donde esta la ley

le petite bombiere

Aspirante
Miembro
15 Dic 2008
44
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mucho se a hablado referente que en un accidente o alguna persona lesionada bomberos no puede transportar el lesionado, tampoco puede concurrir a situaciones que alguna persona no respire
o sufra una caida.
e buscado por cielo y tierra donde esta la ley que estipule tantas interrogantes
pero no la encuentro incluso se dice que tampoco un civil puede llevar un lesionado
en su vehiculo particular porque si se muere puede ser demandado
e llegado a la triste conclusion que esa ley no exite es solo un mito, no hay ninguna ley
que regule estas situaciones
lo que si hay son reglamentaciones internas de algunas instituciones para este tipo de
situaciones
QUIEN TENGA LA LEY QUE EXPLIQUE CLARITO ESTA SITUACION QUE LA SUBA :041:
 

NANOSOFT

Aspirante
Miembro
Miembro Regular
28 Nov 2008
61
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La explicacion puede estar en las relaciones juridicas que se arman, quien realiza un procedimiento medico sin serlo
Art. 213 El que se fingiere autoridad, funcionario público o titular de una profesión que, por disposición de la ley, requiera título o el cumplimiento de determinados requisitos, y ejerciere actos propios de dichos cargos o profesiones, será penado con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a veinte sueldos vitales. Codigo Penal
14. Crímenes y simples delitos contra la salud pública 2 3

Art. 313 a. El que, careciendo de título profesional competente o de la autorización legalmente exigible para el ejercicio profesional, ejerciere actos propios de la respectiva profesión de médico-cirujano, dentista, químico-farmacéutico, bioquímico u otra de características análogas, relativa a la ciencia y arte de precaver y curar las enfermedades del cuerpo humano, aunque sea a título gratuito, será penado con presidio menor en su grado medio y multa de seis a veinte sueldos vitales.
Para estos efectos se entenderá que ejercen actos propios de dichas profesiones:
1 El que se atribuya la respectiva calidad;
2 El que ofrezca tales servicios públicamente por cualquier medio de propaganda o publicidad;
3 El que habitualmente realizare diagnósticos, prescribiere tratamientos o llevare a cabo operaciones o intervenciones curativas de aquellas cuya ejecución exige los conocimientos o las técnicas propios de tales profesiones.
Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren auxilios cuando no fuere posible obtener oportuna atención profesional.
En las mismas penas incurrirá el que prestare su nombre para amparar el ejercicio profesional de un tercero no autorizado para el mismo.
Aca la norma que regula al Samu, www.ssrv.cl/docs/Profesiones_Medicas/Normas/SAMU.pdf
Hay que destacar que no hay una ley sobre lo que o no puede realizar bomberos, son muchas normas qie estan relacionadas todo con todo, en un ordenamiento juridico que tiende a ser perfecto pero perfectible.
No es necesario que señale una norma a bomberos explicitamente, pero se puede establecer con diferentes formas de interpretar la ley. espero haber aclarado algo esa duda.

Saludos
Hernan Soto G.
 

350CBQ

Aspirante
Miembro
28 Dic 2005
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124
jajajaja...Empece a leerlo sin saber quien posteaba y no esperaba menos, exelente la aclaracion legal mis felicitaciones... NANOSOFT....... (KSC-31). eso es el "saber para servir"...como lei por ahi alguna vez....
saludos.
 

CFlamma

Bombero Activo
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10 Nov 2007
1.665
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Como ya se anotó, no hay UNA ley que regule lo que indique el post inicial, en el sentido que sea lo relativo al manejo o tratamiento de accidentados. Hay muchas y también hay que atender a la reglamentación interna.

Pero, ojo, que no pase colado que entre las normas que se citan inmediatamente arriba, como sancionadoras de ejercer actividades del rubro de la salud o medicina sin tener título o autorización, hay una que exime de responsabilidad a quién las realice por no contarse con socorro profesional oportuno ("...Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren auxilios cuando no fuere posible obtener oportuna atención profesional...")

La razón es bastante obvia, no debe penalizarse la solidaridad con el prójimo. El ordenamiento jurídico siempre va a proteger tales conductas.

Por tanto, no se va a encontrar una norma redactada en los términos que propone la consulta. Menos con ese casuismo.
 

monoloko

Chupe
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26 Dic 2007
491
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3
iquique
www.fotolog.com
facil, la familia te acusan de negligencia y te puedes ir a la carcel por cuasi-delito de homicidio ...


Por eso NUNCA trabajen con estudiantes de enfermería que no hayan sido, o paramedicas o ke no tengan cursos en el area salud.
 

CFlamma

Bombero Activo
Miembro
Miembro Regular
10 Nov 2007
1.665
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Más que "negligencia" se trataría de "imprudencia", algo así como "hacer más de lo que corresponde, aumentando el riesgo natural por actuar en exceso".

Sin embargo, y esto ya lo hemos discutido en otros temas, hay que recordar que quién actúa correctamente no necesita excusarse, por lo que el tema se circunscribe a adoptar la conducta adecuada. Para eso están los protocolos de actuación (es decir, los cursos e instrucciones correspondientes) y, siempre y obvio, el sentido común.
 

NANOSOFT

Aspirante
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28 Nov 2008
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Como ya se anotó, no hay UNA ley que regule lo que indique el post inicial, en el sentido que sea lo relativo al manejo o tratamiento de accidentados. Hay muchas y también hay que atender a la reglamentación interna.

Pero, ojo, que no pase colado que entre las normas que se citan inmediatamente arriba, como sancionadoras de ejercer actividades del rubro de la salud o medicina sin tener título o autorización, hay una que exime de responsabilidad a quién las realice por no contarse con socorro profesional oportuno ("...Las disposiciones de este artículo no se aplicarán en ningún caso a quienes prestaren auxilios cuando no fuere posible obtener oportuna atención profesional...")

La razón es bastante obvia, no debe penalizarse la solidaridad con el prójimo. El ordenamiento jurídico siempre va a proteger tales conductas.

Por tanto, no se va a encontrar una norma redactada en los términos que propone la consulta. Menos con ese casuismo.

Si como afirma el camarada, es cierto, al final todo radicara en la forma y fondo del trabajo que realizaran los tribunales de justicia, a razon de investigacion del ministerio publico, y como bien señala hay eximentes de responsabilidad, atenueantes y otras terminos legales. que nos liberan de un Delito, en relacion a los cuasi-delitos exosten habiendo culpa y no dolo.
Pero como todos señalan le pueden acusar de acciones temerarias u otras. los familiares del lesionado, SI
Hay muchas formas de Analogia para cuestionar a un Bombero en su labor profesional, SI
Se veria moralmente negativo ante la opinion publica el castigo a Bomberos, SI

Saludos
Hernan Soto G.