 días de anticipación a la fecha en que, según la convocatoria, se realizará la elección de Directorio Regional. Esto, sin perjuicio del derecho del Superintendente o representante del Cuerpo de Bomberos a proponer en esa sesión regional otros nombres de candidatos para los cargos a elegir.

DIRECTORIO NACIONAL

• Los Consejos Regionales que así lo deseen podrán enviar al Secretario Nacional hasta el 30 de mayo de 2006, una propuesta de candidatos para cada uno de los cargos que conforme al Estatuto deben ser elegidos por la Asamblea Nacional (Presidente Nacional, tres Vicepresidentes Nacionales, Secretario Nacional y Tesorero Nacional). En el caso de los vicepresidentes, se podrán proponer hasta tres candidatos, sin indicar orden de precedencia.
• Los candidatos propuestos deberán ser bomberas o bomberos voluntarios de cualquier Cuerpo de Bomberos del país que integre la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, a quienes para ser elegidos se les aplicarán las normas establecidas en el artículo 10° del Estatuto institucional.
• La antedicha propuesta de candidatos deberá ser acordada en sesión del Consejo Regional, sin implicar ello vinculación ni obligación alguna respecto del voto que en forma secreta materializarán en la correspondiente sesión de Asamblea Nacional los presidentes y primeros vicepresidentes regionales, según el procedimiento que norma el artículo 9° del Estatuto.

• Una vez recibidas en Secretaría Nacional las nóminas de candidatos propuestos por los Consejos Regionales, ellas serán informadas a los Cuerpos de Bomberos cuyos voluntarios sean parte de esa nómina, y la totalidad de las propuestas a los Consejos Regionales del país.

• Sin perjuicio de los candidatos que hayan sido propuestos por los Consejos Regionales según el procedimiento antes descrito, los miembros de la Asamblea Nacional de Bomberos de Chile podrán proponer otros nombres en la misma sesión en la que se realice el acto eleccionario.

Al ser consultado el Presidente Nacional, Octavio Hinzpeter, sobre este ordenamiento en el procedimiento electoral indicó que "sin duda, el proceder acordado por el Directorio Nacional es un avance muy importante en materia eleccionaria regional y nacional, pero el cumplimiento de sus propósitos depende por completo de que los Cuerpos de Bomberos se integren activamente a ser partícipes de las decisiones de nuestra organización regional, lo que así esperamos que ocurra".

Cabe mencionar que, según las informaciones que obran en Secretaría Nacional, desde la fecha de este acuerdo de Directorio Nacional y conforme a sus términos, se han realizado las sesiones de asambleas regionales destinadas a elegir a sus máximos dirigentes para el lapso 2006-2008, en las regiones de O´Higgins

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Elecciones en la X Región


(8 de abril), Tarapacá (29 de abril), Los Lagos (6 de mayo) y La Araucanía (7 de mayo). Por su parte, los Cuerpos de la Undécima Región han sido convocados para este fin el próximo 20 de mayo y para la misma fecha los de la Segunda Región, en tanto que en la Región Metropolitana el acto eleccionario regional se realizará el sábado 13 de mayo.


A su vez, la sesión de Asamblea Nacional donde se elegirá el Directorio Nacional para el mismo lapso, fue acordada en la misma sesión de Directorio del 1 de abril, para su realización el sábado 17 de junio.

fuente: www.bomberos.cl
 

yeah

Chupe
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1 May 2006
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38
mm

Uff.... ojalá que al fin, con estas nuevas elecciónes, se logre cambiar un poco la situación actual... pero como es de esperar, vamos a seguir con los mismos dirigentes de siempre.

Es una desgracia!!